
(Magistrados Menores) Cuestura: (27 años) ”Sin iImperium” Administravan el tesoro
Público /Sustanciaban procesos Capitales.
Edilidad: “Sin Imperium” / Cuidaban lo relacionado con la vida
urbana.
2 Curules Elegidos por los comicios Tribados.
Entre los 27 y 40 años.
➢ Los Plebeyos pudieron ingresar al Cursus Honorum (409 a. C) ocupando el primer escalón de la cuestura.
En este período se agudizó el conflicto Patricio – Plebeyo. Los Plebeyos fueron conquistando derechos.
Magistrados Plebeyos: Los Tribunos de la Plebe:
✓ Cargo elegido por los ciudadanos Plebeyos.
✓ Cargo anual, gratuito, sin Cursus Honorum.
✓ Es un contrapoder, al poder de los Patricios, y cónsules. No
tenían “Imperium”, no podían hacer nada pero sin imperio todo.
✓ En un comienzo eran 2 luego 5 y a 10.
✓ Única Magistratura a la que podían acceder.
✓ Estaban protegidos de cualquier daño físico y quienes lo
mataban se consideraba sacrilegio.
✓ Podían (Derecho al Veto): impedir ordenes, decretos,
decisiones del senado, propuestas de ley, elecciones, hasta
detener toda la maquinaria del estado.
✓ Podían convocar al senado y presentar propuestas.
✓ Su poder solo tenía efecto en los límites de Roma.
(494 a.C)
Plebellos Ricos.
Función: Proteger a la plebe de la Magistratura
de los Patricios