Universidad Nacional de Córdoba
Facultad de Derecho
Plan de Estudios de la Carrera de Abogacía
Resolución H.C.D. 207/99
Programa Analítico de DERECHO
ADMINISTRATIVO
Cátedra “A
Profe. Titular Cát. “A”: Dr. Domingo Sesin
1
Fundamentación
Como es sabido, en el proceso de enseñanza superior, el programa de una asignatura debe
favorecer tanto el desarrollo de los conocimientos como las habilidades y capacidades que le permitan
al estudiante, una vez egresado, desarrollar las competencias adquiridas en el ámbito profesional.
De allí que como todo proceso formativo, según un enfoque metodológico y el perfil buscado
en el egresado, el Programa propuesto debe guardar coherencia con el Plan de Estudio establecido por
la Unidad Académica y los propósitos institucionales de la Universidad Nacional de Córdoba.
Con esa proyección, esta Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba tiene un
plan de estudios -aprobado por Resolución Número 207/99- para la carrera de Abogacía, que dividió la
asignatura Derecho Administrativo en dos, la primera Derecho Administrativo, que estudia los aspectos
sustanciales e incorporo una nueva asignatura denominada Derecho Procesal Administrativo cuyo
objeto de estudio lo componen el procedimiento administrativo general y especiales, y el proceso
judicial en lo contencioso administrativo tanto Provincial como en la ámbito federal.
A partir de allí, Derecho administrativo es una asignatura lectiva y práctica del área de
formación especial de la rama del Derecho Público, que pretende introducir y desarrollar
conocimientos sobre las funciones esenciales estatales y el ejercicio de las actividades administrativas
del Estado en el marco de una relación jurídico-administrativa, que les permite a los estudiantes
reconocer e identificar el contenido de esas acciones, sus condiciones, ámbitos y efectos a partir de
compartir experiencias prácticas y examinar las herramientas jurídicas y legales existentes y necesarias
para llevar adelante la función estatal y la defensa de los derechos e intereses de los particulares y de
la Administración Pública en un Estado Social de Derecho.
Desde la perspectiva del modelo jurídico-didáctico multidimensional (Fernando Martínez Paz),
se propone realizar un estudio actualizado de las transformaciones habidas en el Derecho en general y
en el Derecho Administrativo en particular, incorporando aspectos antropológicos, culturales, sociales
y políticos. De manera progresiva y a fin de actualizar los contenidos curriculares, se ha incorporado en
el análisis, las tendencias de incorporar materias o tópicos que innovan el contenido administrativo sin
perder de vista la especificidad de su tratamiento, así como las nuevas disposiciones legales que
incluyen nuevas temáticas (vgr. contratación pública/privada; textos internacionales y nacionales sobre
el ejercicio ético de la función pública y la lucha en contra de la corrupción, la responsabilidad estatal,
entre otros temas).
Se pretende que se estudien nociones generales, básicas y necesarias para que el estudiante
logre comprender el funcionamiento de las estructuras estatales, la protección jurídica del
administrado y las instituciones básicas del derecho administrativo, provocando un estudio analítico y
crítico de la realidad actual del derecho administrativo, a fin de poder generar ideas innovadoras e
interés particular en la búsqueda de nuevas alternativas de soluciones concretas.
Para la planificación se ha considerado el programa vigente de la asignatura, el nuevo programa
de la Catedra “B” de esta asignatura y se han realizado modificaciones, adecuaciones y actualizaciones
que se estiman convenientes y oportunas atento al estado de la disciplina en la actualidad.
Se incluye bibliografía obligatoria y básica para el estudio de la asignatura, así como también la
jurisprudencia relevante de los tribunales de máxima jerarquía.
Universidad Nacional de Córdoba
Facultad de Derecho
Plan de Estudios de la Carrera de Abogacía
Resolución H.C.D. 207/99
Programa Analítico de DERECHO
ADMINISTRATIVO
Cátedra “A
Profe. Titular Cát. “A”: Dr. Domingo Sesin
2
Con respecto a la legislación se considera que ella es actualizada con el dictado del contenido
de cada una de las unidades del programa por lo que no se considera innecesario hacer mención
específica a ellas, sin perjuicio del deber de conocimiento y estudio por parte de los estudiantes. Es
que, no se puede negar la tarea de actualización del programa que implica incluir durante el desarrollo
de los contenidos curriculares las modificaciones legislativas más recientes y los últimos criterios
judiciales.
Por último, en cuanto al desarrollo actitudinal de los alumnos, se estimula la participación
espontánea no sólo como necesidad de su participación en clase sino como actitud futura de
protagonismo en la vida social, sea como ciudadano o como profesional del derecho.
Se espera también que durante todo el desarrollo de la asignatura logren ser capaces de
interrelacionar los contenidos, pues como se sabe la técnica de división en temas y/o lecciones se
efectúa meramente por razones de orden temporal, necesidades de estructuración y mejor
organización de actividades.
Objetivos
I. Objetivos Generales
Se promueve que el estudiante que obtenga el título de Abogado, sea un profesional del
derecho idóneo en la realidad social y se encuentre plenamente capacitado para desempeñarse en las
distintas esferas de actuación.
De allí que, el objetivo marco primordial es analizar, comprender y aplicar las nociones
generales del derecho administrativo, sin pretender formar un experto en la materia, ya que la
amplitud con que se han elegido los ejes centrales tienen la finalidad de acercarle un panorama global
que le permita aplicar las herramientas jurídicas aprendidas para desenvolverse con mayor habilidad
técnica en la profesión.
