
○ Recopilación de 378 trozos doctrinarios tomados de Papiniano, Paulo y
Ulpiano.
● Colecciones de Leyes Mosaicas y Romanas:
○ Contienen constituciones imperiales y fragmentos de Gayo, Papiniano,
Paulo, Ulpiano y Modestino.
Compilaciones Romano Bárbaras
a) El Edicto de Teodorico: 154 artículos de los códigos gregorianos, hermogenianos y
teodosianos.
b) Ley Romana de los Burgundios: 46 títulos que resumen las fuentes jurídicas de la
época.
c) El Breviario de Alarico: incluyen extractos de los Códigos Gregorianos,
Hermogeniano y Teodosiano, novelas y el epítome.
BOLILLA 3
Fuentes Justinianeas y Post Justinianas
➢ Su fin era recoger en un cuerpo orgánico y sistematizado las constituciones
imperiales (leges) y recopilar las opiniones de los jurisconsultos (iura).
El primer código
➢ Justiniano se encargó de recopilar las leges. Ya como emperador, dicta la
constitución Haec quae necessario.
○ Estaba basado en los códigos de Gregoriano, Teodiosiano y Hermogeniano,
así como también las constituciones previas.
➢ Este código fue publicado mediante la Constitución Summa reipublicae.
El digesto
➢ La constitución Deo auctore, fue dictada en el 530, con las opiniones de los
jurisconsultos que habían estado dotados del ius respondendi.
➢ ⅔ partes de este escrito contiene las obras de los 5 grandes jurisconsultos (Gayo,
Papiniano, Paulo, Ulpiano y Modestino).
➢ Otra parte, está formada por las obras de otros 6 jurisconsultos (Pomponio, Juliano,
Marciano, Javoleno, Africano, Marcelo y Cervidio).
➢ La última parte está conformada por las obras de otros 27 juristas.
➢ Se completa en 3 años, siendo publicado mediante la constitución de Tanta.
➢ Se divide en 50 libros, teniendo todos un inscriptio.
○ Si el fragmento es muy extenso, el texto se divide en párrafos.
➢ Sus contenidos son los siguientes:
a. de los libros 1-4, sobre la jurisdicción e introducción a la instancia.
b. de los libros 5-11, sobre los juicios.
c. de los libros 12-19, sobre las disposiciones del edicto de las cosas.
d. de los libros 20-27, sobre contratos, prendas, hipotecas, etc..
e. de los libros 28-36, sobre testamentos y codicilos.
f. de los libros 37-44, sobre la posesión de bienes, derecho a la propiedad.
g. de los libros 45-50, sobre obligaciones verbales, fiadores, delitos pu. y pri.
Las institutas
➢ Están destinadas a reemplazar las Instituciones de Gayo.
➢ Se publicaron mediante el Imperatoriam.