TITULO/s: Institución jurídica que contiene el tema principal de la resolución.
SUBTITULO/s: Distintos aspectos de los temas abordados.
PUBLICACIÓN: Colección pública o privada de jurisprudencia.
AUTOS: Como se carátula el juicio:"PEREZ, Abel c/ Javier Rey –ORDINARIO -"
FECHA DEL FALLO.
FUERO: Es la competencia en razón de la materia. Ej: Civil.
INSTANCIA: Es la competencia de grado.
TRIBUNAL: La mayoría de las sentencias corresponden a 2da. Instancia o instancias
extraordinarias, estas son las de mayor valor por la jerarquía del tribunal de donde
emanan.
MAGISTRADOS ACTUANTES.
HECHOS:
Deben redactarse en forma breve, pero comprensible.
Se deben narrar las situaciones fácticas, no se le debe dar encuadre jurídico.
No deben ser todos los hechos sino los inherentes al tema que abordamos.
Los encontramos en los vistos de la sentencia.
DOCTRINA JURISPRUDENCIAL:
Argumentos esgrimidos por el Juez para fundamentar su decisión.
Deben estar redactados en forma sucinta y precisa.
La doctrina de los autores no es doctrina jurisprudencial aunque puedan
confeccionarse fichas bibliográficas con ellos.
Se pueden incluir en la doctrina jurisprudencial las consideraciones de los votos
de la mayoría o de la minoría. Pero se debe dejar constancia de ello.
Deben corresponder al título o subtítulo consignado en la ficha.
Los principales fallos están precedidos por la doctrina jurisprudencial.
Holding del caso: regla que surge del fallo y que se utiliza como precedente
en otros casos
Obiter dictum significativos: Principios no tan importantes para citarlos como
precedente en otro caso, porque el pronunciamiento invocado no tiene
conexión alguna con el problema tratado en el fallo.
REFERENCIAS NORMATIVAS: Normas aplicadas por el tribunal para resolver el caso
concreto.
Modelo ficha de jusrisprudencia.pdf
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