
Un bien que se adquiere para dejarlo firme, por ejemplo: una tele.
“Intención”: no confundir con inmuebles por anexión.
Último párrafo: si constituyo un derecho, supongamos que lo vendo al televisor, y después me lo
llevo a Uruguay, no cambia. Si lo vendí, es un derecho adquirido, y la persona que lo compró va a
poder ejercer una acción ante el juez nacional regido por el derecho nacional, por más que me
haya llevado el bien.
Artículo 2670. Derechos reales sobre MUEBLES QUE CARECEN DE SITUACIÓN
PERMANENTE. Los derechos reales sobre los muebles que el propietario lleva siempre consigo o
los que son de su uso personal, esté o no en su domicilio, como también los que se tienen para
ser vendidos o transportados a otro lugar se rigen por el derecho del domicilio de su dueño. Si se
controvierte o desconoce la calidad de dueño, se aplica el derecho del lugar de situación”
Algunos ejemplos de estos: secador de pelo, ropa, celular, etc.
Acá tenemos un derecho alternativo, en el caso de todos estos bienes que uno lleva consigo se va
a reputar como derecho aplicable el del domicilio de su propietario. En caso de que no se tenga
individualizado el propietario será la ley del lugar de situación.
Artículo 2671. Derecho aplicable. La PRESCRIPCIÓN se rige por la ley que se aplica al fondo del
litigio”
Esto es: lex causa.
*compañera pregunta cómo darse cuenta de que el artículo 2667 es una norma de policía*
Compañeros y adscriptos responden:
El código no lo recepta de forma exclusiva porque es sobreabundante decir que es exclusivo en
materia de derechos reales, por lo menos donde se ubica. Entonces ya sabiendo que un bien se
ubica en otro lugar, más que todo los bienes inmuebles, se sobreentiende que se aplica el derecho
de ese lugar.
Definición de norma de orden público: cuando una norma excluye la aplicación de normas de otro
derecho extranjero.
El orden público como tal está desapareciendo por la misma globalización, y los países no
estamos tan lejos como cuando se creó el concepto. Ya que cuando se creó había diferencias
irreconciliables entre los derechos, y las costumbres que un país aceptaba y el otro no. Entonces,
se creó el concepto de orden público para que los países tuvieran la posibilidad de repeler todo
aquello que los dañara en sus costumbres, en las entrañas de la sociedad si se quiere, como fue
por ejemplo el divorcio en Argentina en algún momento. Avanzamos hacia la flexibilización y hacía
la uniformidad de costumbres si se quiere, entonces el orden público es flexible si se quiere.