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ASPECTOS BÁSICOS DE LA TEORÍA DE LA ARGUMENTACIÓN DE
PERELMAN
YEZID CARRILLO DE LA ROSA
RESUMEN: Las investigaciones de Perelman expuestas en el tratado de la
argumentación representan una ruptura con el pensamiento cartesiano que influyó
decisivamente en el pensamiento moderno. Pues al tener Descartes por falso lo
verosímil, se impuso como criterio de lo racional la evidencia, considerando
racional únicamente el razonamiento more geométrico, ello es, las demostraciones
que partiendo de ideas claras se sustentaran en pruebas apodícticas y condujeran
a conclusiones verdaderas e incuestionables. Perelman, inicialmente se interroga
por la posibilidad de una lógica de los juicios de valor que permitan discutir y
razonar sobre lo preferible. La respuesta a esta cuestión es fundamental pues de
ello depende de que la filosofía práctica, en la que se incluyen, la moral, la política
y el derecho, renuncien o no a su objeto. Sus investigaciones lo llevan a descubrir
que no existe una lógica de los juicios de valor pero que en la antigüedad griega
existió un conjunto de procedimientos y técnicas que tenían como propósito
orientar la forma como se llevaban las discusiones y deliberaciones en el ámbito
de lo práctico y que denominaron retórica. A partir de Aristóteles, Perelman se da
a la tarea de construir una teoría de la argumentación de la cual exponemos a
continuación sus aspectos básicos.
ABSTRACT: The investigations of Perelman outlined in the treaty of the
arguments represent a break with the Cartesian thought that influenced decisively
in Modern Thought. Well have to fake it by Descartes credible, was imposed as a
test of the rational evidence, considering only rational reasoning more geometric,
that is, from demonstrations that clear ideas are based on evidence apodícticas
and lead to real and indisputable conclusions. Perelman. It was initially
interrogated by the possibility of a logic of value judgments to discuss and think
about what preferable. The answer to this question is crucial because it depends
on the practical philosophy, which include, morality, politics and law, resign or not
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to object. His investigations take him to discover that there is no logic of value
judgments but that in ancient Greece there was a set of procedures and
techniques that were intended to guide the way they wore the discussions and
deliberations within the realm of the practical and they called rhetoric. Since
Aristotle, Perelman is given the task of constructing a theory of argumentation in
which he continued to expound his basic aspects.
PALABRAS CLAVES: Retórica, positivismo, juicios de valor, argumentos,
razonamiento analítico, razonamiento dialéctico, auditorio, orador, presunción.
KEYWORDS: Rhetoric, positivism, value judgments, arguments, analytical
reasoning, dialectical reasoning, auditorium, he suspected.
Fecha de recepción: Noviembre 4 de 2008
Fecha de aceptación: Febrero 27 de 2009
INTRODUCCIÓN
La teoría de la argumentación de Perelman, surge como una disciplina que estudia
las técnicas discursivas que permiten producir o acrecentar la adhesión de un
auditorio. El tratado de la argumentación, al que ya hemos hecho alusión, trata de
estudiar esas técnicas discursivas de persuasión y las nociones más importantes
que hacen parte de esta teoría. Perelman quien en un principio adelanta sus
investigaciones en el ámbito de la filosofía analítica, se interroga desde sus inicios
por la justicia desde la perspectiva positivista. Para ello parte de la regla de la
regla de justicia formal, según la cual, los seres de una misma categoría esencial
deben ser tratados de la misma manera. No obstante con ella no se resuelve nada
por cuanto se hace necesario saber como distinguir lo esencial de lo que no lo es,
y ello necesariamente lo conduce a plantearse la cuestión de los juicios de valor
(Perelman, 1997, 9-10).
2. DESARROLLO
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2.1 Perelman y el encuentro con la retórica
Introducir la cuestión de los juicios valor lo lleva a interrogarse por la existencia de
una lógica de los juicios de valor que nos permita razonar sobre lo que es
preferible y nos permite distinguir el bien de mal o la justicia de la injusticia.
Perelman se encuentra con que desde la perspectiva positivistas, como ya lo
hemos señalado, estos tienen un carácter de arbitrios e indeterminados, al no
gozar de estatus cognoscitivo al no ser susceptible de verificación empírica.