En la actualidad, creemos que se deben formar nuevos profesionales de derecho, donde la
conciencia, la responsabilidad social y el compromiso institucional impliquen un cambio en el
pensamiento humano al asumirse como parte de ese todo común. Es preciso generar un interés por
estos planteos para que se puedan revalorizar las instituciones clásicas del derecho administrativo y los
objetivos específicos de la disciplina.
Se tiene que poder desarrollar en los alumnos su capacidad para identificar problemáticas
concretas y reales, y para involucrarse en la búsqueda de soluciones posibles y justas. Por esto, se
busca generar actitudes y aptitudes, más allá de proporcionarle una formación conceptual y de
práctica jurídica.
En la sociedad moderna, es fundamental promover y fortalecer en los estudiantes las conductas
participativas y solidarias, forjando un comportamiento correcto profesional y ético.
Asimismo, teniendo en cuenta las funciones básicas reconocidas a las Instituciones
Universitarias por la Ley de Educación Superior (Ley 24.525), los objetivos generales de la materia son:
Reconocer la importancia de la asignatura dentro del Derecho en general y el Derecho
Público en particular.
Comprender los fenómenos jurídicos y su vinculación con la actividad del Estado.
Universidad Nacional de Córdoba
Facultad de Derecho
Plan de Estudios de la Carrera de Abogacía
Resolución H.C.D. 207/99
Programa Analítico de DERECHO
ADMINISTRATIVO
Cátedra “A
Profe. Titular Cát. “A”: Dr. Domingo Sesin
3
Adquirir un conocimiento teórico y práctico de las situaciones y conflictos que se generan
con la actividad administrativa del Estado.
Desarrollar un espíritu crítico y reflexivo.
Lograr la transposición de los conocimientos teóricos a la actividad de la práctica
profesional.
Interpretar el Derecho Administrativo dentro de las nuevas tendencias que se insinúan
tanto en ámbito interno como en derecho comparado y la problemática de la integración.
II. Objetivos Específicos
La tendencia de modernización estatal en pos de alcanzar estructuras más racionales,
dinámicas y eficaces, acordes a las exigencias de los nuevos tiempos obligan al jurista que forma parte
del engranaje administrativo a desempeñar un nuevo rol como asesor o funcionario del Estado.
Asimismo, el profesional defensor en particular, aún desde la esfera jusprivatista no debe
permanecer al margen de este proceso de cambios puesto que también le incumbe, ser un
colaborador de la Administración mediante las múltiples formas de participación que prevén los
nuevos ordenamientos constitucionales y legales.
Con este objetivo se introducen en el programa ciertos contenidos básicos a fin de que el
alumno se capacite, para su futura vida profesional, a desarrollar con idoneidad las diferentes
actividades a las que puede acceder.
Es por todo ello que, teniendo en cuenta el programa previsto, se formulan los siguientes
objetivos específicos:
a. Lograr una formación integral a fin de poder diferenciar el ejercicio de la función
administrativa de las distintas funciones del Estado, para poder abordar y comprender
específicamente su ejercicio en los distintos modos de actuación estatal.
b. Definir el contenido y reconocer los caracteres disciplinares del Derecho Administrativo
a partir de considerar los criterios de diferenciación y sus bases históricas, a fin de poder establecer las
relaciones existentes entre ella y otras disciplinas -vgr. economía, ciencias de la Administración,
constitucional, tributario, público, civil, etc.-
c. Conocer y diferenciar las fuentes del ordenamiento jurídico administrativo argentino a
partir del análisis e interpretación del esquema de jerarquía normativa legal, constitucional y
convencional.
d. Analizar la actividad administrativa normativa y estudiar el régimen jurídico de los
reglamentos según el esquema constitucional y legal.
e. Asimilar la comprensión general de la estructura de la organización administrativa,
reconociendo cada uno de sus órganos y las relaciones entre los mismos, sus principios organizativos y
los efectos y consecuencias de sus relaciones orgánicas.
f. Estudiar el régimen jurídico aplicable a las personas jurídicas públicas y las diferentes
funciones que cumplen los entes públicos y reguladores de las actividades delegadas según el sistema
constitucional y legal vigente.
g. Capacitar para identificar y estudiar las distintas posiciones jurídicas subjetivas activas
de los ciudadanos en la relación jurídica con la Administración Pública, sus contenidos y alcances para
Universidad Nacional de Córdoba
Facultad de Derecho
Plan de Estudios de la Carrera de Abogacía
Resolución H.C.D. 207/99
Programa Analítico de DERECHO
ADMINISTRATIVO
Cátedra “A
Profe. Titular Cát. “A”: Dr. Domingo Sesin
4
poder asegurar la protección de los derechos individuales, colectivos y homogéneos e intereses
mediante el reconocimiento de los distintos medios o instrumentos de protección jurídica tanto en la
sede administrativa como en la judicial.
h. Comprender los alcances legales y jurídicos de las situaciones jurídicas pasivas como son
las sujeciones, deberes públicos y obligaciones administrativas.
i. Incorporar el conocimiento del sentido y alcances de los diferentes modos de actuación
de la Administración Pública con o sin efectos jurídicos, y diferenciarlos de la simple actividad material
o hechos administrativos y sus consecuencias prácticas.
j. Determinar las distintas formas de manifestación de la actividad administrativa y los
tipos de actos administrativos, como así también su régimen general de modificación y extinción.
k. Definir conceptualmente el acto administrativo identificando sus elementos de validez y
vicios, caracteres y sus consecuencias en cuanto al régimen legal de nulidades nacional y provincial
según la interpretación legal y jurisprudencial.
l. Dominar conceptualmente la actividad administrativa de prestación del Estado con
especial referencia a los Servicios Públicos y las actividades reguladas de interés general y, analizar sus
caracteres, condiciones legales y jurídicas, para poder diferenciarla comprensivamente de la actividad
de fomento estatal.
