
Criterios de integralidad e integración de la auditoría
Definida la amplia frontera de una administración financiera gubernamental
moderna el campo de la auditoría debe ser tan amplio como aquella. Se define sobre este
vasto espacio controlable un doble requisito en el desarrollo de la auditoría. Integral por
una parte porque se encara con un modelo de fiscalización sobre la totalidad de los eventos
legales, financieros y de gestión de la administración. Según Price “... la auditoría integral
es la ejecución de exámenes estructurados de programas, organizaciones, actividades o
segmentos operativos de una entidad pública o privada, con el propósito de medir e
informar sobre la utilización, de manera económica y eficiente de sus recursos y el logro de
sus objetivos operativos...”. Claro está que el control de resultados se debe efectuar sobre
un patrón predeterminado por lo cual la auditoría integral “... es el proceso que tiende a
medir el rendimiento real con relación al rendimiento esperado…”.
En tal sentido es necesario homogenizar una serie de términos cuyos contenidos son
similares cuando no iguales. Es habitual así hablar de “auditoría operativa”, “auditoría de
resultados”, “auditoría de las 3E”, etc. Entendido cual es el contenido de cada una de ellas
es conveniente unificar el léxico para evitar interpretaciones difusas cuando no erróneas. El
nombre auditoría integral es sin duda el más contenedor de todas las denominaciones.
Pero no es óbice para utilizar la denominación auditoría de resultados –siguiendo la
denominación del presente concurso– en la medida que entendamos a ella como auditoría
integral. Pero sin duda el concepto de resultados precisa el objetivo fundamental de una
organización: proveer bienes y servicios en calidad, cantidad y tiempo para satisfacer
necesidades colectivas
E integrado por otra parte porque todo sistema de control no debe ser un
instrumento extraño, injertado, ajeno a los sistemas de administración financiera.
Constituye mas bien un proceso interrelacionado, recursivo, circular –para definirlo más
gráficamente– en que ambos sistemas –administración financiera y control– se
retroalimentan mutuamente. Un buen sistema de administración financiera permitirá un
buen control. Y buenos controles afianzan la calidad del sistema de administración
financiera. Ello no inhibe que en su interoperatividad ambos no posean sus códigos o
reglas básicas que respalden sus fronteras o limites sistémicos. Todo servicio
administrativo financiero deberá proveer -en general- información en forma automática,
pero ello no impide que principios esenciales de auditoría como la contraposición de
intereses afectados sean operativos en el desarrollo de los procesos.
El criterio de significatividad debe imperar para la realización de una auditoría. Si
bien los resultados a priori pueden estar ocultos y no puedan medirse preventivamente, en
la realización de auditoría se recomienda aún para eventos no significativos, con la
finalidad de lograr un clima o ambiente de control, la valoración del parámetro
beneficio/costo. El aumento de los ingresos, un mejoramiento de los rendimientos, la
reducción de costos y la disminución de pérdidas operativas entre otras contribuirán a
lograr resultados económicos netos positivos.