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Unida 7 territorio:
está dentro del cronograma de la materia ya hemos visto o sea cuáles son los elementos del estado o
sea el territorio población y gobierno y justamente el territorio podemos decir que es el elemento
esencial del estado porque es el elemento que hace a la soberanía el estado entonces va a estar
conformando por el territorio terrestre en territorio aéreo territorio marítimo el territorio fluvial o la
custe.
diaz de velasco lo define como la base física o espacial en la que el estado de ejercer su autoridad y por
tanto sus poderes y competencias realmente consiste en ese espacio físico donde esto ejerce esa
soberanía y ese dominio exclusivo de la potestad del gobierno
en este caso como dice travieso hay una segunda concepción de los territorios como sustento y base
para la soberanía estatal que dice que supera la acepción terminológica pues se extiende y
abarca sus dos apéndices su suelo y espacios marítimos y aéreos sin perjuicio la extensión del
espacio ultraterrestre
otra cuestión que debemos tener esencialmente como básica para el estado y para el derecho
internacional es que este toma al territorio como un elemento básico del derecho internacional porque
para el derecho internacional este se basa en una raíz territorialista donde mencioné esencialmente los
principios de soberanía no injerencia a los asuntos internos y la libre determinación el estado
entonces considera que el territorio es básico para la conformación de este derecho internacional y
desde estado así que el concepto también está basado en ese espacio natural tridimensional donde
un estado de ejercer su derecho soberanía de acuerdo con el derecho internacional y en forma
excluyente de la juridiccion de los demás estados y el cual comprende el dominio sobre territorio
terrestre ríos lagunas lagos subsuelo espacio marítimo y espacio aéreo
dentro de este concepto también hay que tener en cuenta el derecho del mar el estado de ejerce
competencias especializadas sobre
la zona contigua
la plataforma continental
y la zona económica exclusiva
fuera las competencias territoriales de los estados están los fondos oceánicos el espacio exterior los
cuerpos celestes la alta mar y su espacio aéreo
otra cuestión que tiene un régimen jurídico especial es la antártida a través del tratado antártico que
dispone la postergación de los reclamos de soberanía y que la antártida sea destinada a investigaciones
científicas estaba justamente argentina comparte la antártida con chile y gran bretaña en cuanto a la
exigencia de soberanía.
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otra cuestión que es básica para el derecho internacional en lo que hace al concepto de territorio es el
tema de la demarcación y delimitación que se corresponden a los conceptos de límites y fronteras
la frontera es la zona territorial de tránsito social entre dos culturas límite o linde de una
parcela o un predio desde punto de vista político región o franja mientras
que el término límite está ligado a una construcción política y administrativa
la frontera es la línea que marca el límite exterior del territorio de un estado que determina el
ámbito espacial donde un estado de ejercer su soberanía con exclusión de otros tradicionalmente
la frontera no era un espacio terrestre en la actualidad tiene un espacio aéreo y un espacio
marítimo.
otra determinación de las fronteras entre estados es que es la necesidad inevitable inherente al
crecimiento en la sociedad internacional creación continua resultante de actos complejos
otra cuestión que hay que tener en cuenta dentro de esto entonces es que la frontera necesita
obligatoriamente estos dos conceptos que antes le mencioné uno es el de limitación y el otro es el
de la demarcación
la delimitación se refiere tratado de límites o de fronteras en base a una creación de una
comisión de límites y fronteras es una operación intelectual para elegir el emplazamiento de
la frontera y precisar la extensión territorial del poder estatal en este caso se va a tomar los
especialistas analizarán a través de un mapa unos 50 mil 125 mil por donde debe pasar la
frontera así las van a delimitar en un mapa a posteriori no va a haber una segunda operación
la demarcación en este caso es la labor material y la técnica de verificación y
concretización porque es trasladado al terreno la delimitación que se ha realizado o se
ha acordado entre los estados.