m. Promover la comprensión de la finalidad y el funcionamiento de los distintos
instrumentos de la Contratación Pública así como entender el proceso de formación y su ejecución
según el régimen legal aplicable -nacional y provincial-, teniendo en cuenta las nuevas modalidades de
gestión y los mecanismos electrónicos.
n. Estimular el conocimiento y estudio de las regulaciones normativas de los distintos tipos
de contratos públicos específicos (obra pública, concesión, suministro, entre otros) generales y
específicas, tanto nacionales como provinciales.
o. Reconocer los nuevos instrumentos consensuales innovativos de los sistemas tradiciones
de contratación pública, teniendo en cuenta los las técnicas de financiamiento, la participación privada
en la gestión de nuevas relaciones públicas/privadas contractuales, para poder comprender su
funcionamiento, utilidad y finalidad.
p. Analizar los tópicos que, en la actualidad integran el contrato de la función pública a la
luz de los textos constitucionales y legales y siguiendo los criterios judiciales regentes en la temática.
q. Conocer las bases del actual régimen jurídico de la responsabilidad estatal, estudiando
los distintos supuestos que la generan para lograr identificar los elementos atributivos de cada uno de
ellos, según el tipo de actividad estatal o funcional involucrada, sus efectos y alcances resarcitorios
desde la interpretación legal y jurisprudencial de la temática.
r. Estudiar el régimen de bienes públicos y privados del Estado para poder comprender la
finalidad y utilidad de la dominicalidad pública y el sistema de uso de los bienes públicos.
s. Diferenciar el régimen legal de limitaciones al dominio privado de los particulares, a
través del análisis de sus elementos constitutivos y de las distintas figuras reguladas en la ley.
t. Definir el Poder de Policía del Estado, su fundamento y límites constitucionales y
establecer sus materias, contenidos y las distintas jurisdicciones (nacional, provincial y municipal) con
competencia para su ejercicio, para poder distinguirlo del ejercicio de la actividad estatal derivado de
la policía administrativa.
Universidad Nacional de Córdoba
Facultad de Derecho
Plan de Estudios de la Carrera de Abogacía
Resolución H.C.D. 207/99
Programa Analítico de DERECHO
ADMINISTRATIVO
Cátedra “A
Profe. Titular Cát. “A”: Dr. Domingo Sesin
5
u. Establecer el fundamento y la finalidad de la actividad de fomento del Estado y
reconocer los distintos medios por los que se canaliza.
Contenidos
La problemática de estudio requiere abordar diversos aspectos vinculados a las siguientes
temáticas:
1- Sujeción de la Administración al orden jurídico
La superación del principio de legalidad por el de juridicidad, sujetando la actividad administrativa no
sólo a la ley sino también al derecho, como lo receptan las modernas constituciones extranjeras (Ley
Fundamental de Bonn, Italia, España) ha sido expresamente condensado tanto en las constituciones
provinciales recientes como en la Constitución Nacional, por lo que resulta necesario su tratamiento
atento las importantes implicancias prácticas que ello comporta.
2- Juridicidad del acto y control de Juridicidad
El control judicial de “legalidad” o “legitimidad” de la actividad administrativa debe ser sustituido por
el control de “juridicidad”. No se trata sólo de un mero prurito formal, sino que las consecuencias
jurídicas son también diferentes. La estrategia o metodología judicial no debe construir su silogismo
lógico jurídico en base sólo a la ley sino revisar el acto administrativo con un criterio amplio de
adecuación a la unicidad del ordenamiento. Para ello es fundamental identificar las distintas formas de
exteriorización de la actividad de la Administración para distinguirlas de aquellas que carecen de
trascendencia jurídica, con relación a la situación de los particulares.
3- Discrecionalidad dentro del orden jurídico
La doctrina argentina sobre la discrecionalidad ha tenido una gran evolución. Por de pronto hay un
parcial abandono de la tesis de la irrevisibilidad judicial de los actos provenientes de facultades
discrecionales, ampliando el alcance de la revisión que efectúan los jueces.
Cuando los órganos administrativos se apartan del círculo o bloque de discrecionalidad e incurren en el
vicio de irrazonabilidad o arbitrariedad los tribunales judiciales deberán fiscalizar la actividad
administrativa.
4- El Derecho Administrativo en el orden constitucional y convencional
Otro de los aspectos interesantes a considerar es el fenómeno de la integración y su impacto en el
derecho administrativo para comprender el dinamismo y nuevos ámbitos de aplicación del derecho
administrativo a partir del reconocimiento de nuevas fuentes jurídicas normativas.
5- Convergencia entre el derecho público y el derecho privado
En Europa no sorprende concebir una “función administrativa privatizada” o una “actividad
administrativa de derecho privado”. Ello se pone en evidencia a través de los modernos instrumentos
consensuales que se utilizan, tales como: las convenciones, los consorcios, las uniones organizacionales
y los acuerdos programas. A su turno, el contenido del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación fue
receptor de estas modernas tendencias asumiendo que el derecho privado debe conciliarse desde una
perspectiva constitucional y pública de los derechos de los ciudadanos.
Universidad Nacional de Córdoba
Facultad de Derecho
Plan de Estudios de la Carrera de Abogacía
Resolución H.C.D. 207/99
Programa Analítico de DERECHO
ADMINISTRATIVO
Cátedra “A
Profe. Titular Cát. “A”: Dr. Domingo Sesin
6
6- Reordenamiento administrativo
Desde hace años somos testigos de un profundo proceso que busca rediseñar el rol de la
Administración Pública en sus relaciones institucionales con los otros poderes y con los administrados.
