Porque la Constitución Nacional prohíbe que los
proveedores se aprovechen de su situación de
ventaja frente a los consumidores como Raúl, ya
que si actúan de esa manera recibirán sanciones.
Porque la Constitución Nacional es la máxima ley
de la Nación y debe garantizar a todos los
argentinos como Raúl, que en la relación de
consumo, siendo el consumidor la parte débil, el
proveedor no se aproveche de tal disparidad.
Porque la Constitución Nacional debió adaptarse
a las nuevas modalidades de contratación y
estableció que el consumidor como Raúl es la
parte débil en la relación de consumo por la que
debe ser amparado.
Porque la Constitución Nacional reprime a los
proveedores que no informan de manera veraz
sobre los contratos de consumo como los que
realizó Raúl al comprar diversos productos.
Porque la Constitución Nacional establece que los
consumidores como Raúl y los usuarios de bienes
y servicios tienen derecho, en la relación de
consumo, a la protección de su salud, seguridad e
intereses económicos, a una información
adecuada y veraz, a la libertad de elección y a
condiciones de trato digno y equitativo.
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