PROGRAMA DE
DERECHO DE DAÑOS
CATEDRA “A”
CARRERA DE ABOGACIA
AÑO 2020
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL NORDESTE
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS
CARRERA DE ABOGACIA
CARRERA: Abogacía
Plan: 2017
Ciclo: Ciclo jurídico inicial y de ciencias sociales
Departamento: Departamento de derecho privado
Área: Área de formación jurídica disciplinaria
ASIGNATURA: Derecho de daños
CÁTEDRA: A
AÑO LECTIVO: 2020
EQUIPO DOCENTE:
Titular: Claps, Sergio Leandro
Adjunto/s: Cabral Hugo Armando
Jefe/s de Trabajos Prácticos: Burgoa, Romina Alejandra
Jefe/s de Trabajos Prácticos: Andino, Miguel Raul
Adscripto: Abujall Juan Pablo
CARGA HORARIA TOTAL (Hs. Reloj): 80
CARGA HORARIA SEMANAL (Hs. Reloj): 8.
INTRODUCCIÓN:
La modificación de plan de estudios de la carrera de abogacía, y la sanción del
Código Civil y Comercial, determinan la necesidad de instrumentar un programa de la
materia Derecho de daños, que comprenda los nuevos institutos incorporados por el
nuevo Código.
Este programa, propone estudiar el derecho de daños con una visión más integral,
que permita alcanzar una mirada más realista de la responsabilidad civil, y brindado al
futuro abogado una mejor formación, dotándolo de mejores y mayores posibilidades de
inserción en un mercado cada vez más competitivo.
A la hora de formular el programa, hemos tenido en cuenta, las profundas
transformaciones que el derecho de daños ha experimentado en los últimos años,
buscando dar respuesta a las exigencias que impone la revolución tecnológica.
El impacto tecnológica en una sociedad cada vez s masificada, ha sido y es
impredecible, ello ha determinado que buena parte de los nuevos aspectos de la
responsabilidad civil, hayan comenzado las a perder aptitud para dar respuesta adecuada
a los nuevos problemas que la realidad presenta.
Algunos de estos nuevos problemas que presenta el derecho de daños son los
siguientes: responsabilidad civil por actividades riesgosas, por daño ambiental, daños
por productos elaborados, daños causados y sufridos colectivamente, daños derivados
del empleo de la informática, daños a los derechos personalísimos, responsabilidad civil
de los medios de comunicación, extensión de la legitimación activa y pasiva en materia
resarcitoria, daños derivados de la biotecnología, la prevención del daño, los daños
punitivos, etc.
En todas estas cuestiones se advertía que el Código Civil anterior, resultaba
desbordado, lo cual obligaba a potenciar los esfuerzos para arribar a soluciones justas.
El nuevo programa, recoge y profundiza las nuevas ideas en materia de derecho de
daños y se orienta decididamente a brindar al estudiante una visión solidaria y
humanista de este derecho, poniendo al hombre como epicentro del sistema y a la
solidaridad como un valor axiológico de las ciencias jurídicas.
FUNDAMENTACIÓN:
La Asignatura DERECHO DE DAÑOS, pertenece al nuevo Plan de Estudios
de la Carrera de abogacía, está ubicada en el Segundo Año de la Carrera, con una carga
horaria total de 80 horas, y de cuatro (4) semanales, la duración del curso es
cuatrimestral y de carácter obligatoria. Tiene por finalidad, formar profesionales del
derecho capaces de resolver los problemas complejos de la práctica de la abogacía.
Generando profesionales con capacidad para pensar y actuar jurídicamente, para
desempeñarse con eficiencia en las incumbencias de la abogacía.
Derecho de daños es correlativa con Derecho de las Obligaciones que a su vez
lo es de Derecho Privado parte general.
Como se señalara la Materia pertenece al Segundo año en el que también se
hallan Derecho Constitucional de los Poderes, Derecho de las Obligaciones, Derecho
Penal parte general, Derecho Público provincial y municipal, y Derecho Político.