Esto no solo implicó la liberalización de competencias hacia los particulares, sino el necesario
perfeccionamiento de las unidades orgánicas existentes y el fortalecimiento del control que
inexcusablemente debe seguir ejerciendo el poder administrador con relación a lo delegado en
aquellas áreas esenciales para la consecución del interés público.
Esta temática comprende la reestructuración de los órganos a fin de evitar la superposición de
funciones y reducir el sobredimensionamiento estatal, la supresión de los entes públicos inútiles, la
revisión de los procedimientos contractuales tradicionales incorporando nuevo instrumentos de
contratación, la actualización de las técnicas de administración, la reducción de los costos ocultos, el
control de los tiempos de la administración, la revisión de los organigramas y reglamentos de servicios,
la deslegalización y desreglamentación.
7- Organizaciones administrativas y transferencia de funciones
Se incorporan las nuevas modalidades a utilizar para descentralizar o desconcentrar funciones o
servicios en el marco de los diversos entes públicos estatales y no estatales, corporaciones intermedias
y particulares. Se analiza la creciente importancia de los entes locales como las experiencias y
antecedentes existentes. Descentralización Provincial. Obras y Servicios públicos a cargo de las
comunas.
8- Servicios Públicos y actividades reguladas por el Estado
El concepto de servicio público fue objeto de trascendentes debates doctrinarios durante muchos
años. En la actualidad, ateniéndonos a una concepción objetiva que se basa en la naturaleza material
de la actividad, se circunscribe a una actividad de prestación del Estado, quien puede, a su vez,
encomendar, conceder o atribuir el ejercicio de los correspondientes cometidos a los particulares, ya
fuera a través de la figura de la concesión o por otros medios jurídicos como la gestión concertada, la
licencia, el permiso, etc.
Hay otras actividades no calificadas como tales que son prestadas por los particulares y están regidas
por un régimen que es el común de la función administrativa, instituido para asegurar la continuidad,
igualdad, regularidad y obligatoriedad de las prestaciones en tanto están destinadas a satisfacer
primordiales necesidades públicas. Resulta relevante identificar los roles y regímenes jurídicos
distintos.
También cabe analizar las relaciones jurídicas que vinculan al poder concedente (Estado) con el
concesionario de servicios públicos, o al concesionario con terceros, con los entes de control y por fin
con los usuarios, por cuanto van gestando diferentes formas de responsabilidad. Es importante
determinar y analizar la naturaleza jurídica del vínculo que une al concesionario con el usuario.
9- Situaciones jurídicas subjetivas
Se intenta reflexionar sobre la constante tensión que contrapone al interés público, el particular
interés de los administrados afectados por la actividad administrativa, exponiendo los
Universidad Nacional de Córdoba
Facultad de Derecho
Plan de Estudios de la Carrera de Abogacía
Resolución H.C.D. 207/99
Programa Analítico de DERECHO
ADMINISTRATIVO
Cátedra “A
Profe. Titular Cát. “A”: Dr. Domingo Sesin
7
condicionamientos exigidos por la interpretación jurisprudencial de las normas adjetivas que
disciplinan el desarrollo del procedimiento administrativo y el acceso del administrado a la instancia de
revisión jurisdiccional.
Identificada la relación jurídica administrativa entre el particular y la Administración Pública, no solo se
trata de estudiar la teoría general de las distinciones tradicionales de las situaciones jurídicas
subjetivas sino de interpretar el sentido y alcance a la luz de los nuevos paradigmas constitucionales y
convencionales.
El renovado interés jurídico generado por la Reforma constitucional de 1994 al instituir con jerarquía
constitucional los derechos difusos y de incidencia colectiva, conlleva comprender los nuevos alcances
legales y jurídicos de las situaciones jurídicas activas.
Asimismo, sabido es que al ciudadano no solo le asisten derechos, sino también que tiene deberes
públicos y obligaciones administrativas, algunas veces establecidos en la Constitución (art. 21 CN o art.
38 inc. 4 CP) y otras surgen de las leyes, como es el deber de pagar los impuestos, tasas y
contribuciones, no contaminación de las aguas ni del ambiente en general. Todos ellos establecidos a
fin de salvaguardar la satisfacción del interés público comprometido en toda actuación estatal.
10- La actividad de la Administración
Toda la actividad de la Administración está subordinada al orden jurídico, por lo que el objetivo de
análisis no es definir únicamente al acto administrativo, tomándolo como la manifestación típica de la
voluntad de la Administración sino sistematizar toda la actividad administrativa interpretándola como
una acción esencialmente dinámica, continua y permanente.
La actividad estatal es muy amplia y compleja, por lo que los órganos que ejercen la administración
activa, decisoria de la Administración, muchas veces necesitan -en forma previa- de la colaboración de
otros órganos de consulta técnica y profesional que pueden pertenecer o no a la estructura
administrativa.
Resta la función de control como ejercicio de función administrativa, es decir, el control realizado
interna o externamente por los órganos públicos de la Administración respecto de la actuación de
otros órganos. Esta función de control -que puede ser preventiva o anticipada, concomitante y
represiva o posterior- se impone como un “deber” irrenunciable e intransferible para asegurar la
legalidad de la actividad estatal.
Se trata de idear un estudio sistematizado del total de actividades realizadas por la Administración
Pública en la medida que son regidas por el derecho administrativo y que producen efectos respecto
de los intereses de los ciudadanos particulares.