De aceptar la tesis positivista la filosofía práctica, en la que se incluyen, la
moral, la política y el derecho, debería renunciar a su objeto, y admitir que los
juicios concernientes a la conducta de los hombres en los ámbitos antes
señalados, son expresiones de lo irracional o de nuestras pasiones o de nuestros
prejuicios (Perelman, 1997, 11), por consiguiente, el única camino posible para
resolver nuestras diferencias sería la violencia y el criterio de resolución de los
conflictos sería la razón del más fuerte. (Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 33)
Las exploraciones de Perelman lo llevan a concluir que no existe nada parecido
a una lógica de los juicios de valor que nos permita razonar sobre los fines y
valores, sin embargo, descubre que en la antigüedad griega, éstos desarrollaron
un conjunto de procedimientos y técnicas que tenían como propósito orientar la
forma como se llevaban las discusiones y deliberaciones y que denominaron
retórica.
2.2. La retórica antigua y clásica
La retórica es el dominio donde se puede discutir sobre lo que es preferible,
plausible o razonable, es el antiguo arte de saber persuadir y convencer. La
retórica no parte, como si lo hace la lógica formal, de inducciones o deducciones
formalmente correcta, sino de argumentaciones, que no tienen el carácter
demostrativo y apodíctico de las anteriores, y pretenden ganar la adhesión del
auditorio. La retórica, es entonces, una técnica del discurso persuasivo que busca
obrar sobre los hombres por medio del logos y que opera en la fase previa a la
toma de una decisión (Perelman, 1997, 12).
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El ocaso de la retórica antigua, acaece cuando los estudios sobre la misma se
reducen a la clasificación de las formas de ornar el estilo, tal es el caso de la
denominada retórica clásica, que en su esencia se opuso a la antigua. Bajo esta
nueva concepción de la retórica, la disciplina que según Aristóteles se componía
de tres partes: (i) una teoría de la elocuencia, que constituía su eje central y
permitía la articulación la lógica demostrativa y la filosofía, (ii) una teoría de la
composición del discurso y (iii) una teoría de elocuencia, queda reducida a una de
sus partes, de suerte que en los últimos tratados de retórica ofrecen una teoría
restringida de la elocución. Al suceder esto, la retórica pierde el nexo con la
filosofía que venía dado por la dialéctica. (Perelman, 1997, 16)
2.3. Descartes y el razonamiento more geométrico
Los estudios de retórica que Perelman que se sistematizan en el tratado de la
argumentación que escribe con L. Olbrechts-tyteca, constituyen una ruptura con
la concepción de la razón y del razonamiento que se origina con Descartes, y que
influyó en los lógicos y teóricos del conocimiento moderno, para que éstos se
olvidaran de los estudios de los medios o técnicas discursivas orientadas a la
deliberación y la argumentación con fines persuasivos. (Perelman y Olbrechts-
tyteca, 1994, 30)
Según Perelman, tal descuido obedece a que la deliberación y la argumentación
no se rigen por la necesidad y la evidencia sino todo lo contrario, se opone a ella,
pues sólo se argumenta contra la evidencia (Perelman, 1997, 25). Ahora bien, si
se tiene en cuenta que la ciencia racional sustenta su armazón sobre un sistema
de proposiciones necesarias que nadie discute y que se imponen a todos los
sujetos racionales, es claro que para mucho el campo de la argumentación deja de
tener importancia, pues el campo de ésta es lo verosímil, lo plausible o lo
probable, es decir, todo aquello que no puede ser sometido a calculo matemático.
Al tener Descartes por falso todo aquello que era considerado verosímil, se
impuso como criterio de lo racional la evidencia, de suerte que sólo fueron vistas
como racionales las demostraciones que partiendo de ideas claras y se
sustentaran en pruebas apodícticas, no condujeran a conclusiones verdaderas e
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incuestionables; así las cosas, el razonamiento more geométrico fue el
razonamiento que asumieron los filósofos que querían hacer de su actividad una
ciencia (Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 31).
El lógico moderno reduce el campo de lo racional a las pruebas que Aristóteles
calificaba de analítica y la lógica a la esfera de la lógica formal, excluyendo por
consiguiente del campo de lo racional aquello que no caiga en el ámbito de la
necesariedad y de lo formal (Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 32).
