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Presupuestos
A. El culto al texto de la ley.
B. La interpretación está dirigida a buscar la intención del legislador, que se identifica
con la ley.
C. El derecho posee un carácter inminentemente estatal.
D. “El principio de la plenitud del ordenamiento jurídico, por el cual no existen
lagunas, es decir, casos no previstos en el derecho”.
E. La enseñanza del derecho, es la enseñanza del Código y sus comentarios.
F. Respecto al criterio de autoridad.
Los exegetas sostenían el principio de que el Estado era el creador del Derecho, a la par
reconocían la existencia de derechos naturales, inalienables y sagrados del hombre, los
cuales eran transcriptos en leyes positivas, de modo que el Code se convertía en la puesta
por escrito de las normas del derecho natural, dictadas no para un cierto tiempo y lugar,
sino con validez absoluta y universal, es decir, se traspasaba al derecho positivo.
En el marco de estas ideas, hay quienes sostenían que la escuela de la exégesis no se
atrevió a negar directamente el derecho natural, sino que marginó en su aplicación dada
la generalidad y abstracción de sus principios, otros la han definido como moderadamente
positiva.
El método exegético
La exegesis consiste en un estudio analítico de los textos, que sirviéndose de la
interpretación literal, toma en cuenta la autoridad de la ley, a partir de afirmar el principio
de que toda solución jurídica positiva debe desprenderse de aquella, al margen de las
opiniones personales y de toda consideración histórica, social, cultural, económica y
moral.
La labor del jurista se centraba exclusivamente en el análisis de los textos legislativos y por
ello se reducía a un problema de interpretación de la ley. El objeto de estudio era la
norma de un texto legal, considerada en las siguientes dimensiones:
a. Como una regla aislada del contexto legal, para analizarla en si misma: es el análisis
gramatical.
b. En sus relaciones con las demás normas a las que da origen o derivan de ella: el
análisis lógico.