Esto quiere decir que es construir la frontera en el terreno.
igualmente puede pasar que una vez que las delegaciones de cada estado vaya al terreno encuentre que
no concuerdan con lo que ellos fijaron el mapa y pueden ir modificándolo la idea es justamente elegir
el límite o adoptar un trazado antiguo ir colocando lo que se llaman los mojones o los hitos o a partir
de lo cual se va a ir trazando toda la el límite a través de esta demarcación.
por otra parte debemos entender otros conceptos que están referidos al tema en cuanto a los límites
y fronteras y tenemos que referirnos en estos casos :
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a los límites naturales que son en las cadenas montañosas y los ríos entonces en cuanto
a los límites actuales podemos decir en lo referido a las cadenas montañosas que tiene un
criterio orográfico porque pueden haber dos elementos básicos uno es la línea de las s
altas cumbres
y la otra es la línea divisoria de las aguas en la línea divisora de las aguas hablaríamos de un
criterio hidrográfico
la otra situación que está referida a los límites es el tema de los ríos y se tienen dos conceptos
básicos en lo que hace al tema de los ríos:
uno es la limitación a través de la línea media del cauce del río
la otra es la línea del talgue que es de todos los canales el más profundo utilizarlo como el
límite entre los dos estados.
en otra cuestión que hay que tener en cuenta en este aspecto y referido al territorio es el tema del como
les UTI POSSIDETIS es un principio que está basado en lo que se poseyó se sigue poseyendo o lo
que tenía de posesión lo seguirás o lo posereis la situación de títulos jurídicos detectados con
anterioridad a la dependencia en la independencia del estado que quiere decir esto se refiere a
que en américa lo que era anteriormente mites administrativos van a pasar a ser y límites
fronterizos porque se entiende en este concepto que lo que se poseía el nombre del rey lo posee
ahora en nombre propio cada estado americano entonces ese mite administrativo se transforma
el límite fronterizo
entonces lo que va a demostrar que existe una preeminencia del título jurídico sobre la posesión de
hecho en este caso varios países latinoamericanos ecuador entre ellos venezuela y colombia se basaban
justamente en este UTI POSSIDETIS inclusive estaba marcado en cada una de sus constituciones
en cambio brasil tiene como elemento básico en lo que hace a este de la posesión efectiva cuando
produce una sucesión de estados o un estado sucede a los límites territoriales de su predecesor
van a existir dos principios el principio de continuidad y la inviolabilidad de las fronteras así
entonces se puede unir estos dos conceptos en conceptos del uti possidetis y la el tema de la
inviolabilidad y el tema de la posesión efectiva.
bueno otra cuestión que tenemos que tener en cuenta en esta en este tema es lo que se refiere a los
modos de adquisición y pérdida de territorio en este caso hacemos referencia a dos conceptos
elementales que son la lo que hace referencia a los
modos originarios
y los modos derivados
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la doctrina jurisprudencia se refieren a estos modos por los cuales un estado puede adquirir o
perder una porción del territorio que posee siempre nos referimos a la adquisición o perder un
territorio terrestre ya que los espacios aéreos o marítimos se establecen como consecuencia del
reconocimiento de la soberanía sobre aquél
los modos originarios se refiere a que el territorio no pertenece a nadie o sea que son terra
nullius tierra de nadie entonces uno de los modos originarios sería el descubrimiento otro
sería la ocupación efectiva y algunos supuestos de accesión o sea lo que podemos tomar
entonces modos originarios descubrimiento ocupación y accesión.
y los modos derivados que es territorios previamente bajo la soberanía de otro estado y nos
referimos a la prescripción o prescripción adquisitiva la sesión y conquista la adquisición
de un territorio para un estado provoca la pérdida para otro ese es el fundamento base de este
de los modos derivado.
todo esto que estamos hablando con respecto a la adquisición de territorios siempre se consideró
confuso porque el elemento a analizar es el tema de la soberanía porque dice que es lo que adquiere
el estado es el título a la soberanía y no el territorio en sería defender concepciones jurídicos
patrimoniales sobre las violaciones del estado y el territorio si uno se basara en este concepto.
otras cuestiones en cuanto a la adquisición del tulo qué es lo que hacemos mención realmente
está dado en seis puntos que marca justamente la teoría con respecto al territorio o la adquisición
de trayectoria
uno está basado en el siglo 15 al siglo 18 que hace referencia a las instancias europeas y a
lo que hace al derecho eurocéntrico y a la hegemonía continental o sea como la base de la
ocupación era elemento esencial y el poder del estado para incrementar su territorio
posteriormente va a surgir el tema de las bulas papales lo cual le va a dar una validez
jurídica a las posesiones que van a realizar las potencias hegemónicas de ese momento
especialmente españa y portugal como países descubridores o conquistadores
otro concepto también sirve a esta cuestión es el de la concentración que se da en algunos
estados a partir de la conferencia de berlín de 1885 que van a ejercer una colonización de
distintas áreas especialmente en asia y áfrica pero este concepto está unido a el tema de su
esfera de influencia o sea lo que ese estado se iba extendiendo a nivel mundial.
otro concepto que es para tener en cuenta es la justificación de la apropiación en la
concepción de tierras a ocupar de nuevo como terra nullius aunque existirá alguna forma de
ocupación y organización política infra- estatal algunos estados vuelven a ocupar esos
territorios y los van a someter o lo van a considerar protectorado.