2.4. Aristóteles: razonamientos analíticos y dialécticos
Aristóteles quien estudio la lógica formal en los primeros y segundos analíticos
(Organón) la teoría del silogismo y la teoría del razonamiento científico y
demostrativo respectivamente, también se dedicó al análisis de los procedimientos
retóricos en los tópicos, donde estudia la lógica de la opinión, la refutación a los
sofistas, dedicada al estudio de las falacias (Organón) y en la retórica, dedicada a
la sistematización del arte retórico. La distinción que Aristóteles establece entre
razonamiento analítico y razonamiento dialéctico constituirán, por una parte, el
punto de partida de la teoría de la argumentación de Perelman como una nueva
retórica y, por otra, serán la base en su indagación sobre la naturaleza y
especificidad del razonamiento jurídico.
Aristóteles distinguió el razonamiento analítico cuyo paradigma es el
silogismo formal que parte de premisas verdaderas y necesarias y mediante una
inferencia válida conduce a conclusiones igualmente necesarias y verdaderas.
Este modelo de razonamiento se caracteriza por que la inferencia es válida
cualquiera sea la verdad o falsedad de las premisas o el contenido de la misma,
pero para que la conclusión sea verdadera se requiere que las premisas también
tengan este carácter. Los razonamientos analíticos tienen un carácter
demostrativo y su propósito es de establecer conclusiones ciertas e indiscutibles.
Estos razonamientos por lo demás, tienen un carácter impersonal, pues en
manera alguna su resultado depende de la persona que los emite (Perelman,
1997, 20).
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Los razonamientos dialécticos no parten de premisas verdaderas sino
verosímiles, ello es, de opiniones que gozan de la aceptación general por la
mayoría o por la mayoría de los filósofos o los más notables e ilustres. Los
razonamientos dialécticos no tienen como propósito realizar demostraciones sino
persuadir por medio de argumentos y obtener la adhesión de la mayor parte de un
auditorio a la tesis defendida, así como criticar y refutar la tesis de los adversarios.
Contrario al razonamiento analítico, el razonamiento dialéctico no permite el
establecimiento de conclusiones que puedan ser evaluadas como falsas o
verdaderas, al no tener el carácter impersonal de las analíticas ni su necesariedad
(Perelman, 1993, 12), las conclusiones dialécticas, normalmente contenidas en
decisiones, se evalúan como plausibles, razonables o justas y presuponen
siempre deliberación y elección por cuanto en la base de la misma esta la disputa
en torno a tesis contrarias
(Perelman, 1997, 21).
La distinción aristotélica entre estas dos formas de razonamiento le va a
permitir a Perelman resolver el problema en torno a la naturaleza del razonamiento
jurídico, que par él tiene un carácter dialéctico. Perelman constata que el derecho
se elabora a través de controversias u argumentaciones dialécticas y que las
decisiones judiciales no tienen un carácter necesario como en el razonamiento
analítico. En las controversias judiciales las razones que se exponen, tratan como
en los diálogos platónicos de criticar y refutar los argumentos de la contraparte
mostrando que o no son relevantes u oportunos o justos (Perelman, 1993, 14).
2.5. Aproximación al la teoría de la argumentación de Perelman
2.5.1. Demostración y argumentación
En la primera parte del Tratado de la argumentación que Perelman rubrica bajo el
título de Los limites de la argumentación, intenta inicialmente distinguir (oponer) la
demostración de la argumentación, mostrando que la primera se caracteriza por el
usa de un lenguaje artificial y unívoco, desprovisto de toda ambigüedad, de
manera que la única obligación que tiene el axiomático es la de elegir un lenguaje
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que no conduzca a dudas o equívocos.
1
Esto no sucede en la argumentación, que
al utilizar un lenguaje natural no puede excluir la ambigüedad por anticipado
(Perelman, 1997, 29).
Además de lo anterior, la demostración se distingue de la argumentación por
que, a diferencia de esta última, la primera se entiende como correcta con arreglo
a ciertas reglas de deducción que son previamente instituidas. Si se aceptan los
axiomas iniciales, basta con indicar que una proposición es último enunciado de
una cadena deductiva que esta conforme a los procedimientos estipulados para
aceptar que existe una demostración (Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 48 y
Perelman, 1997,165).
