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Acerca de los títulos causales
Los títulos causales. También llamados causados, son aquellos en los cuales el acto jurídico que
les dio origen se encuentra expresado en el propio documento y es oponible durante la circulación
del título de manera tal que, quien resulte portador legitimado, no puede aludir desconocerlo. Son
títulos incompletos, por cuanto para conocer toda la extensión del derecho, resulta necesario
acudir a otros instrumentos. Como principio general, podemos decir que la mayoría de los títulos
son causales y por excepción, abstractos (se desvinculan de la causa que les dio origen en el
momento de la circulación).
Los títulos de inversión
Los títulos valores de inversión se caracterizan en que sus portadores no tienen intención
inmediata deshacerse de ellos, sino todo lo contrario, existe la idea de conservarlos, para obtener
con ello una renta, un dividendo, un interés, entre otros.
Entre los típicos títulos de inversión se encuentran:
• Las acciones: son títulos valores emitidos en serie que otorgan a su titular la calidad de
miembro de una persona jurídica. Cada acción, en principio, le confiere a su beneficiario el
derecho de participar en las asambleas de socios y en la formación de la voluntad social,
etc.
• Las obligaciones negociables: promesa de pago emitida en serie por un emisor que toma
fondos de unos o varios inversores y cuya ganancia, de estos es los intereses por la
privación del dinero del que se han desprendido, se devengan a mediano o largo plazo.
confieren derechos económicos a su tenedor, entre los que se encuentra el derecho a
percibir los intereses pactados y la devolución de todo o parte del capital invertido en una
fecha dada. El inversor en renta fija se convierte en acreedor de la sociedad emisora
mientras el accionista es un socio de la misma, en caso de liquidación de la sociedad el
acreedor tiene prioridad frente a socios. Generalmente devuelve el capital al vencimiento o
son convertibles en acciones de la misma sociedad emisora (en el momento de la emisión
se fija una cláusula de conversión que permite al titular quedarse con acciones de la
sociedad emisora a cambio del monto en dinero acordado por la emisión).
• -Bonos: Estrictamente se trata de una promesa de pago por medio de la cual el emisor (en
este caso el Estado) se compromete a devolver el capital que los inversores le prestan, con
más los intereses correspondientes, en un plazo determinado y según un cronograma
acordado
Títulos públicos
Estado los utiliza para financiar el gasto público. Constituye un mecanismo habitual, cuya
característica principal es que el sujeto que los emite (estado) puede fijar las condiciones de
emisión según sus propias necesidades de financiamiento y sus posibilidades de pago. Conteste
con ello, puede emitir títulos en diversas monedas y plazos, a tasa fija o variable o mixta (llamada
pago de renta), la devolución de lo invertido por los bonistas puede hacerse en cuotas llamadas
amortizaciones o en forma íntegra al vencimiento títulos.
Las ventajas que ofrece este tipo de títulos son las siguientes: