Además existen los llamados “Convenios Empresa” que son acordados entre el sindicato y la
empresa “X”; esto significa que al empleado que trabaje en la empresa “X” se le van a liquidar el
básico y los adicionales que determine este Convenio Empresa, mientras que si el empleado
trabajara en otra empresa no tendría esta misma remuneración.
Y por último se encuentran los “Acuerdos individuales” entre el empleador y el trabajador (el
empleado se encuentra fuera de convenio), los mismos deben superar las condiciones mencionadas
anteriormente.
En base a lo visto en los párrafos precedentes los adicionales no están establecidos por la Ley de
Contrato de Trabajo, cuando existen se deben a:
• Convenios Colectivos de trabajo: en varios convenios colectivos de trabajo se pactan diferentes
condiciones propias de la actividad, en algunos casos se suele establecer que ciertas tareas
adquieran ciertos derechos económicos (adicionales) por el sólo hecho de realizarlas, como por
ejemplo el adicional por zona, tarea en altura, etcétera. También los convenios son el ámbito para
establecer ciertos premios que incentiven al trabajador a cumplir con sus obligaciones, como por
ejemplo el presentismo.
• Convenios de empresas: cuando los adicionales se acuerdan entre el cuerpo gremial y la empresa
“x”, en donde estos adicionales se van a aplicar a los empleados de esta empresa.
• Acuerdos de partes: Una vez establecido el adicional, el contrato de trabajo cobra identidad con
esas características, por lo que arbitrariamente el empleador no puede eliminarlos temporal o
definitivamente por una acto de su exclusiva voluntad, excepto en las siguientes situaciones:
»» Incumplimiento por parte del trabajador: supongamos el caso de un adicional por puntualidad y en
este supuesto el trabajador tiene llegadas tarde. En estos casos obviamente el trabajador no cobrará
este adicional en el período correspondiente a las llegadas tarde.
»»Cambio en las condiciones de trabajo: cuando las condiciones de trabajo que traían vinculados
adicionales o premios varían o desaparecen, desaparece la obligatoriedad del pago de los mismos.
Por ejemplo, la eliminación de las altas temperaturas en un determinado lugar o término de las
tareas en zonas consideradas alejadas.
»»Cambio del puesto de trabajo: en esta situación el empleado es cambiado de su puesto de trabajo
y en el nuevo puesto no está contemplado el adicional que poseía en el puesto anterior. Si como
consecuencia del cambio disminuye la remuneración por la eliminación del adicional el empleado
puede impugnar la decisión de la empresa y considerarse despedido sin causa.
Las formas en las que se pueden determinar los adicionales son:
»»En base a una suma fija, independiente de la remuneración que percibe el trabajador. Por
ejemplo: adicional por falla de caja de $ 200.