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CASO CAMPILLAY
Hechos: Se publicó una noticia errónea, en el diario “La Razón”, que involucraba al actor
Julio Campillay en la perpetración de diversos delitos por daño moral. Las noticias
aparecen plagadas de subjetividades e inexactitudes respecto del actor, quien es
calificado como integrante de una asociación delictiva dedicada al robo y al tráfico de
estupefacientes, que gastaba su botín en casinos, hipódromos y diversión con mujeres;
además de efectuar salideras de bancos, financieras, etc., asaltos a comerciantes y a
distintos particulares.
Tales publicaciones se hicieron luego en un comunicado policial donde los editores
involucrados hicieron “suyas” las afirmaciones contenidas, dándolas por
inexcusablemente ciertas.
Los apelantes sostuvieron haber procedido sin intención de menosbrar al actor, y con la
finalidad de informar al público sobre un hecho que realmente ocurrió, limitándose a
transcribir el comunicado que emitió la Policía Federal. Mencionaron que dieron por
ciertos los hechos debido a la seriedad de la fuente (el comunicado policial), como
asimismo, que ejercieron el derecho de información con prudencia y dentro de límites
objetivos, ya que no se podía verificar la veracidad de la noticia.
Derechos en juego: Derecho a la libre expresión, crónica e información VS Derecho de
rectificación y honra.
Decisión judicial: La Corte ha señalado que debe evitarse la obstrucción o
entorpecimiento de la prensa libre y de sus funciones esenciales, impidiendo la
propalación de imputaciones que puedan dañarla injustificadamente.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia,
que condenó a los demandados a reparar el daño moral por la responsabilidad emergente
de la publicación de una nota periodística, en la que se imputaba al actor la autoría de
diversos delitos, respecto de los cuales, en sede penal, se lo subrayó definitivamente.
La Corte decide revocar la sentencia apelada y rechaza la demanda. Se indemniza al diario
ya que no citó a la fuente de la cual se hizo la información e fundamenta que hay un
derecho abusivo de informar por parte del diario, entonces responsabilizan al medio. El
actor pudo considerarse con derecho a litigar.