UNIDAD Nº 3
OBRA EN COLABORACION
Son las obras creadas por dos o más personas que trabajan juntas bajo una inspiración u
objetivo común, ese objetivo en común tiene muchas aristas, pero fundamentalmente
requiere que la obra llevada adelante con el aporte de estos colaboradores sea un todo
inescindible, pues la mera pluralidad de autores no es obra en colaboración.
Las obras en colaboración gozan de los siguientes caracteres: *Son las obras creadas por dos o
más personas que trabajan juntas bajo una inspiración en común, constituyendo un todo
inescindible *No es suficiente que sean muchas personas trabajando, sino el hecho de que lo
contribuido por cada uno sea significativo para la obra. *Inspiración común: La colaboración
lleva consigo un trabajo común en la producción de una obra intelectual que envuelve una
especie de compenetración (inspiración común) en el esfuerzo realizado. *Salvo convenios
especiales los colaboradores de una obra disfrutan de derechos iguales. La regla es que todos
tienen los mismos derechos al ser una colaboración. Cuando la ley dice convenios especiales se
refiere a la autonomía de la voluntad, a lo que las partes se someten como a la ley misma. *La
obra en colaboración puede ser perfecta o imperfecta. La obra perfecta es indivisible, no
puede separarse el aporte de los colaboradores o incluso, separándolo se produce la
desnaturalización de la obra. Por su parte la obra imperfecta es aquella que puede ser
fácilmente individualizada y separada sin alterar la naturaleza de la obra.
Los requisitos de la obra en colaboración son los siguientes: * Que la obra sea indivisible. *
Que los colaboradores estén de acuerdo en la creación de una obra en común, siendo posible
también en común la inspiración y un cambio de ideas tan íntimo y continuo que haga
imposible distinguir en la obra terminada la parte del trabajo realizada por cada uno. * Que los
colaboradores trabajen por sí y para sí, no como dependientes o asalariados.
Las obras en colaboración pueden ser perfectas o imperfectas: 1) Obra en colaboración
perfecta: Se da en aquellas obras en donde no puede determinarse el aporte de uno u otro
colaborador, es decir que la colaboración es perfecta cuando la obra es indivisible. No pueden
separarse los aportes porque no está establecido que aporte le corresponde a uno y que
aporte le corresponde al otro, y si logra separarse el aporte se desnaturalizaría la obra.
Ejemplos: a. Juan y Pedro pintan un cuadro pero no puede determinarse que parte pintó Juan
y cual pintó Pedro. No pueden separarse los aportes, no está establecido que le corresponde a
cada uno, y de lograr separarlo se desnaturalizaría la obra. b. Una obra literaria escrita por
Pérez y Rodríguez, no puede determinarse que parte escribió uno y el otro, y de lograr separar
el aporte de cada uno, se desnaturaliza la obra. 2) Obra en colaboración imperfecta: Se da
cuando la parte de cada autor puede ser fácilmente individualizada y separada sin alterar la
naturaleza de la obra, donde los derechos pueden explotarse individualmente, sin pedirle
autorización a los otros colaboradores. Un ejemplo es la obra cinematográfica, donde el
productor puede transformar una película de largometraje en una de cortometraje, el autor
del guion puede transformarla en una obra de teatro, y el autor de la música puede editarlo en
un disco u otro soporte.
En los casos de obra en colaboración se comenzará a contar a partir del primero de enero del
año siguiente al de la muerte del último colaborador. Para los herederos o derechohabientes
dicho plazo de protección no comienza a correr desde la muerte de cada colaborador, sino
desde, la del penúltimo de ellos.
OBRA POR ENCARGO
Son una creación intelectual donde existen pautas o lineamientos, pero esa creación
intelectual solo dará derecho al comitente (quien encarga la obra) en estricto sentido
patrimonial y en estricto sentido del objeto material. Pero no en lo que es la verdadera
creación, porque allí conforme al aspecto moral, el autor es el padre de la obra y más allá de