
2.2. REQUISITOS FORMALES, CONTENIDO DE LA DEMANDA, COPIA, DOCUMENTACIÓN,
DICTAMEN CONTABLE, ACREEDORES, DECRETO 3003/56, PLAZO EXTRAORDINARIO,
DOMICILIO PROCESAL.
ARTICULO 11.-
Requisitos del pedido. Son requisitos formales de la petición de concurso preventivo:
1) Para los deudores matriculados y las personas de existencia ideal regularmente constituidas,
acreditar la inscripción en los registros respectivos. Las últimas acompañarán, además, el instrumento
constitutivo y sus modificaciones y constancia de las inscripciones pertinentes.
Para las demás personas de existencia ideal, acompañar, en su caso, los instrumentos constitutivos y
sus modificaciones, aun cuando no estuvieron inscriptos.
2) Explicar las causas concretas de su situación patrimonial con expresión de la época en que se
produjo la cesación de pagos y de los hechos por los cuales ésta se hubiera manifestado.
3) Acompañar un estado detallado y valorado del activo y pasivo actualizado a la fecha de
presentación, con indicación precisa de su composición, las normas seguidas para su valuación, la ubicación,
estado y gravámenes de los bienes y demás datos necesarios para conocer debidamente el patrimonio. Este
estado de situación patrimonial debe ser acompañado de dictamen suscripto por contador público nacional.
4) Acompañar copia de los balances u otros estados contables exigidos al deudor por las disposiciones
legales que rijan su actividad, o bien los previstos en sus estatutos o realizados voluntariamente por el
concursado, correspondientes a los TRES (3) últimos ejercicios. En su caso, se deben agregar las memorias y
los informes del órgano fiscalizador.
5) Acompañar nómina de acreedores, con indicación de sus domicilios, montos de los créditos,
causas, vencimientos, codeudores, fiadores o terceros obligados o responsables y privilegios. Asimismo, debe
acompañar un legajo por cada acreedor, en el cual conste copia de la documenta sustentatoria de la deuda
denunciada, con dictamen de contador público sobre la correspondencia existente entre la denuncia del
deudor y sus registros contables o documentación existente y la inexistencia de otros acreedores en registros
o documentación existente. Debe agregar el detalle de los procesos judiciales o administrativos de carácter
patrimonial en trámite o con condena no cumplida, precisando su radicación.
6) Enumerar precisamente los libros de comercio y los de otra naturaleza que lleve el deudor, con
expresión del último folio utilizado, en cada caso, y ponerlos a disposición del juez, junto con la
documentación respectiva.
7) Denunciar la existencia de un concurso anterior y justificar, en su caso, que no se encuentra
dentro del período de inhibición que establece el artículo 59, o el desistimiento del concurso si lo hubiere
habido.
El escrito y la documentación agregada deben acompañarse con DOS (2) copias firmadas.
Cuando se invoque causal debida y válidamente fundada, el juez debe conceder un plazo
improrrogable de DIEZ (10) días, a partir de la fecha de la presentación, para que el interesado dé
cumplimiento total a las disposiciones del presente artículo.
Requisitos formales:
Son todos los requisitos con los que debe cumplir el deudor para llevar a
cabo el pedido, y están detallados en los 7 incisos del artículo 11.
Contenido de la demanda: Para el cumplimiento de los requisitos formales existe una
diferencia en relación con los deudores (art. 11, inc. 1):
Deudores matriculados:
Deben acreditar la inscripción en los registros respectivos.
Personas de existencia ideal regularmente constituidas:
Deben acreditar la inscripción en
los registros respectivos, el instrumento constitutivo y sus modificaciones, y la constancia
de las inscripciones pertinentes.
Personas de existencia ideal no regularmente constituidas:
Deben acompañar el
instrumento constitutivo y sus modificaciones.
Expresar las causas concretas de su situación patrimonial, la época en que se produjo la cesación
de pagos y los hechos reveladores (art. 11, inc. 2).
Entre los demás requisitos formales exigidos al deudor que solicita la apertura del concurso
preventivo, se encuentra la obligación de acompañar un estado detallado y valorado del activo y pasivo,
actualizado, con indicación de su composición, normas seguidas para su valuación; ubicación, estado y
gravámenes sobre los bienes; y demás datos necesarios para conocer el patrimonio (art. 11, inc. 3).
También deberá presentar la copia de los balances u otros estados contables exigidos por las
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