
10.06.22 – Procesos Civiles y Comerciales – 1° Parcial – NN
6.2.3 Iniciar el correspondiente juicio civil ordinario de trámite escrito por los daños y perjuicios sufridos
en virtud de un accidente de tránsito ocurrido en Córdoba el abogado de la parte actora le explica a su
cliente que si la demanda no hubiera excedido los doscientos cincuenta (250) jus, el procedimiento
judicial también habría sido escrito, pero de tipo abreviado ¿Eso es correcto?: No, es incorrecto; de
conformidad con la ley provincial 10.555 en Córdoba se implementa el proceso oral por
audiencias para juicios civiles por daños y perjuicios que por su cuantía corresponde que
tramiten por el abreviado.
6.3 Una vez finalizado el trámite del juicio ordinario oportunamente iniciado, y antes del dictado de la
sentencia, la abogada de la parte demandada le explica a su cliente que la prueba producida en la
causa será valorada por el tribunal de conformidad con el sistema de la “sana crítica”. Es decir, la
resolución que se dicte será favorable o no dependiendo del grado de convencimiento que tenga el/la
juez en cuanto a la veracidad de los hechos invocados. Para esto se tendrá en cuenta las reglas de la
lógica, la experiencia y la psicología. ¿Es eso correcto?
Sí, es correcto. El tribunal debe valorar la
prueba con el sistema de la “sana crítica”, en virtud de la cual el/la juez tendrá en cuenta las
reglas de la lógica, combinándolas necesariamente con las de la experiencia y la psicología.
6.3 ¿A qué sistema de valoración de la prueba corresponde el siguiente enunciado? Es aquel en el
que al juez se le otorga total libertad para apreciar las pruebas de acuerdo con la lógica y las reglas de
la experiencia, debiendo dar motivo y fundamentos de su decisión en el caso concreto: Sana crítica
racional.
7.1.1 Declaración que emana de una de las partes del proceso. ¿A qué concepto se refiere la
sentencia?
Confesional.
7.1.1 Javier Ventura, abogado de la actora, le explica a si cliente que la confesión expresa, realizada
por la parte demandada en el marco del juicio declarativo ordinario, iniciado como consecuencia del
accidente de tránsito ocurrido, será valorada por el tribunal interviniente de conformidad con el sistema
de la “tarifa legal”. ¿Es ello correcto?:
Sí, es correcto. Por prescripción legal, el tribunal debe
valorar la confesión judicial expresa de conformidad con el sistema de la tarifa legal.
8.1 Laura Villa, abogada de la parte demandada en un juicio civil ordinario iniciado en la ciudad de
Córdoba, le explica a su cliente que, desde que se abre a prueba la causa, cuentan con el plazo de
cuarenta días para ofrecer al testigo del accidente de tránsito ocurrido. ¿Es ello correcto? No, es
incorrecto. El plazo para ofrecer la testimonial en Córdoba es de diez días.
8.1 Javier Martínez, abogado de la parte demandada en un juicio abreviado iniciado en Córdoba, le
explica a su cliente que -para que sea admitido por el/la juez interviniente- tienen que ofrecer al testigo
del accidente de tránsito ocurrido con la contestación de demanda, bajo pena de caducidad. ¿Es eso
correcto?
Sí, es correcto. La testimonial debe ofrecerse con la demanda, bajo pena de
caducidad.
8.1.1 En un juicio declarativo ordinario tramitado en la ciudad de Córdoba, la parte demandada ofrece
como prueba la declaración de una persona que se encontraba presente en el lugar en que ocurrieron
los hechos en virtud de los cuales se inicia una causa judicial. Una vez admitido, y tras ser
debidamente citado, el testigo citado comparece a la audiencia fijada pero no responde a las preguntas
formuladas. Ante tal circunstancia, la abogada le explica a su cliente que recae sobre el la carga
publica de declarar, por lo que necesariamente tendrá que decir la verdad de todo lo que supiere y le