1) El Sr. José Ricardo Núñez pretende iniciar acciones legales en contra de
Carlos Alberto Rosales, procurando la indemnización civil por los daños y
perjuicios padecidos en función de las lesiones que le propinó el segundo.
Ante ello, ¿qué elementos de la jurisdicción intervienen en dicho proceso
judicial? ¿Qué momentos del ejercicio de la jurisdicción tendrán lugar en el
desarrollo de dicho pleito? Responde las preguntas relacionándolas con el
caso.
En el caso planteado, intervienen los siguientes elementos de la jurisdicción:
Órgano jurisdiccional: El tribunal que conocerá y resolverá la causa será un
juzgado civil y comercial de primera instancia de la provincia de Córdoba.
Sujeto: El Sr. José Ricardo Núñez en calidad de demandante y Carlos Alberto
Rosales en calidad de demandado.
Objeto: La pretensión del Sr. Núñez de obtener la indemnización civil por los
daños y perjuicios padecidos a raíz de las lesiones causadas por el Sr. Rosales.
Causa: El hecho ilícito consistente en las lesiones propinadas por el Sr. Rosales
al Sr. Núñez.
Los momentos del ejercicio de la jurisdicción que tendrán lugar en el desarrollo de
este pleito son:
Fase de inicio: El Sr. Núñez presenta la demanda ante el juzgado civil y comercial
competente, iniciando así el proceso judicial.
Fase de desarrollo: Se desarrolla el trámite procesal, incluyendo la contestación de
la demanda por parte del Sr. Rosales, la producción de prueba, la audiencia de vista
de causa y la eventual presentación de alegatos.
Fase de terminación: El juzgado dicta sentencia, resolviendo la causa en favor del
Sr. Núñez o del Sr. Rosales.
2) En la referida acción civil impetrada por el Sr. Jose Ricardo Núñez por daños
y perjuicios, ¿qfuero resulta competente en función de la materia a los
fines de entender en dicha demanda? ¿Qué tribunal resulta competente,
provincial o federal? Justifica tu respuesta.
En la acción civil por daños y perjuicios interpuesta por el Sr. Núñez, el fuero competente
en función de la materia es el fuero civil y comercial. Este fuero es el que conoce de todas
las causas que versan sobre relaciones jurídicas de carácter privado, como lo es la
responsabilidad civil extracontractual en este caso.
El tribunal competente, por lo tanto, será un juzgado civil y comercial de primera
instancia de la provincia de Córdoba. La competencia provincial se determina por el
domicilio del demandado, el Sr. Rosales, quien reside en la provincia de Córdoba.
3) ¿Cuáles son los caracteres de la competencia federal? ¿Qué criterios se utilizan a
los fines de determinar la competencia federal? Identifica y desarrolla cada uno
de ellos.
La competencia federal se caracteriza por ser:
Improrrogable: No puede ser modificada por acuerdo de las partes ni por
decisión del juez.
Exclusiva: Es el único fuero competente para conocer de las causas que versan
sobre las materias establecidas en el artículo 116 de la Constitución Nacional.
De orden público: Debe ser declarada de oficio por el juez, incluso si las partes
no la han planteado.
Por su parte, los criterios para determinar la competencia federal son:
a) Materia: El artículo 116 de la Constitución Nacional establece las materias en las
que tienen competencia los tribunales federales, como cuestiones de competencia
entre provincias, asuntos de carácter internacional y causas en las que la Nación
sea parte.
b) Persona: En algunos casos, la competencia federal se determina por la calidad de
las partes en el proceso, como cuando una provincia o el Estado Nacional son
parte.
c) Territorio: En casos excepcionales, la competencia federal puede determinarse
por el lugar donde se produjo el hecho que dio origen al proceso.
En el caso planteado, no existe competencia federal. La causa versa sobre un hecho de
responsabilidad civil extracontractual entre particulares, materia que no está comprendida
en el artículo 116 de la Constitución Nacional. Por lo tanto, la competencia corresponde
a los tribunales provinciales de Córdoba.
Referencias:
Ferreyra de De la Rúa, A. y González de la Vega de Opl, C. (2009). Teoría General del
Proceso. Tomo I. Córdoba: Advocatus.
Constitución Nacional de la República Argentina. Recuperado de:
https://es.wikisource.org/wiki/Constituci%C3%B3n_de_la_Naci%C3%B3n_Argentina
TP2 obli.docx
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