PRESENTACIÓN DE LA ASIGNATURA
En la actualidad, los estudios sobre responsabilidad civil y el derecho de daños
atienden a nuevos fenómenos y preocupaciones. La regulación específica de los
derechos inherentes a la persona como la dignidad, la identidad, y la vida, la
consagración de los bienes de incidencia colectiva con carácter fundamental (por ej.: La
protección del ambiente), la protección diferenciada de determinados grupos de
individuos como los consumidores y usuarios, los pueblos originarios, sumada a la
magnitud de los daños alcanzados por efecto del progreso científico y tecnológico, con
potencial para poner en peligro la supervivencia misma de la raza humana, dieron paso
a una nueva concepción de la responsabilidad civil, donde la prevención es ya una
función central del derecho de daños.
En este contexto de grandes transformaciones, el nuevo Código Civil y
comercial, actualiza el conjunto de disposiciones del derecho civil con base en esta
nueva realidad y en la experiencia de la doctrina y jurisprudencia, armonizándola con
las normas del derecho comercial y respetando las leyes especiales que deben seguir
funcionando separadamente, en función de sus características particulares.
OBJETIVOS GENERALES:
a) Conocer los principios generales, las normas y las tendencias relativas al
Derecho de Daños
b) Utilizar con pertinencia el vocabulario técnico de la materia
c) Establecer relaciones entre los principios específicos y el sistema jurídico
general.
d) Plantear situaciones problemáticas y proponer alternativas lidas de
solución
e) Aplicar las normas en la interpretación de casos y situaciones concretas
f) Aplicar el juicio crítico en el tratamiento de los temas
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
a) Conocer que es el derecho de daños, cuáles son sus funciones y principios
generales.
b) Diferenciar la responsabilidad civil, de la penal. Conocer y comprender las
relaciones entre la acción civil y la penal.
c) Valorar adecuadamente al fenómeno resarcitorio y cuáles son sus
presupuestos y las circunstancias eximentes.
d) Comprender acabadamente que es reparar el daño, como se valora el daño
y como se cuantifica la indemnización de los perjuicios.
e) Valorar las funciones preventivas y punitivas del derecho de daños.
f) Conocer las principales responsabilidades en particular, responsabilidad
directa, por el hecho ajeno, por el hecho de las cosas o actividades
riesgosas o peligrosas.
g) Conocer las principales responsabilidades especiales, responsabilidad de
los profesionales, de los establecimientos educativos, del Estado, etc.
h) Comprender que es la acción resarcitoria y cuáles son sus implicancias
jurídicas relativas a la legitimación.
i) Conocer los principales aspectos procesales vinculados con la pretensión
resarcitoria.
j) Conocer la jurisprudencia esencial para un abogado litigante, de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación, y del Superior tribunal de Justicia de la
provincia de Corrientes, sobre temas vinculados a la materia.
MÉTODO DE ENSEÑANZA:
* Clases teóricas prácticas. El docente deberá procurar la efectiva participación del
alumno mediante la exposición, planteamiento de casos prácticos y búsqueda de
soluciones a la luz de la doctrina y jurisprudencia.
* Implementar la formación de talleres o grupos de trabajo en clase, sobre temas de
especial importancia o actualidad.
* Enfatizar en la comprensión de los contenidos de la materia, que permita que el
alumno pueda manejar reflexivamente la información suministrada.
* Instar en todas las instancia de la enseñanza en la formación de un alumno reflexivo y
no de un mero acumulador de información.
ESTRUCTURA GENERAL DEL CONTENIDO Y DE LAS UNIDADES
TEMÁTICAS:
El programa proyectado, se divide en cinco (5) partes:
1) La primera parte del programa estudia los aspectos generales del derecho de
daños, la metodología empleada por el nuevo Código, la Constitucionalización
del derecho de daños, la responsabilidad civil precontractual y las funciones del
derecho de daños.
2) La segunda parte, está referida a los presupuestos o requisitos de la
responsabilidad civil (Daño, antijuridicidad, relación causal y factores de
atribución). Una unidad dedicada al estudio integral de las eximentes de
responsabilidad vinculados justamente con cada uno de los presupuestos
indicados con anterioridad,
3) La tercera parte está referida a la responsabilidad directa o por el hecho propio,
por el hecho ajeno, por el hecho de las cosas o actividades riesgosas o
peligrosas.
4) La cuarta parte, trata de los principales supuestos especiales de responsabilidad
civil, contractual y extracontractual.
5) Finalmente, la quinta parte, está dedicada a la acción resarcitoria y a las
relaciones entre la acción civil y la penal.
