CUESTIÓN PREVIA
Caso “Ponnoucannamalle c/Nadimoutoupolle”
El leading case es el de Ponnoucannamalle c/Nadimoutoupolle” resuelto en 1931 por la
Corte de Casación Francesa. El citado fallo se planteó con motivo de un juicio sucesorio en
el que se planteó la cuestión previa de la legitimidad de una adopción.
A los bienes inmuebles situados en la Cochinchina, y que integraban el patrimonio del
causante, les era aplicable la ley francesa. Esta ley - la francesa - , por su parte,
prohibía la adopción cuando el adoptante tenía hijos legítimos.
En cambio el derecho de la India, conforme al cual se realizó la adopción, no contenía
una prohibición similar.
Los tribunales franceses, en todas las instancias, rechazaron la demanda de un
descendiente del hijo adoptivo por aplicación exclusiva del derecho francés. Con un criterio
estricto, el pleito no fue tratado como un problema de Cuestión Previa en el DIPr, pero
constituyó el punto de partida de las elaboraciones teóricas realizadas especialmente por la
doctrina alemana.
En este caso se plantea la situación de una familia de nacionalidad inglesa que habitaba en
la India, y tenía bienes en la Cochinchina. El jefe de familia era dueño de una gran fortuna,
constituida en parte por inmuebles situados en lo que entonces era territorio francés
(Cochinchina o Indochina, actual Vietnam). Tenía varios hijos legítimos, y un hijo adoptivo
conforme a las leyes indias. Este hijo adoptivo, a su vez, casado con la Dame, fallece, antes
que su padre adoptante, dejando un hijo legítimo.
El adoptante, jefe de familia fallece en 1925, habiendo redactado, antes de que esto
ocurriera, un testamento hecho en 1922, desheredando a su nieto adoptivo, que por
derecho de representación ocupa el lugar de su padre premuerto.
La Dame Ponnoucannamalle inicia un juicio solicitando la impugnación del testamento. Su
petición se basa en el art. del apartado del Código Napoleónico: "Los bienes situados
en el territorio francés, se regirán por el derecho francés". Este determina que el nieto
adoptivo representa legítimamente al padre premuerto como heredero legitimario. Los otros
herederos del causante plantean como cuestión previa la validez de la adopción. En 1928
el Tribunal de Saigón rechaza el cuestionamiento a la validez de la adopción. En 1929 la
Corte de Saigón confirma, y en 1931 el Tribunal de Casación Francés hace suyos los
argumentos, por cuanto la adopción es válida. Pero el mismo tribunal le desconoce efectos
sucesorios. Las reglas de transmisión hereditaria dicen que se rigen por la ley del lugar
donde se ubican, por consiguiente, el inmueble se rige por la ley francesa. Pero la ley
francés, en el art. 344 del Code, considerado de Orden Publico (valla al derecho extranjero)
establece que: no puede adoptar quien tiene hijos legítimos. Si bien la adopción es válida
según la ley de la India, ley personal de adoptante y adoptado, y que sería la ley aplicable,
si la validez de la adopción fuese el único problema planteado, no es válida la adopción de
acuerdo al Derecho francés que rige la sucesión, prohibiendo el art. 344 del CC francés la
adopción realizada por un adoptante con hijos matrimoniales. Por lo tanto, los efectos de la
adopción son nulos para Francia.
Hay autores que niegan la existencia de la cuestión previa, por diversas razones, como ser
que la terminología es errónea o incorrecta, puesto que la llamada cuestión previa surge
con posterioridad y no previamente. O bien, que la ley de la cuestión previa y de la principal
en el caso coinciden; de otro modo la cuestión habría sido la misma. Solo al margen
recordamos que el Derecho inglés de aquella época, a diferencia del francés, no concedía a
los descendientes matrimoniales derechos legitimarios, razón por la cual desde el punto de
vista inglés, nada obstaba a que el padre de hijos matrimoniales adoptará a un tercero.
CUADRO BOL 15 DIPRI.pdf
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