
Las contingencias altamente probables y cuantificables, se reconocen contablemente por medio
de una variación patrimonial cuantitativa.
Las contingencias ni probables ni remotas no generan una variación patrimonial, peor es práctica
usual su reconocimiento contable por medio de cuentas de orden o neutras.
Las situaciones de incierta ocurrencia remota, aun siendo más remoto el momento, no se
consideran en la información contable.
No es de aceptación generalizada en la doctrina el reconocimiento de contingencias positivas, si lo
es el de contingencias negativas. La doctrina en general, y las normas contables concuerdan que
las contingencias de perdidas dan lugar al reconocimiento contable de una variación patrimonial
cuantitativa, cuando ocurren las siguientes condiciones:
- El hecho sustancial que origina tal variación patrimonial, corresponde al periodo,
existiendo incertidumbre sobre la concreción de la situación.
- Alto grado de probabilidad de ocurrencia en el futuro de la situación incierta.
- Los efectos que ese hecho pueda generar sean cuantificables objetivamente.
Para reconocer contablemente una variación patrimonial cuantitativa las contingencias se
utilizan las previsiones (son cargos al ejercicio de cálculo incierto). Los eventos que preveen
pueden ocurrir o no. En el caso de ocurrencia generan pasivos ciertos o reducciones de
activos. Son estimados al monto y la posibilidad de concreción.
Previsiones del activo:
Son las que periten reconocer hechos inciertos en el presente para prevenir sus consecuencias
económicas, dado que se trata de perdidas imputables al presente, y de concretarse esos
hechos al futuro, provocarían una disminución en el activo.
• Constitución y utilización:
Se registra debitando una cuenta de resultado negativo y acreditando una cuenta de
activo con saldo acreedor que tiene función regularizadora. Este reconocimiento
(devengamiento) de una variación patrimonial de sentido negativo, se realiza a la
fecha de cierre, independientemente del momento durante el mismo en el que la
situación generadora hubiese ocurrido. Son ejemplos, las previsiones para
incobrables, para desvalorización de mercadería, etc.
Los montos previsionados pueden ser iguales a los que finalmente resulten o pude ser
que se hayan previsonado en exceso o en defecto. Otra situación vinculada a estas
previsiones es el recupero de incobrables, cuando debido a las gestiones de cobro del
ente, un cliente considerado incobrable, o sea, luego del uso de la previsión
correspondiente cancela su deuda.
Si el monto fuese mayor, correspondería por el importe no previsto, realizar un ajuste
de Resultado de Ejercicios Anteriores, por haberse apropiado en ellos resultados
negativos en defecto.
Si el monto fuese menor correspondería realizar un ajuste de resultado de ejercicios
anteriores por haberse apropiado de ellos resultados negativos en exceso.
En el momento de cancelar el activo, en ambas situaciones, se asignó a la cuenta
representativa de las previsiones creadas en defecto o en exceso e carácter
patrimonial, bajo el supuesto de que se trata de diferencias que “pudieron haber sido