
● Causa fuente simulada: La obligación es válida aunque la causa expresada en el
instrumento que la documenta sea simulada, siempre que se funde en otra causa
verdadera, y la simulación sea relativa y lícita.
Causa final
Concepto e importancia en los actos jurídicos
La causa final es la razón de ser del acto jurídico.
Permite establecer los fines
perseguidos
a través del acto, al tiempo que se puede calibrar de forma equilibrada
distintas vicisitudes que pueden operar durante la vida de la relación negocial
y que
proyectan sus efectos inevitablemente al plano de las obligaciones.
Distintas doctrinas
● Doctrina causalista clásica:
la causa final es el fin abstracto, invariable(lo hace
objetivo) e inmediato, idéntico para todo acto jurídico que corresponda a una
misma categoría, que persiguen inexorablemente el o los autores de un acto
jurídico.
● Anticausalismo
: Rechazan el valor práctico de la causa final. Para ellos la noción
de causa final es falsa e inútil.
● Neocausalismo. Distintas vertientes
○ Neocausalismo subjetivista: Papel protagónico, en el plano causal, a los
móviles subjetivos o los motivos determinantes concreto
s, individuales y
variables, cuando ellos son determinantes del acto, estén debidamente
exteriorizados, y en el caso de los negocios bilaterales, sean aceptados
por la otra parte.
○ Neocausalismo objetivista:
La causa es la finalidad económico-social que
el negocio cumple, reconocida por el ordenamiento.
○ Posición dualista o sincrética de la causa: Aglutina los aspectos
objetivos y subjetivos de la causa final.
■ En el aspecto objetivo:
se evidencia el propósito recíproco y
común de ambas partes de obtener el cumplimiento íntegro de las
prestaciones. En este aspecto, al finalidad es objetiva, abstracta y
emerge de cada categoría negocial.
■ En el aspecto subjetivo:
la causa fin se compone de los móviles o
motivos determinantes de la voluntad jurídica, siempre que sean
exteriorizados y aceptados por la otra parte, en los negocios
bilaterales.
○ Pizarro - Vallespinos:
comparten la posición dual de la causa. y
proclaman la importancia enorme de la causa final en los actos jurídicos
tanto genérica como funcionalmente por cuanto:
■ tiene una función caracterizadora del acto o negocio jurídico.
■ El negocio jurídico debe tener una finalidad lícita. La causa final
permite poner un coto a estas situaciones y alcanzar sanciones
adecuadas.
■ Desde el punto de vista social, permite limitar y sancionar a la
voluntad autónoma de las partes cuando sus móviles estén reñidos
con las moral y las buenas costumbres.