
5.- Carla, consulta con su ginecólogo y quiere colocarse un dispositivo intrauterino, ¿Puede autorizar por sí
esa práctica o necesita autorización de sus padres? ¿Qué injerencia podría tener Pablo, en caso que la
práctica se pretendiera realizar cuando convivía con la madre?
6.- Redacte un plan de coparentalidad entre Estela y Pablo, que comprenda, el cuidado personal de los
hijos, las vacaciones, los días feriados, festivos y de cumpleaños.
III.- Responsabilidad parental. Competencia. Cuidado Personal. Derecho del niño a ser oído.
Planteo:
María Emilia, nacida en Oberá, Misiones –lugar en el que aún viven sus padres y cinco hermanos- se muda
a Avellaneda a cuidar a su tía enferma en 2004. Tras fallecer aquélla, María Emilia consigue trabajo en un
restaurante y entabla una relación de pareja con Patricio, el hijo de sus patrones. En Octubre de 2017, harta
de las infidelidades de su conviviente y luego de una violenta discusión en la que Patricio la golpea delante
de sus hijos, María Emilia decide abandonar su casa junto a los niños Martín –de 12 años- y Sofía –de 5
años de edad-. No contando con otra familia en Avellaneda, se dirige a la casa de sus padres, en Oberá,
sin dar aviso a Patricio.
Al enterarse, el padre de los niños denuncia el hecho ante la policía de Avellaneda. Una semana después,
viaja a Misiones y regresa a su hogar con su hijo Martín. Al día siguiente interpone dos demandas contra la
progenitora, reclamando el cuidado personal exclusivo del niño y el reintegro de la pequeña Sofía, a quien
no pudo traer consigo.
Previo a dar trámite a las acciones, el Juez de Familia interviniente advierte la existencia de un exhorto
rogatorio por el cual un Juez de igual grado de Oberá requería el cumplimiento de la orden de restitución
del niño (Martín) a su madre, para lo cual solicitaba el auxilio del Juzgado bonaerense.
Ref.: Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Ferreyra, Miguel Angel”, 20/08/2008.
Tareas:
1.- A la luz de la normativa con jerarquía constitucional y lo dispuesto en el Título VIII del Libro Segundo del
Código Civil y Comercial, indique cuál será el Juez competente para entender en la conflictiva familiar.
Fundamente.
2.- ¿Qué principios rigen la responsabilidad parental en el nuevo Código Civil y Comercial? ¿De qué modo
deberán plasmarse en este caso concreto?
3.- ¿Qué prueba ofrecería Ud. como abogado de María Emilia para obtener la custodia de Martín y Sofía?
4.- En la audiencia con el juez, Patricio reconoce que, merced a su trabajo, no puede hacerse cargo con
exclusividad de cuidar a sus hijos en caso de que se le atribuya unilateralmente a su favor. Como abogado
de Patricio, ¿qué estrategia adoptaría? ¿qué modalidad de cuidado personal será más conveniente?
5.- En caso de que los progenitores no arriben a un acuerdo sobre el cuidado de sus hijos, ¿qué decisión
deberá tomar el juez? Indique los principios en los que funda su respuesta.
6.- Si de los informes socioambientales, declaraciones de los testigos y de la escucha de los niños se
desprendiera que Martín y Sofía han sido víctimas de violencia familiar por parte de ambos progenitores,
¿qué alternativas tiene el juez al momento de resolver la situación de éstos?
7.- En este último caso, si no existieran familiares o referentes afectivos que pudieran brindar cuidados
personales a los niños, ¿qué mecanismo de protección corresponde accionar?
8.- Al celebrar la audiencia de escucha con los niños, Martín expresa frente al magistrado que no quiere
vivir con su progenitora, ya que ésta le exige que la ayude con las tareas domésticas y lo obliga a estudiar.
En cambio, desde que vive con su padre, sólo lo ve por la noche cuando regresa de trabajar, le permite
usar su computadora hasta tarde y no lo molesta con este tipo de planteos.
¿En qué medida deberá el Juez tener en cuenta la opinión de este niño? Fundamente
Clase 10 - Lunes 23 DE SEPTIEMBRE- Uniones Convivenciales.
I.- Uniones Convivenciales.