
o Tienen en común que el sentido de la acción pone en
resultado la acción misma en su peculiaridad.
o Actúa afectivamente quien complace su necesidad actual
de venganza, goce, o quien libera sus pasiones del momento.
o Actúa de un modo racional con arreglo a valores quien
obra en servicio de sus convicciones, sobre lo que el deber, la belleza,
la religión, piedad o trascendencia de una “causa” parecen ordenarle.
Esta es siempre una acción según “mandatos” o “exigencias” que el
actor cree dirigidos a él y obligado. Se habla solo de ella en la medida
en que la acción humana se orienta hacia estas exigencias.
o Actúa racionalmente con arreglo a fines quien oriente su
acción por el fin, medios y consecuencias implicadas en ellas y para lo
cual examina racionalmente los medios con los fines y los fines con las
consecuencias implicadas y los diferentes fines posibles entre sí. La
orientación racional con arreglo a valores puede llegar a relacionarse
una forma muy diversa con respecto a la racional con arreglo a fines.
Aunque la primera se concebiría siempre como irracional, en tanto su
carácter movido por el valor signifique en absoluto y en cuanto mayor
valor propio se le dé al acto.
o Muy raras veces la acción (en especial la social) esta
orientada exclusivamente por uno u otro de estos tipos. Estas
orientaciones se consideran puros tipos conceptuales, construidos para
fines de investigación sociológica, respecto a los cuales la acción real
se aproxima más o menos o, de cuya mezcla se compone.
3. .
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RELACION SOCIAL: Una conducta plural que se presenta como
recíprocamente referida, orientándose por esa reciprocidad. Esta consiste en la
probabilidad de que se actuara socialmente en una forma (con sentido)
indicable; siendo indiferente aquello en que la probabilidad descansa.
o Debe de haber un mínimo de reciproca bilateralidad en la acción (como
una característica conceptual) el concepto nada dice sobre su entre los
actores, existe solidaridad o lo contrario.
o Siempre se trata de un sentido empírico y mentado por los participes y
nunca de uno normativamente “justo” o metafísicamente “verdadero”.
La relación social consiste en la probabilidad de que una forma
determinada de conducta social, de carácter reciproco por su sentido,
haya existido, exista o pueda existir. Ej.: un estado deja de existir
sociológicamente cuando desaparece la posibilidad de que ocurran
determinadas acciones sociales con sentido.
o Es en ambos lados es objetivamente unilateral: ya que los partícipes en
esa acción mutuamente referida no necesariamente ponen el mismo
sentido en la acción o que adopten en su intimidad la actitud de la otra
parte. (ej.: lo que en uno puede ser amor, amistad, piedad, en el otro
pueden encontrarse actitudes diferentes). Por lo que los participes los
une esta reciprocidad en el sentido de sus conductas en sus
diversidades. Hace referencia a la medida que el actor presupone una
actitud de su contrario frente a el y en esa expectativa orienta su
conducta, la cual obtiene consecuencias, relativas al desarrollo de la
acción y la forma de relación. La regla esta en que existan todos los
tipos de situaciones intermediarias.