
Adicionalmente, el inciso 24 del artículo 75 faculta al Congreso a aprobar tratados
internacionales de integración con naciones latinoamericanas u otras naciones.
Garantías de la democracia en cuanto a la regulación constitucional de los partidos
políticos, sistema electoral y defensa del orden constitucional: Estos temas forman un
Segundo Capítulo en la Primera Parte titulado "Nuevos Derechos y Garantías". Comienza
con el artículo 36 que asegura la "garantía del sistema democrático". Luego, el artículo 37
aborda los derechos políticos y define el sufragio como universal, igual, secreto y
obligatorio. Finalmente, el artículo 38 reconoce y regula los partidos políticos
Preservación del Medio Ambiente: Garantiza a todos los habitantes el derecho a disfrutar
de un entorno saludable y propicio para el desarrollo humano, así como la protección de
los recursos naturales para las generaciones presentes y futuras. También se protege el
patrimonio natural y cultural, la diversidad biológica, el derecho a la información y
educación ambiental. Se prohíbe la entrada al país de residuos peligrosos y radioactivos.
Además, se introduce la acción de amparo (artículo 43) que permite a los afectados, al
Defensor del Pueblo y a asociaciones registradas ejercer medidas de protección ambiental.
Creación de un consejo económico y social con carácter consultivo: Sin embargo, debido
al límite de tiempo establecido para la actividad de la Convención (noventa días), este
tema no pudo ser tratado ni discutido.
Garantía de la identidad étnica y cultural de los pueblos Indígenas: Se elimina la parte del
antiguo artículo 67 que promovía la conversión de los indígenas al catolicismo. El nuevo
artículo 75 reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas y asegura su
derecho a educación bilingüe, acceso a la propiedad comunitaria de la tierra y restitución
de sus antiguos territorios o tierras apropiadas para sus actividades. El tema fue aprobado
por unanimidad en comisión y se trató en el recinto sin discursos, siendo aprobado por
aclamación
Defensa de la competencia, del usuario y del consumidor: Este artículo ampara a
consumidores y usuarios en la relación de consumo, protegiendo su salud, seguridad e
intereses económicos, y garantizando información adecuada y veraz. Las acciones para
proteger estos derechos pueden ser iniciadas por el afectado, el Defensor del Pueblo y
asociaciones con esos objetivos. Esta disposición es especialmente relevante debido a la
variedad de proveedores de servicios públicos en diferentes ámbitos, incluyendo
organizaciones estatales, no estatales y personas jurídicas privadas.
Consagración expresa del habeas corpus y el amparo: Estos derechos respetan la
legislación previa y fallos de la Corte, pero adquieren rango constitucional expreso.
También se incluye una acción especial; el habeas data, permite a las personas conocer y
rectificar sus datos en registros públicos o privados en caso de error.
Implementar la posibilidad de unificar la iniciación de todos los mandatos electivos en
una misma fecha: Se buscó unificar la fecha de inicio de todos los mandatos electivos,
pero esto solo se logró para Senadores y Diputados el 10 de diciembre. Para el Presidente
de la Nación, el mandato en curso se consideró como el primer mandato, y un presidente
que asumiera el 8 de julio de 1995 concluiría su mandato el 10 de diciembre de 1999,
según cláusulas transitorias.
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