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Los Organismos del Estado deben asegurar polí-
ticas, programas y asistencia apropiados para que la
familia pueda asumir adecuadamente esta responsa-
bilidad, y para que los padres asuman, en igualdad
de condiciones, sus responsabilidades y obligacio-
nes.
Título II
Principios, derechos y garantías
Artículo 8º.- Derecho a la vida. Las niñas, niños y
adolescentes tienen derecho a la vida, a su disfrute, pro-
tección y a la obtención de una buena calidad de vida.
Artículo 9º.- Derecho a la dignidad y a la in-
tegridad personal. Las niñas, niños y adolescentes
tienen derecho a la dignidad como sujetos de dere-
chos y de personas en desarrollo; a no ser sometidos a
trato violento, discriminatorio, vejatorio, humillante,
intimidatorio; a no ser sometidos a ninguna forma de
explotación económica, torturas, abusos o negligen-
cias, explotación sexual, secuestros o tráfico para
cualquier fin o en cualquier forma o condición cruel
o degradante.
Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a
su integridad física, sexual, psíquica y moral.
La persona que tome conocimiento de malos tra-
tos, o de situaciones que atenten contra la integridad
psíquica, física, sexual o moral de un niño, niña o
adolescente, o cualquier otra violación a sus dere-