Hay determinados temas del derecho de daños, que han sido excluidos de un
tratamiento pormenorizado en el siguiente programa y abordado solo a nivel de
nociones generales, básica. Temas que serán tratados en profundidad en otras materias,
como ser:
1) La responsabilidad de los administradores y ndicos de sociedades
comerciales, se mantiene en derechos societarios.
2) La responsabilidad por riesgo de trabajo, manteniéndose su estudio
derecho del trabajo.
3) La responsabilidad que emergen de la ley de navegación o del Código
Aeronáutico, serán tratadas en profundidad en derecho de la navegación.
4) El daño ambiental será abordado en Derecho agrario y ambiental.
Parte práctica:
- Exposición oral-grupal de los aspectos conceptuales de las distintas unidades por
parte de los estudiantes.
- Presentación en soporte papel de una síntesis de la exposición oral – grupal.
- Análisis de casos prácticos sobre distintos aspectos de cada unidad:
Los presupuestos o elementos de la responsabilidad contractual y
extracontractual antijuridicidad o incumplimiento (absoluto y relativo),
imputabilidad (subjetiva y objetiva), daño (patrimonial o extrapatrimonial
–moral-) y relación de causalidad.
Determinación de los rubros reclamables a fin de determinar la
cuantificación del daño. Como así también la elaboración de planillas
sobre los distintos rubros reclamados que se incorporaría a una demanda.
Como actúan las eximentes de responsabilidad.
La reparación y legitimación para reclamar el daño en materia contractual
y extracontractual.
La relación entre la acción civil y la penal.
Los distintos tipos de responsabilidad directa, refleja y por el hecho de las
cosas.
- Búsqueda y análisis de jurisprudencia. referente a las distintas unidades.
- Búsqueda de jurisprudencia, nacional y provincial, referente a mala praxis por
parte de los profesionales, medio ambiente, derecho de los consumidores.
- Análisis de aspectos procesales vinculados al derecho de daños.
EVALUACION.
El proceso evaluativo consistirá en:
a) Evaluación permanente del proceso de aprendizajes: a partir de la participación
de los alumnos en las actividades programadas. Durante el desarrollo de las diferentes
Unidades Temáticas, se irán evaluando los contenidos mediante la aplicación de los
mismos en las actividades prácticas que constan en cada una de ellas. Así también, se
propenderá a la formación de grupos de trabajo, a fin de que se realicen exposiciones
orales, tendientes a contribuir con los estudiantes a librarse de los posibles temores a la
exposición en público. Asimismo, se trabajará sobre la búsqueda de Jurisprudencia y
Doctrina sobre determinados temas de las unidades temáticas previamente
determinados por el docente.
b) Acreditación de la asignatura: Los estudiantes deberán aprobar dos (2) exámenes,
el primer examen parcial comprenderá hasta la unidad Nº 6 y el otro examen será
integrador, comprendiendo las unidades restantes, es decir, de la unidad 7 a la 13 y los
puntos mas relevantes del primer examen parcial, y tendrán la oportunidad de dos (2)
recuperatorios. Los exámenes serán escritos y con desarrollo de temas teóricos y
solución de casos prácticos.
c) Criterios de evaluación: Se valorará el conocimiento disciplinar, la expresión oral y
escrita, la capacidad reflexiva, el entusiasmo y la energía de trabajo, el uso apropiado
del vocabulario técnico, el manejo del código Civil y Comercial y del restante material
bibliográfico y jurisprudencial.
EVALUACION LIBRES.
Evaluación en Tribunales de Exámenes Libres:
En cuanto a los exámenes libres se remitirá a un examen oral sobre la base de la bibliografía
general señalada para la materia, de cualquier autor que trate el tema propuesto en cada unidad,
con el correspondiente aporte de la bibliografía específica.
CONTENIDOS BASICOS.
UNIDAD TEMATICA 1:
1. Responsabilidad en general: Responsabilidad civil: Introducción; la
unificación de la responsabilidad civil, antecedentes, el nuevo régimen
legal en el Código Civil y Comercial, principales modificaciones, diferencia
con la responsabilidad penal.
2. Responsabilidad Precontractual: concepto, fundamento, naturaleza
jurídica, régimen legal, presupuestos, efectos.
3. La Constitucionalización del Derecho de Dos: aspectos generales,
principios constitucionales en el derecho de daños, antecedentes
jurisprudenciales de la Corte Suprema de la Nación.
4.
