
Filosofía del Derecho MAXIMILIANO E. RODRÍGUEZ MARZO
MAXIMILIANO E. RODRÍGUEZ MARZO 7
f) La normatividad del Derecho. Su carácter sistemático.
Kelsen sostiene que el objeto propio del d´ es la norma jurídica,
que es un juicio hipotético, es decir un supuesto
que vincula una determina condición con una determinada consecuencia.
Ej: Al que mata a otro le corresponde de 8 a 25 años de prisión. -art. 79 Cód. Penal-
También, podemos decir que
Las normas jurídicas de un país están relacionadas unas con otras,
constituyendo un sistema de normas o un ordenamiento jco.
Este es el punto de partida, en el cual la Teoría Pura del D´ de Kelsen
sostiene que la validez de
c
/norma está basada en la existencia de otra norma superior, y así sucesiva//,
hasta alcanzar una norma fundamental hipotética que:
. es una hipótesis básica que no integra el sistema de normas (ordenamiento jco.),
sino que otorga validez al ordenamiento jco.
. es creación pura, ya que su validez no se basa en otra norma jca., y
. su valor es pre-supuesto y no cuestionado.
De esta manera,
suponiendo que la norma fundamental hipotética es válida,
también lo es todo el resto del ordenamiento jurídico subordinado jerárquica// a ella.
Es la conocida Pirámide jurídica de Kelsen
que establece la relación jerárquica de un ordenamiento jurídico,
que en nuestro país tiene el siguiente orden:
1. Constitución Nacional y los tratados sobre d´ humanos con jerarquía constitucional.
2. Tratados internacionales.
3. Leyes nacionales.
4. Constituciones y leyes pciales.
Hasta llegar a
La ejecución de una sentencia, que es aplicación pura,
ya que este acto sólo ejecuta una resolución jcial., es decir no es fundamento de otra norma.
Si queres decí las Consecuencias
sino continuar con El objeto propio de la Ciencia del Derecho
Consecuencias
La Teoría Pura del D´ de Kelsen produce las siguientes consecuencias:
. Creación y validez de las normas:
La creación y validez de
c
/norma está basada en la existencia de otra norma superior, y así sucesiva//,
hasta alcanzar una norma fundamental.
. Conflictos de normas:
. El conflicto entre normas de diferente jerarquía,
se resuelve con la relación jerárquica del ordenamiento jurídico,
en el cual los niveles inferiores deben respetar a los superiores y
todo el conjunto debe respetar a la Constitución.
. El conflicto entre normas de igual jerarquía,
se resuelve con el ppio. de que la ley posterior deroga la anterior.
. Lagunas del d´:
Se da cuando un hecho jurídico no encuadra en una norma jca.
En este caso, aplicando esta teoría y el ppio. de que "todo lo que no está prohibido, está permitido",
el órgano debe decidir aplicando el d´ vigente y prescindir de pautas axiológicas -valores jcos.-.
Entre el derecho debido y el derecho deseado, Kelsen opta por la aplicación del d´ debido.