11- Contratos administrativos
Se propicia el estudio de las modernas tendencias a materia de contrataciones de bienes, obras y
servicios del Estado en general, teniendo en cuenta la finalidad y el funcionamiento de los distintos
instrumentos de la Contratación Pública así como entender el proceso de formación y su ejecución
según el régimen legal aplicable -nacional y provincial- y las nuevas modalidades de gestión y
mecanismos electrónicos.
Se incluyen y actualizan el contenido normativo y conceptual de los distintos tipos de contratos
públicos específicos (obra pública, concesión, suministro, fideicomiso público, entre otros) generales y
Universidad Nacional de Córdoba
Facultad de Derecho
Plan de Estudios de la Carrera de Abogacía
Resolución H.C.D. 207/99
Programa Analítico de DERECHO
ADMINISTRATIVO
Cátedra “A
Profe. Titular Cát. “A”: Dr. Domingo Sesin
8
específicas y se incorporan los nuevos instrumentos consensuales entre lo público y lo privado que
innovan en los sistemas tradiciones de contratación pública, a fin de comprender tanto sus técnicas de
financiamiento como la participación privada en la gestión de nuevas relaciones públicas/privadas
contractuales, su funcionamiento, utilidad y finalidad.
12- Tendencias en el régimen de empleo público
Las últimas tendencias en esta materia son:
a) Contrataciones Colectivas que se convierten en el eje central donde se define el status jurídico y
económico de personal del sector público.
b) Aplicación de las normas del derecho laboral en algunos aspectos de la relación de empleo público.
c) Incorporación de los avances de la empresa privada impulsando la “estrategia de la eficiencia”.
d) Evaluación metódica ante los resultados obtenidos y la totalidad de los objetivos fijados. Se
incentiva la eficiencia burocrática mediante el control de productividad de sus agentes.
e) Afianzamiento de la estabilidad de los agentes públicos.
f) Flexibilidad y movilidad del personal como rasgo dominante.
h) Responsabilidad de los funcionarios públicos.
13- Responsabilidad del Estado
La división de la responsabilidad del Estado en dos especies: contractual y extracontractual, puede
formularse también en el derecho administrativo, aunque sobre bases diferentes a las del derecho
civil.
Es así, que se distinguen dos clases de responsabilidad extracontractual en atención a la actividad
desplegada por el Estado: la derivada de su actuar ilegítimo y la que surge de su actuar legítimo. Para
ello, se deben considerar sus elementos y presupuestos mínimos de atribución y consecuencias
jurídicas.
Con esa proyección, se estudian los requisitos de procedencia y efectos derivados de la actuación
estatal, sea administrativa, legislativa o jurisdiccional, también la responsabilidad por omisión del
Estado.
14- La cuestión ambiental: recursos naturales y patrimonio histórico cultural.
El problema de la utilización y renovación de los recursos naturales, los disposición de residuos
peligrosos, la evacuación de líquidos residuales, su fiscalización, el ejercicio del poder de policía, los
organismos de control, el cometido de la jurisdicción nacional y provincial, la interrelación entre los
municipios, los convenios de mercado común ambiental, son entre otros, los principales aspectos que
deben ser abordados en nuestra materia atento su trascendencia en la vida de los pueblos, su
prevención, regulación y control desde la perspectiva de nuestra especialidad.
Es fundamental que se comprenda el desafío que implica lograr acciones concretas por parte del
Estado y de los particulares para la protección legal y jurídica de los recursos naturales y el patrimonio
histórico y cultural. Su revalorización como la regulación jurídica y la legitimación activa, resultan
fundamentales para la defensa de los bienes culturales del Estado.
15- Mecanismos o sistemas de control público
Universidad Nacional de Córdoba
Facultad de Derecho
Plan de Estudios de la Carrera de Abogacía
Resolución H.C.D. 207/99
Programa Analítico de DERECHO
ADMINISTRATIVO
Cátedra “A
Profe. Titular Cát. “A”: Dr. Domingo Sesin
9
La función de control como ejercicio de función administrativa, es decir, el control realizado
internamente por los órganos públicos de la Administración respecto de la actuación de otros órganos.
Todo órgano de la administración, superior o inferior, ejerce poderes y competencias de revisión sobre
sus actos administrativos, cuya fiscalización puede hacerse de oficio o a pedido de parte para que
proceda la revocación y modificación de los actos con las reparaciones indemnizatorias que
correspondan.
Esta función de control -que puede ser preventiva o anticipada, concomitante y represiva o posterior-
se impone como un “deber” irrenunciable e intransferible para asegurar la legalidad de la actividad
estatal. Para ello se deben reconocer las vías y remedios procesales para hacer efectivo ese control.
Es relevante conocer los sistemas constitucionales y legales de control del sector público nacional y
provincial para poder identificar los distintos mecanismos de control y analizar los distintos supuestos
y argumentaciones de responsabilidad de los funcionarios y agentes del Estado.
16- El régimen de bienes del Estado
El régimen jurídico de los bienes del Estado impone diferenciar, jurídica y legalmente los bienes que
integran el dominio público del privado del Estado.
Se pretende identificar los bienes que integran el dominio público estatal, y a partir de la
interpretación del régimen legal, analizar las formas de creación, modificación y extinción.
Los bienes que integran el dominio público están destinados al uso del público en general que puede
ser directo o indirecto, pero además se pueden distinguir distintas formas de uso de estos bienes
públicos: uso común o general y uso especial o diferenciado. Cada uno de ellos, en un marco de
ejercicio de atribuciones diferenciadas por parte de la Administración Pública y de derechos por parte
de los particulares titulares de ese uso.