Los nuevos desafíos del derecho de daños: principales aspectos, Los
riesgos de desarrollo el avance científico y tecnológico-, concepto, problemas
que plantean su reparación, régimen legal, eximentes.
Bibliografía Básica.
PIZARRO, Ramón Daniel, y VALLESPINOS, Carlos G.: “Instituciones de
derecho privado: obligaciones”, Cuatro Tomos, Ed. Hammurabi, Buenos Aires,
año 1999, Tomo 4.
MOSSET ITURRASPE, Jorge: (Director) “Responsabilidad civil”, Ed.
Hammurabi, Buenos Aires, año 1997, pags. 21-37.
LOPEZ MESA, Marcelo, Curso de Derecho de las Obligaciones, Tomo 2, Ed.
Hammurabi, Buenos Aires, año 2018.
CLAPS, Sergio Leandro,Derecho de Dos”, Ed. Contexto, año 2018.
CALVO COSTA. Carlos A., Derecho de las Obligaciones. Derecho de Daños.
2, Hanunurabi, Buenos Aires, 2010.
OSSOLA, Federico A. Responsabilidad civil, Ed. AbeledoPerrot, 2018.
Bibliografía Sugerida.
COMPAGNUCCI DE CASO, Rubén H. Obligación y responsabilidad. Revista
Notarial. La Plata, 1980 – Nº 853. p.2089/2120.
AGOGLIA, María M. BORAGINA, Juan C. MEZA, Jorge A. La asunción
de riesgos en la responsabilidad contractual profesional. En Las
responsabilidades profesionales, libro homenaje a Luis O. Andorno, Platense, La
Plata, 1992, p. 148.
.WAISMAN, Agustín. “Repensando la responsabilidad precontractual”. E.D.
205:943 – 950; 2004.
ALTERINI, Millo A.; AMEAL, Oscar José y LÓPEZ CABANA, Roberto M.,
Derecho de Obligaciones. Civiles comerciales, 2' ed. act., Abeledo-Perrot,
Buenos Aires, 1998, p. 143.
KEMELMAJER DE CARLUCCI, Aída y BUERES Alberto (dirs.),
Responsabilidad por daños en el tercer milenio. Homenaje al profesor doctor
Atilio A. Alterini, Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 1997, p. 103.
ZAVALA DE GONZÁLEZ Matilde, Algunas observaciones al Proyecto de
Código Civil de 1998. En materia de responsabilidad, en L. L. 1999-C-877.
LÓPEZ HERRERA, Edgardo, Teoría general de la responsabilidad civil, Le
xisNexis, Buenos Aires, 2006, p. 46.
LORENZETTI, Ricardo, Las nuevas fronteras de la responsabilidad por daños,
en L. L. 1996-B-1107.
UNIDAD TEMATICA 2:
1. Funciones de la responsabilidad civil: Régimen legal
Función preventiva: aspectos generales, concepto, el rol económico de
la función preventiva, distintas formas de prevención, la prevención en el
Código Civil y Comercial: deber genérico de prevención, acción
preventiva: como se canaliza esta accn, presupuestos para su
procedencia, principales supuestos Derechos patrimoniales, Ambiental,
de consumo, personalísimos -, Legitimación, Sentencia.
2. Función punitiva: las sanciones punitivas o disuasivas: aspectos
generales, concepto, funciones de la sanción punitiva, régimen legal: Ley
de defensa del consumidor, Código Civil y Comercial. Punición
excesiva.
Bibliografía Basica.
PIZARRO, Ramón Daniel, y VALLESPINOS, Carlos G.: “Instituciones de
derecho privado: obligaciones”, Cuatro Tomos, Ed. Hammurabi, Buenos Aires,
año 1999, Tomo 4.
MOSSET ITURRASPE, Jorge: (Director) “Responsabilidad civil”, Ed.
Hammurabi, Buenos Aires, año 1997, pags. 21-37.
LOPEZ MESA, Marcelo, Curso de Derecho de las Obligaciones, Tomo 2, Ed.
Hammurabi, Buenos Aires, año 2018.
CLAPS, Sergio Leandro, Derecho de Dos”, Ed. Contexto, año 2018.
CALVO COSTA. Carlos A., Derecho de las Obligaciones. Derecho de Daños.
2, Hanunurabi, Buenos Aires, 2010.
OSSOLA, Federico A. Responsabilidad civil, Ed. AbeledoPerrot, 2018.
