
Entonces, la autoridad de aplicación a nivel internacional es la OMI, que es la policía de aplicación a nivel
internacional y acá a nivel internacional es la prefectura naval argentina. Ellos tienen que estar mirardo
con largavista x ej si nosotros estamos en agua dulce no tropical que es calidad, no se congela, no puedo
estar en esa medición el buque, se tiene que parar al buque hacerse las cuestiones que corresponde, es
decir, para que el buque no circule más en esa situación. Que pasa cuando yo voy en la ruta y veo una
balanza, que pesan de los camiones? Los ejes porque yo puedo tener que mi camión puede cargar 30mil
kilos y yo voy con los 30mil kilos, me paran y me dicen que no puedo circular porque no hay eje en la
carga, no esta alijada ni balanceada.
Los fletes antiguamente eran considerados de la siguiente manera: ustedes contrataban un flete, un
transporte de mercadería y el único derecho que tenías era pagar el flete. Esto era en un principio, como
le explicaba, salimos de la vela, de la madera, empezamos con el hierro, con la propulsión con vapor, alli
era tan importante el tema del traslado de un lugar a otro. Era tan complicado, había el mononopolio,
yo tenia el buque, si vos querias transportar tu mercaderia yo te decia “bueno,voos me tenes que pagar
el buque y no tenes otro derecho mas de que pagarme el flete” si se llegaba sin la mercadería, ya te cobre
el flete, bye. No había donde reclamar. Ahora veremos como se solucionó eso.
En esta situación, supongan que llegaba el dia que tenia que llegar la mercadería y no llegaba la
mercadería, llegaba la mitad averiada o podrida o no llegaba; ¿para demandar que tenia que hacer? Se
tenía que ir a donde compro. Pongale que compro algo de china, le tardo 5 meses en llegar, tenias que ir
a buscar un abogado chino y demandar en la justicia china, entonces no demandabas nada, porque nadie
se iba a ir a china a buscar un demandado y demandar, perdió mercadería, perdió el flete, perdió todo.
Después de la cuestión del azafrán y cae una carga muy importante de azafrán en la Rep Argentina en
el puerto de bs as, se estaba por dar esta situación y se reforma. ¿Cuáles son las 2 teorias en relación a
los contratos? La teoría ejecucionista y la teoría celebracionista. Celebracionista es en el lugar donde se
celebró el contrato pero esa teoría no se puede aplicar en los contratos internacionales ¿Por qué?porque
yo no puedo ir a demandar el contrato a china. La segunda teoría es de ejecución, es donde se va a
ejecutar el contrato, si yo contrate en china, en temas de cuestiones internacionales, argentina reformo
su criterio ya que antes era celebracionista. Se ejecuta el contrato cuando entrego la mercadería.
¿ Donde se entrega la mercadera? Si yo contrate en china pero se debe ejecutar el contrato en el puerto
de Bs As, la jurisdicción de mi competencia será el puerto de Bs As.
Entonces, yo puedo de alguna manera defenderme con mis abogados y voy a demandar aca, y esa ersona
por realizar el negocio va a tener una oficina acá que la represente, algún agente marítimo, que va atener
que intimar, cubrir o indemnizar.
Con razón a esto, empezaron a ver situaciones que empezaron a evitar ese monopolio y las injusticias del
monopolio. Entonces comenzaron hacerse las Conferencias de fletes, se establecia con aquellos que eran
propietarios de buques que flete se iba a aplicar de un lugar A a un lugar B y nadie podía variar ese flete,
porque como había escases de transporte cualquiera cobraba lo que sea. Y como empezaron a aparecer
nuevos empresarios, querían hacer quebrar a las grandes empresas cobrando algo irrisorio pero no
manteniendo los sistemas de seguridad que debían tenerse. Ustedes van a vr que existe una gran
competencia, para que exista una competencia ustedes vana tener que comparar si están todos los
requisitos necesarios porque yo no puedo decir “bueno veni, no hay problema yo te voy a cobrar el 50%
menos del flete –y cuando vos crees que va a legar? – no se –ah pero este me cobra X y me llega en 2
meses la mercadería. Se entiende?. Asi vamos viendo como se fue organizando con la conferencia de
fletes, que era la fijación de los fletes y de los pasajes que se recorria y de que lugar a que lugar, nadie
podría cobrar ni mas ni menos de lo que s efijaba a través de la conferencia de fletes.