17- Limitaciones al ejercicio del dominio privado de los particulares
Un capítulo diverso, merece el estudio de las limitaciones administrativas al ejercicio del derecho de
propiedad de los ciudadanos, ya que el derecho de propiedad privada encuentra sus límites naturales
por una parte en el mismo derecho de los demás propietarios (vecinos) y por otra parte en el interés
público. Tal circunstancia habilita que tanto el derecho civil como el derecho administrativo contengan
disposiciones que limitan el ejercicio del ese derecho.
A través del análisis de los elementos constitutivos de las limitaciones reglamentarias surgen las
distintas figuras reguladas en sistema legal argentino (vgr. meras restricciones administrativas,
servidumbres, expropiación, ocupación temporaria, requisa, etc.).
Adquiere notable actualidad el estudio del derecho de urbanismo que implica la debida participación
del Estado mediante acciones inductivas reguladoras y directas, de competencia nacional, provincial y
municipal.
En esa línea de aprendizaje, se deben poder identificar los presupuestos que habilitan y condicionan la
validez de cada una de estas figuras, sus elementos y caracteres legales.
18.- Poder de policía del Estado y actividades de Fomento
El Poder de policía del Estado como atribución normativa general abstracta, impersonal y objetiva
tiene la finalidad de regular las limitaciones a los derechos individuales a través de la reglamentación
Universidad Nacional de Córdoba
Facultad de Derecho
Plan de Estudios de la Carrera de Abogacía
Resolución H.C.D. 207/99
Programa Analítico de DERECHO
ADMINISTRATIVO
Cátedra “A
Profe. Titular Cát. “A”: Dr. Domingo Sesin
10
de su ejercicio, en razón del interés público. Se trata de que todo derecho o libertad importe,
recíprocamente, la existencia de un deber, carga o limitación que esta expresa y legalmente regulado.
La reglamentación tiene por objeto la promoción del bienestar general, regulando a ese fin los
derechos individuales, reconocidos implícita y expresamente por la Constitución Nacional.
Por otra parte, se busca identificar el ejercicio de la actividad estatal derivado de la policía
administrativa, a fin de lograr conocer, describir y exponer los criterios y las diversas formas de
limitación de los derechos individuales por razones de interés público.
Finalmente, la actividad interventora estatal se ejerce a través de distintos medios autorizados. Resulta
necesaria y favorable al desarrollo de los intereses de los particulares y el ejercicio de sus derechos
constitucionales. En esta línea de estudio, la actividad de fomento, conceptual y jurídicamente es un
mecanismo acorde a tal finalidad y se enmarca en una concepción delimitada por las políticas públicas
del Estado, en razón de lo cual se debe estudiar los elementos, condiciones actuales y naturaleza de la
relación jurídica de fomento.
PROGRAMA DE LA MATERIA
Unidad I: Las distintas funciones del Estado.
1. Función Legislativa, Jurisdiccional, Administrativa. Conceptos.
2. Función Administrativa: órganos y sujetos que la ejercen y modos de exteriorización.
2.1. La función administrativa en la Constitución Nacional, Constitución Provincial y Regímenes
Municipales.
3. Función Legislativa. Régimen jurídico y distinción con la función normativa de la Administración.
4. Función Judicial. Régimen jurídico. Función jurisdiccional administrativa. Tribunales Administrativos
y revisión judicial.
5. Función Administrativa del Poder Judicial y revisión posterior.
6. Función Política. Régimen constitucional y administrativo. Actividad reglada y discrecional de la
Administración.
Unidad II: Derecho Administrativo y relaciones con otras disciplinas.
1. Derecho Administrativo: Concepto y Caracteres. Diferentes criterios.
2. El Derecho Administrativo en el marco del Estado Constitucional y Social de Derecho. Visión actual.
3. El Derecho Administrativo de la integración y global.
4. La armonización del Código Civil y Comercial de la Nación con el derecho público argentino.
5. Relaciones del Derecho Administrativo con otras disciplinas.
6. Fuentes del Derecho Administrativo.
7. El Derecho Administrativo en la juridicidad del orden constitucional y convencional.
Unidad III: Potestad reglamentaria
1. Reglamentos. Régimen Jurídico. Titularidad y fundamento constitucional de la potestad
reglamentaria.
2. Clases de Reglamentos.
2.1.- Reglamentos de Ejecución. Características. Delegación de la potestad reglamentaria.
Universidad Nacional de Córdoba
Facultad de Derecho
Plan de Estudios de la Carrera de Abogacía
Resolución H.C.D. 207/99
Programa Analítico de DERECHO
ADMINISTRATIVO
Cátedra “A
Profe. Titular Cát. “A”: Dr. Domingo Sesin
11
2.2.- Reglamentos Autónomos. Órgano competente para dictarlos.
2.3.- Reglamentos Delegados. Principio constitucional. Excepciones. Requisitos. Delegaciones
preexistentes. Jurisprudencia anterior y posterior a la reforma constitucional.
2.4.- Reglamentos de Necesidad y Urgencia. Régimen constitucional y legal. Requisitos.
3. La potestad reglamentaria en la Provincia de Córdoba. Régimen jurídico.
Unidad IV: Principios jurídicos de la organización administrativas. Órganos y Sujetos estatales.
1. La personalidad del Estado.
a. Concepto de órgano.
b. Clasificación según la estructura y según la función del órgano.
2. La Competencia: Concepto. Caracteres. Clases. Delegación y avocación. Sustitución. Intervención.
Conflictos de competencia.
3. Jerarquía. Concepto. Consecuencias. La tutela administrativa.
4. Centralización y descentralización administrativa. Caracteres jurídicos definitorios. Tipos de
descentralización.