Bibliografía Sugerida.
ALTERINI, Atilio A.
Contornos actuales de la responsabilidad civil. Abeledo Perrot. Buenos
Aires, 1987.
Responsabilidad Civil. Abeledo – Perrot. Buenos Aires, 1980.
Derecho de Daños. L.L. Buenos Aires, 1995.
CAFFERATTA, Néstor (dir.); Tratado jurisprudencia y doctrinario de Derecho
Ambiental, La Ley, Buenos Aires, 2012, t. 1: Capítulos II, Principios de
Derecho Ambiental, y del Daño ambiental.
COLOMBRES, Raúl A., La aplicación del principio precautorio, M3D4817.
DÍEZ-PICAZO, Derecho de Daños, Civitas, Madrid, 1999.
KEMELMAJER DE CARLUCCI, Aída, Funciones y fines de la
responsabilidad civil, libro homenaje a los Congresos Nacionales de Derecho
Civil, Córdoba, 2009, t. III, pag. 1287.
CIURO CALDANI, Miguel Ángel, La responsabilidad civil en una nueva era,
en L. L. 2006-C-1246.
LORENZETTI, Ricardo, Las nuevas fronteras de la responsabilidad por daños,
en L. L. 1996-B-1107.
VAZQUEZ FERREEYRA, Roberto, Derecho de Daños, Elementos y
Funciones, Ed. Depalma.
UNIDAD TEMATICA 3:
1. - Función resarcitoria: concepto, antecedentes, régimen legal.
2. Presupuestos de la responsabilidad: Antijuridicidad: concepto,
antijuridicidad como acción u omisión, especies: formal y material, objetiva
y subjetiva. La antijuridicidad en el Código Civil y Comercial, diferencia
con el Código anterior.
3. La antijuridicidad contractual: incumplimiento de la obligación: absoluto
y relativo.
4. Mora: a) Mora del deudor: concepto, requisitos, el régimen legal de la mora en el
digo Civil anterior, dentro del sistema de la ley 17.711 y en eldigo civil y
Comercial, efectos y cesación de la mora; b) Mora del acreedor: concepto,
fundamentos, requisitos, efectos y cesación, c) la mora en las obligaciones
reciprocas.
Bibliografía Basica.
PIZARRO, Ramón Daniel, y VALLESPINOS, Carlos G.: “Instituciones de
derecho privado: obligaciones”, Cuatro Tomos, Ed. Hammurabi, Buenos Aires,
año 1999, Tomo 4.
MOSSET ITURRASPE, Jorge: (Director) “Responsabilidad civil”, Ed.
Hammurabi, Buenos Aires, año 1997, pags. 21-37.
LOPEZ MESA, Marcelo, Curso de Derecho de las Obligaciones, Tomo 2, Ed.
Hammurabi, Buenos Aires, año 2018.
CLAPS, Sergio Leandro, Derecho de Dos”, Ed. Contexto, año 2018.
CALVO COSTA. Carlos A., Derecho de las Obligaciones. Derecho de Daños.
2, Hanunurabi, Buenos Aires, 2010.
OSSOLA, Federico A. Responsabilidad civil, Ed. AbeledoPerrot, 2018.
Bibliografía sugerida.
BORDA, Guillermo A.
La reforma de 1968 al Código Civil. Perrot. Buenos Aires. 1971.
Hacia un plenario en materia de mora. L.L. 1978 – D – 311.
BUERES, Alberto J.
La mora del deudor cuando su domicilio es el lugar de pago. L.L. 1980 – C
1129.
El Pacto Comisorio y la mora del deudor. L.L. 1980 –A – 856.
BUSTAMANTE ALSINA, Jorge.
La mora del deudor y la concepción dinámica del patrimonio. L.L.1977 D-
841
Los jueces y las leyes injustas (a propósito de la mora “ex re”) L.L. 1978 – C
– 238.
GARRIDO, Roque F. La mora y la ley 17.711. E.D. 36 - 886
KEMELMAJER de CARLUCCI, Aída. La mora en las obligaciones puras y
simples. L.L. 1976 – A – 408
MOISSET de ESPANES, Luis.
El simple retardo, la mora y la resolución por incumplimiento: variaciones
sobre un tema. (Nota al Fallo) Rev. J.A. Buenos Aires, 1982 – IV: 463 – 467
Efectos del simple retardo. En Homenaje a la Profesora Dra. María Antonia
Leonfanti. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Rosario, Pontificia
Universidad Católica de Rosario. Rosario, 1982.
