La codificación
Compila de forma sistemática la legislación de un país.
(Hicieron compilaciones de constituciones Imperiales que incluían todos los derechos)
Ley de Citas: (Teodosio II 426, establecio que la única opinión valida era la de los cinco Juriconsultos).
Papiniano: Buscaba la Moral, era respetado por todos los Jurisconsultos.
Gayo: Creo el derecho Privado, (se destaca en la clasificación de las obligaciones.
Paulo y Ulpiano: Profesores del derecho.
Modestino: Fuente del conocimiento del pueblo romano. Traducía al latín y al griego.
Es obligación del juez fundar sus sentencias, tenía que ver la opinión de la mayoría sobre el tema. Si no coincidían,
prevalecía la opinión de Papiniano; sino había opinión sobre el asunto, el juez debía elegir la opinión de otro jurisconsulto
o la suya propia.
Código Gregoriano: Hermógenes, hizo la compilación de las constituciones Imperiales (291 314). Un solo libro
dividido en títulos.
o Código Teodosiano: Teodosio II, siglo IV, compilo las constituciones Imperiales, modificándolas, suprimiéndolas y
adaptándolas a la época.
Fue promulgado en el año 368, eran 16 libros, (trataban sobre derecho Privado, Público y Fiscal)
Leyes Romano Barbaras: Fueron leyes que dictaron los bárbaros para regular las relaciones entre los súbditos
y los romanos, tenían gran influencia del Derecho Romano.
Comenzarón a infiltrarse a partir del siglo III, hacían tareas agrícolas, o participaban
del ejército. En el siglo V fue el ingreso masivo.
Los germanos del norte provenían del norte y este de Europa, denominados
barbaros por sus costumbres rústicas y primitivas. Se regian por sus propias leyes
de acuerdo del derecho de “GENTES”, (los romanos tenían un derecho civil para
sus ciudadanos y uno de GENTES para los extranjeros). Tenían sus propios jefes,
conservaban costumbres sus y eran paganos.
El Breviario de Alarico o LEX ROMANA, fue obra de Alarico II, (506), las más
perfecta de las leyes Barbaro Romanas.
Corpus Iuis Cicilis: Es el más importante recopilación del Derecho romano. Justiniano (527 - 565).
En el 527 hace recuperar el Imperio de Occidente, hace una reforma administrativa y compila
todo el Derecho Romano.
Consta de 4 partes:
Código: Compilación de “Leges”, 12 libros – Derecho Privado, Penal y
Administrativo.
Digesto: Compilación de Iuria. 50 libros en 7 partes, (nociones generales de
derecho, familia, sucesiones, obligaciones, derecho procesal y penal).
Institutas: Manual de estudio del derecho, (fue hecho por orden de Justiniano para
los estudiantes), 4 tomos.
Novelas: Complilación realizada por Justiniano sobre los 37 años que gobernó.
Fueron de carácter privado.
Las interpolaciones: trivoniano fue el responsable de las compilaciones del Código y del Digesto del Corpus Ius
Civilis, fue autorizada por Justiniano a realizar modificaciones, suprimir partes, y adaptarlas a
la época. (adecuar las normas).
La vida ulterior del derecho Romano.docx
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