5. Concentración y desconcentración administrativa.
6. Personas Jurídicas Públicas y Privadas. Criterios de distinción.
7. Personas Jurídicas Públicas Estatales y No estatales.
a. Elementos distintivos.
b. Los Colegios Profesionales
c. El carácter público o privado de los actos que celebran las entidades estatales.
8. Entidades Autárquicas.
a. Diferenciación entre autarquía y autonomía.
b. Elementos
c. Régimen jurídico y legal nacional y provincial.
9. Empresas y Sociedades del Estado. Conceptos. Distinción.
10. Las Agencias.
11. Los Entes Reguladores de los Servicios Públicos. Descripción. Funciones. Régimen jurídico nacional
y provincial.
12. Las relaciones interadministrativas e interorgánicas en la Administración.
Unidad V: Las situaciones jurídicas subjetivas en el derecho administrativo
1. Situación jurídica y relación jurídica administrativa:
a. Los intereses simples.
b. Los intereses legítimos.
c. Los derechos subjetivos: derecho subjetivo pleno y derechos debilitados o condicionados.
d. Los derechos de incidencia colectiva en la Constitución Nacional y Provincial.
2. Distintos medios de tutela jurídica para cada uno de los intereses protegidos.
3. Potestades y deberes públicos.
4. La protección jurídica del acceso a la Información Pública.
Unidad VI: La actividad de la Administración pública
Universidad Nacional de Córdoba
Facultad de Derecho
Plan de Estudios de la Carrera de Abogacía
Resolución H.C.D. 207/99
Programa Analítico de DERECHO
ADMINISTRATIVO
Cátedra “A
Profe. Titular Cát. “A”: Dr. Domingo Sesin
12
1. Actividad activa, consultiva y de control de la Administración Pública.
2. El hecho administrativo y los hechos de la Administración. Significado de la distinción
3. Actividad preparatoria de la Administración:
a. Actos de la Administración.
b. Dictámenes. Concepto. Clases y efectos. Régimen legal.
c. Informes y proyectos. Conceptos.
4. Administración activa en general: Acto Administrativo. Reglamentos. Contratos. Conceptos.
5. Actividad administrativa de control. Importancia.
a. Administración financiera del sector público nacional y provincial. Régimen legal.
b. Sistemas de control del sector público interno y externo en la Nación y en la Provincia.
c. Corrupción y Ética Pública en la Argentina.
Unidad VII: El acto administrativo
1. El acto administrativo: Concepto.
2. Estructura del acto administrativo:
a. Elementos esenciales.
b. Elementos accidentales.
3. Clasificación de los tipos de acto administrativo.
4. Validez y eficacia. Distinción y alcances.
5. Caracteres del acto administrativo: presunción de ilegitimidad, ejecutoriedad y ejecutividad.
6. Los vicios del acto administrativo. Actos nulos y anulables: sus distintas consecuencias. Régimen
legal nacional y provincial.
7. Potestad revocatoria de oficio de la Administración:
a. Competencia, alcance y límites de la potestad.
b. Razones de ilegitimidad.
c. Razones de oportunidad, mérito y conveniencia: la revocación, sustitución y reforma.
d. Régimen legal nacional y provincial aplicable a los distintos supuestos.
8. Estabilidad y anulación judicial del acto administrativo. Régimen legal aplicable.
9. La suspensión de los efectos del acto administrativo.
10. Distintos supuestos de saneamiento y extinción de los actos administrativos.
Unidad VIII: Actividad administrativa de prestación. Los servicios públicos y la concesión de servicios
públicos
1. Concepto y elementos distintivos del Servicio Público. Diferencia con la Función Pública.
2. Estudio de las distintas etapas de la prestación de los servicios públicos en la Argentina y en el
derecho comparado.
3. La titularidad de los Servicios Públicos. La creación, modificación y supresión.
4. Caracteres y clasificación. La huelga y los servicios públicos.
5. Las actividades reguladas de interés general.
6. Régimen y situación jurídica de los bienes afectados al servicio público.
7. La retribución del servicio público. Las tarifas, tasas, canon y precios. Principios. Los sistemas
tarifarios.
Universidad Nacional de Córdoba
Facultad de Derecho
Plan de Estudios de la Carrera de Abogacía
Resolución H.C.D. 207/99
Programa Analítico de DERECHO
ADMINISTRATIVO
Cátedra “A
Profe. Titular Cát. “A”: Dr. Domingo Sesin
13
8. Los Servicios Públicos en la Provincia de Córdoba. Regulación y control.
9. El contrato de Concesión de Servicios Públicos:
a. Concepto
b. Elementos distintivos y caracteres.
c. Ejecución del contrato. Derechos y obligaciones de las partes.
d. Los sujetos de la relación contractual: concedente y concesionario. Situación de los usuarios.
La ley de defensa del consumidor.
e. Responsabilidad de los concesionarios de servicios públicos.
f. Extinción del contrato. El rescate.
Unidad IX: Actividad contractual de la Administración pública
1. Régimen jurídico de la contratación pública en general.
2. Contrato administrativo: concepto.
a. Criterios de distinción.
b. Clasificaciones.
3. Elementos del contrato administrativo: sujeto - objeto - causa - forma - finalidad.
4. Los procedimientos de selección del contratista: Conceptos. Análisis del gimen legal nacional y
provincial.
5. La ejecución de los contratos:
a. Facultades y obligaciones de la autoridad administrativa.
b. Derechos y obligaciones del contratista
6. La ecuación económico financiera del contrato: el principio de riesgo y ventura y los distintos
supuestos que producen una modificación o alteración en la ecuación.