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distintos modos de adquisición.
hicimos mención entonces al descubrimiento hasta el siglo 16 era el modo más común para pedir
soberanía sobre un territorio en algunos casos deshabitados y otros habitados por pueblos originarios
llamamos entonces a eso la colonización esto por supuesto iba a estar basado esto de
descubrimiento.
el otro concepto que también tenemos que tener en cuenta es el de la terra nullios muy bien pero
la ocupación a su vez tiene dos derivaciones que podemos mencionar como el que ocupa el terreno va
a tener dos teorías que van a servir para el acrecentamiento de ese territorio.
uno la teoría de la contigüidad lo que ocupando una parte se consideran ocupada las
tierras nullios que toquen a ella
y la otra la teoría de la continuidad que es que ocupado un territorio la ocupación se va a
extender a las islas o brazos del mar adyacentes a el mar territorial en este caso es necesario
también tener en cuenta o sirve como un elemento a tener en cuenta las islas malvinas
bueno dentro de otro modo originario que hemos marcado realmente muy importante es el de la as a
asección la lógica jurídica esto se refiere al acrecimiento de la tierra firme por nuevas formaciones
terra nullius que se van a ir acoplando al territorio original de esta manera podemos hablar de dos
formas:
la artificial que es la creada por el hombre o sea lo que llaman el hombre le gana el
terreno al mar le gana terreno al río y en este caso se tienen en cuenta exceso las lo que
nos referimos a los polder holandeses
y la otra cuestión es la natural que a su vez se divide en aluvión o avulsión lo que quiere
decir que es la acumulación de tierra que se genera hacia el territorio formando deltas
islas y diversos espacios marítimos que se agregan al territorio
ahora otra cuestión que se refiere a estos modos de adquisición.
y otra cuestión es el tema de la sesión que es derivada porque la sesión es un convenio de un estado
que transfiere a otro estado un título de soberanía y derechos sobre el territorio acuérdense que
siempre tenemos que tener en cuenta que nos basamos en el título de soberanía que se de un
estado a otro y en este caso puede ser por venta permuta o cesion los ejemplos son italia que cede a
Francia savoya y niza por otro lado está la permuta que existe entre suiza y nesstein que van a
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intercambiar territorios y por otro lado de la venta del más clásico y conocido es el de la venta 'rusia a
eeuu del territorio de alaska
otra cuestión muy importante que tiene que ver con este tema y que hace a estos modos es la
prescripción que sería derivada y que se refiere entonces a la adquisición por el ejercicio efectivo
continuo y pacífico de la posesión y soberanía sobre el largo tiempo que supone un ejercicio
estatal referido a un animus possidetis
por otra parte tenemos el tema de la adjudicación que es cuando una decisión de un tribunal le
adjudica a un estado una parte de un territorio el juez atribuye soberanía a un estado por la
posición que ha sido ejercida a título soberano una posición pacífica y tranquila de posesión
pública
derecho del mar nos referimos a la conferencia de montego bay sobre los límites del mar o la
división del mar como antecedente podemos marcar que hay tres conferencias del mar una en
diciembre el 73 que finalmente termina con montego bay en abril del 82 podemos señalar tres
períodos
1. el primer periodo se inicia hasta la segunda guerra mundial donde hay una libre navegación y
dos espacios básicos el mar territorial exiguo y altamar
2. a partir del 45 hasta el 65 se inicia la segunda etapa donde se regulan la plataforma marítima
continental y el régimen de pesca de altamar por cuestiones económicas se van a conformar
cuatro comisiones
3. y después del 65 al 82 surge el tratado de montego bay lo que va a implicar factores políticos
económicos estratégicos y tecnológicos buscando una solución paquete o una solución global
y en este caso:
nos habla de aguas interiores donde el estado tiene soberanía plena y la limitación es que
no hay un paso inocente
la otro es el mar territorial donde el estado tiene soberanía y hay paso inocente
la tercera es la zona contigua de poder de policía y hay libertad de circulación o de
navegación
la otra es la zona económica exclusiva que hay soberanía son los recursos naturales y hay
libertad de navegación y
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después la alta mar que es uso común de la humanidad y hay libertad de navegación
cada una está marcada con una serie millas marítimas que demarca cada zona.
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