Analizar el caso y responder.
Aproximadamente en la noche del 28 de enero último Manuel se dirigía a su casa y al
llegar un poco más allá de la plaza del barrio, frente a las casas número 81 y 83 en cuyo
punto no había alumbrado público,oyó la voz de un hombre que a una distancia de unos
8 pasos le decía “boca abajo y entrega el dinero”.Al oír eso Manuel le disparó
inmediatamente dos tiros con una pistola y acto seguido distinguió la voz de su amigo
Miguel,quién era el que había hecho la intimidación disimulando la voz ,y le dijo “Ay
Manuel me has tirado a matar” y acudiendo al auxilio de Miguel sostuvo su cuerpo que
se desplomaba diciéndole “Miguel Miguel háblame por Dios... no pensé que eras vos...
me asusté” comprendiendo que había sido una broma. Miguel falleció a consecuencia de
los disparos.
A los fines de la resolución del caso tenga presente lo que a continuación se
describe,partiendo de un análisis crítico de la teoría del delito.-
El caso describe claramente cuál fue la conducta llevada a cabo por el autor “Manuel
circulaba por la noche a su casa y al pensar que una persona intentaba sustraer
ilegítimamente su dinero,efectuó voluntariamente dos disparos con la intención de
impedir el atraco. Partiendo un concepto de acción como “conducta humana relacionada
con el medio Social denominada por una voluntad dirigente y encaminada hacia un
resultado”:
1) ¿Existió accion en la conducta de Manuel?
2) ¿Hay alguna causal de exclusión de la acción?
3) Sí hubo acción ,la misma es típica ? Cuál sería el elemento objetivo y cuál el
subjetivo?.-
4) Si la acción es típica, ¿es antijurídica? Existieron causales de justificación?
5) Para que la conducta descrita, si es típica y antijurídica, pueda ser atribuida a
Manuel,¿hay responsabilidad por el hecho? ¿Existe culpabilidad? Existe capacidad de
culpabilidad y conocimiento de la antijuricidad? Tenga presente los conceptos de “error”
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1) Si, en el caso planteado existió acción en la conducta de Manuel. Acción entendida
como una conducta voluntaria de la persona que produce una modificación en el mundo
exterior.
2) No, la conducta típica no encuadra en ninguna causal de exclusión de la acción.
3) Si, la acción es típica debido a que encuadra en uno de los preceptos legales,
precisamente homicidio agravado por el uso de arma de fuego. El elemento objetivo se
entiende por la acción, en este caso la conducta contraria a derecho de Manuel de matar
a Miguel, el elemento subjetivo se entiende por el dolo.
4) Si, la acción de Manuel también es antijurídica, ya que no existe ninguna justificación
proveniente del ordenamiento jurídico que habilite a Manuel a actuar de la manera que lo
hizo en esa situación.
5) La conducta descripta, si es típica y antijurídica, pero no se le es reprochable su
accionar, debido a que basándonos en el error de prohibición, si la urgencia de la toma de
decisión le impidió reflexionar al respecto, no se le puede reprochar su accionar.
Alumno: Lemos Andy
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