7. La mutabilidad del contrato y el ejercicio del ius variandi de la Administración.
8. Extinción de los contratos administrativos: cumplimiento y resolución.
Unidad X: Los contratos administrativos en particular
1. Contrato de obra pública:
a. Concepto.
b. Elementos: sujeto, objeto y finalidad. Plazo y precio.
c. Sistemas de contratación.
d. El Registro de contratistas.
e. Certificados de obra pública. Tipos.
f. Plan de trabajos y programa de inversión.
g. Fondo de reparos.
h. Suspensión y paralización de los trabajos. Causales de rescisión.
i. Prerrogativas de la Administración.
j. Recepción de la obra. Etapas.
2. Contrato de Concesión de obra pública:
a. Concepto.
b. Elementos distintivos y caracteres.
c. Ejecución del contrato. Derechos y obligaciones de las partes.
Universidad Nacional de Córdoba
Facultad de Derecho
Plan de Estudios de la Carrera de Abogacía
Resolución H.C.D. 207/99
Programa Analítico de DERECHO
ADMINISTRATIVO
Cátedra “A
Profe. Titular Cát. “A”: Dr. Domingo Sesin
14
d. Los sujetos de la relación contractual: concedente y concesionario. Situación de los usuarios.
La ley de defensa del consumidor.
e. Responsabilidad de los concesionarios de obras públicas.
f. Extinción del contrato.
3. Contrato de suministro:
a. Concepto.
b. Caracteres distintivos.
c. Régimen legal: semejanzas y diferencias con el contrato de obra pública y el de compraventa
del derecho privado.
d. Ejecución. Derechos y obligaciones de las partes.
e. Conclusión del contrato.
Unidad XI: Instrumentos consensuales entre lo público y lo privado
1. La financiación privada en los contratos públicos.
2. La financiación de Proyectos Integrales. Régimen del Concurso de proyectos integrales y de la
iniciativa privada.
3. El Leasing público.
4. La Asociación pública privada
5. El Fideicomiso público
6. El Contrato de Consultoría
7. La Participación Pública Privada. Régimen legal.
8. Otras modalidades en el derecho comparado.
Unidad XII: Contrato de función o empleo público
1. Contrato de Función o Empleo Público:
a. Concepto. Naturaleza jurídica del vínculo.
2. Sistemas de ingreso a la Función Pública: requisitos e impedimentos.
3. Distintas categorías de agentes: el personal permanente y no permanente de la Administración
Pública.
4. La estabilidad. Fundamento constitucional. La situación del personal contratado y de los regidos por
Convenios Colectivos de Trabajo.
5. Derechos y deberes del agente.
6. Formas de extinción del contrato.
7. La responsabilidad de los agentes y funcionarios públicos. Elementos distintivos.
8. La Ética Pública. Régimen legal.
Unidad XIII: La responsabilidad del Estado
1. La responsabilidad contractual y extracontractual del Estado: diferencias y procedencia de ambas
responsabilidades.
2. Responsabilidad extracontractual del Estado por actividad ilegítima y legítima: condiciones de
procedencia en ambos supuestos.
Universidad Nacional de Córdoba
Facultad de Derecho
Plan de Estudios de la Carrera de Abogacía
Resolución H.C.D. 207/99
Programa Analítico de DERECHO
ADMINISTRATIVO
Cátedra “A
Profe. Titular Cát. “A”: Dr. Domingo Sesin
15
3. Responsabilidad del Estado por actividad administrativa: la Falta de servicio. El riesgo y los vicios de
la cosa.
4. Responsabilidad del Estado por actividad legislativa, por error judicial y por omisión: Conceptos.
Análisis de los distintos casos.
5. Los parámetros de la indemnización y la prescripción.
Unidad XIV: El Dominio Público y Privado del Estado.
1. Conceptos. Distinción.
2. Elementos del dominio Público: Sujetos. Objeto. Finalidad.
3. Caracteres jurídicos y clasificación del dominio público.
4. Bienes que integran el dominio público.
5. Diferentes modos de adquisición y de transferencia. Afectación y desafectación. Efectos.
6. El uso de los bienes de dominio público:
a. El uso común y los usos diferenciales.
b. Distintas formas y condiciones de uso especial.
7. Extinción de la dominicalidad pública.
8. Los recursos naturales y el patrimonio histórico y cultural del Estado.
Unidad XV: Limitaciones administrativas a la propiedad privada de los particulares.
1. Concepto y características distintivas de las limitaciones administrativas.
2. La mera restricción administrativa:
a. Concepto y caracteres jurídicos.
b. Urbanismo: participación del Estado mediante las acciones inductivas reguladoras y directas.
Competencia nacional, provincial y municipal.
3. Servidumbres administrativas:
a. Concepto y caracteres jurídicos.
b. Diferencia con las servidumbres privadas.
c. Modos de constitución y extinción.
d. Régimen legal de las principales servidumbres públicas.
4. Expropiación:
a. Concepto.
b. Fundamento constitucional. El contenido social de la figura.
c. La relación expropiatoria y sus elementos: i. Sujetos; ii. Objeto; iii. Presupuestos
sustanciales, la causa natural y formal; iv. Efectos en relación a la cosa: causa jurídica; v. La
indemnización y sus caracteres.
5. Expropiación irregular. La acción de retrocesión. Abandono de la expropiación. Expropiación
diferida.
6. La ocupación temporaria:
a. Concepto.
b. Caracteres.
c. Clases.
7. La requisición: Concepto y requisitos de procedencia.

Este documento contiene más páginas...

Descargar Completo
DERECHO ADMINISTRATIVO CAT. A.pdf
browser_emoji Estamos procesando este archivo...
browser_emoji Lamentablemente la previsualización de este archivo no está disponible. De todas maneras puedes descargarlo y ver si te es útil.
Descargar
. . . . .