Reflexiones sobre la mora automática, resolución por incumplimiento y purga
de la mora. E.D. 186 – 502
La mora y la reforma del artículo 509 del Código Civil. J.A. Doctrina, 1968
V – 794.
Mora del acreedor y pago por consignación. J.A. 1977 – II – 707.
MORELLO, Augusto M. La mora. Revista Notarial del Colegio de Escribanos
de la Provincia de Buenos Aires, Nº 751; nov – dic. 1963
MOSSET ITURRASPE, Jorge.
Medios para forzar el cumplimiento. Rubinzal – Culzoni. Santa Fe. 1993
Medios compulsivos en Derecho Privado. Buenos Aires. Ediar. 1978. p. 227.
PIZARRO, Ramón D. MOISSET de Espanés, Luis. Reflexiones en torno a la
mora del deudor y el lugar de cumplimiento de las obligaciones. E.D. 72 – 794.
TRIGO REPRESAS, Félix A. Los requisitos de la mora del deudor. En las II
Jornadas Provinciales de Derecho Civil de Mercedes. L.L. 1983 – D – 1117.
WAYAR, Ernesto G.
Los requisitos de la interpelación: se suaviza el rigorismo formal”. (Nota al
fallo). Rev. E.D: Buenos Aires. 98:458; 1982.
Tratado de la mora. Abaco, Buenos Aires. 1981.
AGOGLIA, María M.; BORAGINA, Juan C. y MEZA, Jorge A.,
Responsabilidad por incumplimiento contractual, Hammurabi, Buenos Aires,
1993, ps. 61 y ss.
MORELLO y GALDÓS, Indemnización del daño contractual, ps. 153/154.
MOISSET DE ESPANÉS, Luis, Curso de obligaciones, Zavalía, Buenos Aires,
2004, t. 1, p. 338.
STIGL1TZ, Gabriel A., Responsabilidad civil por incumplimiento contractual,
en STIGLITZ, Rubén S. (dir.), Contratos. Teoría general, Depalma, Buenos
Aires, 1994, t. I, ps. 571 y ss.
UNIDAD TEMATICA 4:
1.- Causas de justificación: a) Ejercicio regular de un derecho: concepto,
requisitos, efectos; b) legítima defensa: concepto, requisitos, efectos; c) Estado
de Necesidad: concepto, requisitos, efectos.
2.- Asunción de riesgos y actos de abnegacn: concepto, gimen legal,
aspectos caracterizantes.
3.- Consentimiento libre e informado del damnificado: concepto, gimen
legal Consentimiento informado, deber de información -.
4.- Imprevisn: concepto, antecedentes, régimen legal.
5.- Responsabilidad por actos lícitos dañosos: Aspectos generales, principales
supuestos.
Bibliografía Basica.
PIZARRO, Ramón Daniel, y VALLESPINOS, Carlos G.: “Instituciones de
derecho privado: obligaciones”, Cuatro Tomos, Ed. Hammurabi, Buenos Aires,
año 1999, Tomo 4.
MOSSET ITURRASPE, Jorge: (Director) “Responsabilidad civil”, Ed.
Hammurabi, Buenos Aires, año 1997, pags. 21-37.
LOPEZ MESA, Marcelo, Curso de Derecho de las Obligaciones, Tomo 2, Ed.
Hammurabi, Buenos Aires, año 2018.
CLAPS, Sergio Leandro, Derecho de Dos”, Ed. Contexto, año 2018.
CALVO COSTA. Carlos A., Derecho de las Obligaciones. Derecho de Daños.
2, Hanunurabi, Buenos Aires, 2010.
OSSOLA, Federico A. Responsabilidad civil, Ed. AbeledoPerrot, 2018.
Bibliografía sugerida.
MAYO, Jorge A., Las causas de justificación, en BUERES (dir.) y HIGHTON
(coord.), Código Civil y normas complementarias. Análisis doctrinal y
jurisprudencial, t. 3A, ps. 72/73;
MAYO, Jorge A. y PREVOT, Juan M., La idea de aceptación de riesgos en
materia de responsabilidad civil, en L. L. del 31-8-2009, p. 1;
DILLON, Tomás, La aceptación del riesgo: ¿una eximente de responsabilidad?,
en J. A. del 19-1-2005, p. 3. 168
MAZZINGHL Jorge A., La víctima del daño y la aceptación de los riesgos, en
E. D. 76-875. 171.
MOSSET ITURRASPE. Jorge. La aceptación de los riesgos. Retroceso en la
responsabilidad civil por actos ilícitos, en L. L. 1978-D-1076. 174
ACUÑA ANZORENA, Arturo, Transporte gratuito y responsabilidad en caso
de accidente, en L. L. 15-209.
