CARRERA: ABOGACIA
MATERIA: CONTRATOS
TRABAJO PRACTICO N° 4
ALUMNA:
RODRIGUEZ MASCIADRI VICTORIA
DNI N°: 34.916.617
LEGAJO: VABG96139
1. ¿Qué tipo de contrato suscribió Silvia con la entidad bancaria? Justifica tu
respuesta y enuncia sus caracteres.
Silvia suscribió un contrato de mutuo con la entidad bancaria. Este tipo de contrato existe
cuando el mutante, en este caso el Banco, se compromete a entregar al mutuario, Silvia,
en propiedad una determinada cantidad de cosas fungibles, en este caso es el dinero. A su
vez Silvia se obliga a devolver igual cantidad de cosas de la misma calidad y cantidad. Es
un contrato mutuo ya que reúne los caracteres de: Onerosidad, Bilateralidad. En este caso
es “Mutuo en dinero” ya que los bancos regulan los intereses. Si el mutuo es en dinero,
el mutuario debe los intereses compensatorios que se deben pagar en la misma moneda
prestada. Asimismo, tiene una duración, Silvia tiene que abonar las cuotas pactadas antes
de los vencimientos acordados. Es por esto que también considerarse como un préstamo
de consumo.
En caso de que Silvia no cumpla con su obligación de pago, ¿cuáles serían las
consecuencias? ¿Cuáles son las consecuencias en caso de incumplimiento?
En caso de que Silvia no cumpla con su obligación de pago el banco la intimará para que
pague y en caso de no conseguir el cobro de las cuotas se intimará a su garante, Roberto
a que pagué en el lugar de Silvia. En caso de que no se logre el cobro correspondiente el
banco podrá embargar la cuenta bancaria de Silvina mediante procedimiento judicial.
2. ¿En calidad de qué actuó el vendedor del stand en relación a la empresa Motor
S.A., al contratar con Silvia? Fundamenta.
El vendedor del stand presuntamente es empleado de la empresa Motor S.A, y al contratar con
Silvia actuó en representación de la empresa Motor S.A. Esto se debe a que se le permite a una
persona, en este caso persona jurídica, Motor S.A, otorgar nombre y por cuenta de otro (en este
caso vendedor), actos jurídicos entre vivos. Esta representación es voluntaria ya que resulta de un
acto jurídico, es legal porque resulta de una regla de derecho y es orgánica ya que resulta del
estatuto de una persona jurídica.
3. Atento a que Silvia se ausentará y necesita proseguir los trámites administrativos
del retiro de su unidad, y abonar en tiempo y forma las cuotas del banco, ¿qué
consejo profesional puedes brindar a Silvia, para que Claudia, su amiga, pueda
continuar con su gestión y responsabilidades a tal fin?
El consejo profesional que le brindaría a Silvia, es que realice un contrato de mandato. Así siendo
Silvia la mandante y la mandataria Claudia se le va a permitir y a su vez generar obligación a
Claudia a realizar uno o más actos jurídicos en interés de Silvia. En este caso, retirar el préstamo
del banco. El mandato puede ser conferido y aceptado expresamente o tácitamente.
TP 4 CONTRATOS.docx
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