Siendo, aproximadamente las 12:15 hs, a bordo de mi vehículo marca Volkswagen, modelo Gol,
Dominio ELC-807 alrededor de los 30 km/h por la calle CHENO en dirección SUR - NORTE, comienzo a
reducir debidamente la velocidad al acercarme a la intersección de las calles CHENO Y YAVI, de la
Ciudad de Córdoba.
Con la debida diligencia, observo hacia ambos lados de la calle, mientras mi vehículo se encontraba
prácticamente detenido en medio del ancho de la calzada, para poder cruzar y continuar mi camino
hacia mi hogar.
Al percatarme de que ningún vehículo se acercaba a la intersección de las calles, procedo a cruzarla
y continuar mi camino.
Comienzo a acelerar levemente, como acostumbro para procurar garantizar la seguridad de todos,
cuando de repente una moto Gillera SMASH 2005, conducida por la Sra. Patricia Verónica Cassius
intenta cruzar imprudentemente la intersección de las calles en dirección OESTE-ESTE.
Al ver tan imprudente conducción, intentó frenar mi vehiculo para evitar un impacto que pudiera
provocar un riesgo para la vida de la conductora, puesto que su integridad física corría mayor peligro
aún pues, negligentemente, carecía de casco protector.
Lamentablemente, mis prontos reflejos no resultaron suficientes para evitar un impacto al que
considero de completa y exclusiva culpa de la conductora de la moto. De manera que mi vehículo
termina de golpear su lateral derecho.
Producto del impacto, la conductora de la moto pierde el equilibrio y termina de caer pocos metros
más adelante sobre su costado derecho, afortunadamente, sin sufrir lesiones en su cabeza por la
posibilidad de golpearse contra el suelo o cordón.
Inmediatamente, desciendo del auto y procedo a ofrecer auxilio tan rápido como el físico y la
desesperación ocasionada me lo permitieron.
Le comento que no advertí su presencia, debido a que ella conducía a alta velocidad y sin prudencia
alguna.
Le ofrezco ayuda, pero me comenta que prefiere seguir en el piso ya que sufría dolores.
A todo esto, en el lugar, se encontraban varios testigos que pudieron presenciar lo que vengo
exponiendo.
Uno de ellos, Carlos Abel Fernández, policía de la Provincia que no se encontraba en servicio,
interviene llamando al Servicio Médico del 107, quien desafortunadamente se encontraba de paro.
Ergo, ofrezco llevarla ante un profesional de la salud para que el mismo hiciera los estudios
correspondientes, pero la Sra. Cassius se niega excusando que su marido ya se encontraba en camino,
pues había sido llamado por una empleada de la librería “Colors”, ubicada a pocos metros del lugar, que
conocía a la Sra. Cassius y a su marido.
Alrededor de los 15 minutos posteriores, se presencia el marido y procede a llevarla a la Clínica
Aconcagua para que le realicen los pertinentes estudios.
Como producto del impacto, mi vehículo sufrió daños materiales en la óptica derecha, necesitando
reemplazarla, pues el plástico se encontraba fraccionado. También, el paragolpes delantero sufrió un
profundo raspón que necesitó un servicio de chapa y pintura.
Los costos de reparación del vehículo son detallados infra.
Como producto del aciago momento, y en razón de que sufro problemas de tensión, necesité de una
atención profesional para regularizar mi bienestar que se había visto afectado por la situación. Tal
atención fue prestada por el Dr. Alberto Suarez
Tales estudios, derivaron en la necesidad de reposo total por el plazo de 1 mes, en mi domicilio.
Este reposo, me imposibilita trabajar, siendo empleado obrero de construcción, donde percibo como
salario la suma de pesos treinta mil ($30.000).
IV. DAÑOS
a)Daño sufrido
Luego del control realizado por el profesional de la salud debido al aumento de tensión ocasionado
por el momento de estrés sufrido a raíz del accidente, se me fue diagnosticado un aumento del riesgo
de sufrir un ataque cardiovascular, cuya probabilidad no es posible calcular con números exactos, pero