XXII Jornadas Nacionales de Derecho Civil. Córdoba. 23 al 25 de
septiembre de 2009. despacho unánime de la Comisión N° 3.
GELLI. María A.. La autonomía personal y los derechos de los pacientes a vivir
con dignidad, en L. L. 2012-C-1087;
BASTEARA. Marcela I.. Principio de autonomía personal y muerte digna, en L.
L. 2012-C-488.
CIFUENTES. Santos, Los derechos personalísimos. Teoría general. en Revista
del Notariado 730-1299.
ALTERINI, Atilio A., Soluciones del Proyecto de Código en materia de
responsabilidad civil, en L. L. del 30-7-2011, p. 1.
UNIDAD TEMATICA 5:
1.-Imputabilidad: concepto, caracteres; factores de atribución: subjetivo y
objetivo: concepto; coexistencia de factores de atribución subjetivos y objetivos en
nuestro sistema, los factores de atribución en el Código Civil y Comercial,
2.- LA RESPONSABILIDAD SUBJETIVA Y OBJETIVA EN MATERIA OBLIGACIONAL
(CONTRACTUAL). LAS OBLIGACIONES DE MEDIOS Y DE RESULTADO: CONCEPTO,
FACTOR DE ATRIBUCIÓN, CARGA PROBATORIA, PRINCIPALES SUPUESTOS.
3.- Factores subjetivos en la responsabilidad contractual y extracontractual:
concepto, antecedentes: delitos y cuasidelitos, principales diferencias, hechos ilícitos
que no son delitos. a) El dolo: sus diversas acepciones, y efectos. b) La culpa: con-
cepto, unidad y pluralidad, sistemas de apreciación, prueba, efectos. Dispensa
anticipada de la responsabilidad.
4.-Factores objetivos en la responsabilidad contractual y extracontractual:
la teoría del riesgo, la garantía, el deber de seguridad, otros factores objetivos de
atribución (la equidad, etc.).
Bibliografía Basica.
PIZARRO, Ramón Daniel, y VALLESPINOS, Carlos G.: “Instituciones de
derecho privado: obligaciones”, Cuatro Tomos, Ed. Hammurabi, Buenos Aires,
año 1999, Tomo 4.
MOSSET ITURRASPE, Jorge: (Director) “Responsabilidad civil”, Ed.
Hammurabi, Buenos Aires, año 1997, pags. 21-37.
LOPEZ MESA, Marcelo, Curso de Derecho de las Obligaciones, Tomo 2, Ed.
Hammurabi, Buenos Aires, año 2018.
CLAPS, Sergio Leandro, Derecho de Dos”, Ed. Contexto, año 2018.
CALVO COSTA. Carlos A., Derecho de las Obligaciones. Derecho de Daños.
2, Hanunurabi, Buenos Aires, 2010.
OSSOLA, Federico A. Responsabilidad civil, Ed. AbeledoPerrot, 2018.
Bibliografía sugerida.
GHERSI, Carlos A. La responsabilidad objetiva por riesgo creado. La doctrina
de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires. JA. 1986 – IV – 582.
ZAVALA DE GONZALEZ, Matilde.
La noción de actividades riesgosas. J.A. 1988 – I – 901.
Responsabilidad por riesgo. Hammurabi, Buenos Aires, 1987.
BUERES, Alberto J., Responsabilidad contractual objetiva, en J. A. 1989-H-
964.
VÁZQUEZ FERREYRA, Roberto A., La responsabilidad contractual objetiva,
en L. L. I988-B-998;
ZAVALA DE GONZÁLEZ, Matilde, Responsabilidad por riesgo. Hammurabi,
Buenos Aires, 1987, p. 232.
GALDÓS, Jorge M. y BIONDA, Rodrigo E., La fisonomía de la culpa en los
albores del tercer milenio y desde la óptica de la Suprema Corte, en Revista de

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