
LAS FUENTES, REGLAS Y PRINCIPIOS DEL DERECHO COMERCIAL
El Derecho Comercial es un conjunto de normas destinadas a regular el
intercambio y la producción de bienes y servicios para el mercado.
Fuentes del Derecho Comercial
Nos referimos a fuentes del Derecho Comercial cuando hablamos de la forma de
manifestación de la norma jurídica.
Las fuentes formales son los órganos reconocidos expresamente como fuentes
del derecho y obligan por mandato de un ordenamiento legislativo determinado. Su
objeto específico es la creación de una regla destinada a imprimir una dirección en la
vida jurídica.
Las fuentes materiales están constituidas por factores o hechos que concurren al
nacimiento de una norma jurídica (grupos sociales, comunidad internacional,
tradiciones, doctrinas, etc).
Art. 1 CCyCN: ley y costumbre como fuentes explícitas
Art. 2 CCyCN): diálogo de fuentes siguiendo la línea de los Derechos Humanos
(constitucionalización del derecho privado)
Ley mercantil
Es la norma jurídica emanada de los órganos competentes del Estado y
destinada a regular la materia mercantil, es decir, todos aquellos supuestos de
hecho a los que la propia ley considera mercantiles en cuanto ha sido dictada con
el fin de regular principal y directamente dicha materia mercantil.
Ley en sentido formal: son las emanadas por el Poder Legislativo
siguiendo el procedimiento establecido en la Constitución Nacional.
Ley en sentido material: todas las otras reglas emanadas de distintas
autoridades competentes (decretos, tratados, ordenanzas).
Los usos, prácticas y costumbres mercantiles
Son aquellas conductas generalizadas, observadas en forma repetitiva
por los comerciantes y empresarios de una determinada plaza, o de un sector o
rama determinados, en el ejercicio de su actividad económica organizada, con el
convencimiento de que responden a una necesidad jurídica para la seguridad y
celeridad del tráfico vinculados con dicha actividad.
- Costumbre: manifestación social de la voluntad común. Es una repetición de
idénticas conductas frente a condiciones y circunstancias iguales. Sus normas
no pertenecen a un cuerpo legal, sino que la sociedad acepta dicha norma
como forma conveniente para la vida social y su contenido se respecto con
conciencia de obligatoriedad debido a que se la considera una necesidad
jurídica. Es decir, posee un elemento material (reiteración de la conducta) y
uno psicológico (conciencia de obligatoriedad de la norma). Tiene aprobación
expresa o tácita de los órganos estatales competentes. Es especialmente
importante en el derecho comercial debido a la celeridad del comercio
- Usos: serie de actos repetidos de manera constante y uniforme, pero carecen
del elemento psicológico de la conciencia de la obligatoriedad (no hay
necesidad jurídica).