En la demostración los axiomas no están en discusión sea por que se
consideren evidentes o verdaderos o porque se consideran simples hipótesis en
todo caso a nadie le interesa si son o no aceptados por el auditorio, por el
contrario, en la argumentación, cuya esencia radica en tratar de influir en el
auditorio, de producir o acrecentar al adhesión de éste a las tesis expuesta, el
contenido de las premisa goza de especial importancia para el auditorio
(Perelman, 1997, 29 y Perelman, 1993, 144-145). Quien argumenta pretende
persuadir o convencer, y ésta, a diferencia de la demostración en la que la verdad
de la conclusión se impone con suficiencia a cualquiera que este familiarizado con
las reglas del sistema formal, tiene grados, la tesis que se expone al auditorio
puede tener diversas posibilidades de aceptación que va desde ninguna hasta la
total (Monsalve, 1992, 52). Pero además, en la argumentación es posible que se
llegue a conclusiones diferentes e incluso opuestas a pesar de tener un mismo
punto de partida, lo que no sucede en la demostración, en donde las conclusiones
se imponen necesariamente (Perelman, 1993, 166).
2.5.2. El contacto intelectual
1
“La única obligación que se le impone al constructor de sistemas axiomáticos formalizados y que convierte las
demostraciones en apremiantes, es la de elegir los signos y las reglas de modo que se eviten dudas y ambigüedades”
((Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 47)
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En la medida en que toda argumentación esta orientada a influir en el auditorio, en
una comunidad efectiva de personas a la que esta dirigida, Perelman, reconoce
que la formación de esta comunidad efectiva exige establecer ciertas condiciones
previas, entre estas condiciones previas Perelman resalta el contacto intelectual
(Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 49), que supone un contacto entre los
espíritus del orador y el auditorio, pues aun cuando se trate de una reflexión
intima, en la que, tanto el orador y el destinatario son una misma persona, la razón
del discurso es la de ser escuchado o leído (Perelman, 1997, 30). Lo anterior solo
es posible si existe un lenguaje común (Perelman, 1993, 143) que permita la
comunicación y el consentimiento o concurso mental del interlocutor, y esto último
exige del orador, cierta disposición a pensar en el interlocutor: buscar los
argumentos que pueden influir en interlocutor, preocuparse por él y su estado de
animo (Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 50-51).
La necesidad de contacto entre orador y auditorio es necesaria incluso en los
ambiente científico en donde comúnmente se cree que los hechos hablan por si
solos ello es posible porque los canales ya han sido establecidos previamente
entre autor y auditorio por la institución científica, la sociedad o la revista
especializada; de manera que par que se desarrolle la argumentación es
necesario el destinatario tenga algún interés y preste atención y que este contacto
inicial se mantenga durante todo el desarrollo de la argumentación (Perelman y
Olbrechts-tyteca, 1994, 53-54).
Lo anterior nos permite, establecer una distinción adicional entre la
demostración y la argumentación, pues mientras que para la demostración basta
señalar los procedimientos utilizados para lograr la aceptación, en la
argumentación es necesario el contacto intelectual como requisito previo para
lograr la adhesión y como ya se ha dicho ello exige, un leguaje en común, el
deseo de establecer una comunicación y de mantenerla y el cumplimiento de
ciertas reglas que la haga posible (Monsalve, 1992, 60).
2.5.3. El orador y el auditorio
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Ahora bien, el auditorio no es la persona que el orador interpela por su nombre
sino aquellos en quienes el orador pretende influir con su argumentación
(Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 55) y puede ir desde el orador mismo, cuando
este pretende, a partir de una meditación intima, persuadirse en relación con una
decisión, hasta el auditorio universal. En ocasiones el auditorio no concuerda con
la persona a la que se interpela, como en el caso del parlamentario que se dirige
al presidente de la corporación cuando en realidad esta argumentado para sus
colegas o el público asistente (Perelman, 1997, 34-35).
El conocimiento del auditorio es una condición básica para la eficacia de la
argumentación (Perelman, 1993, 141), y si bien el auditorio es una construcción
del orador, esta se encuentra determinada por los objetivos perseguidos y las
características del grupo de individuos a quien va dirigida, de allí que éste deba
tener en cuenta, al momento de argumentar, el aspecto psicológico y sociológico
para adaptarse a él. Perelman cita a Aristóteles y Cicerón y recuerda que este
último sugería hablar de manera diferente al vulgar que al culto (Perelman y
Olbrechts-tyteca, 1994, 56-57).
La existencia de una variedad de auditorios conduce a la cuestión de la
objetividad, de si es posible una cnica argumentativa valida para argumentar en
todos ellos, de manera que se puedan trascender las particularidades históricas
mas allá del tiempo y el espacio, discusión esta que renueva el antiguo debate
entre filósofos y retóricos (Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 65), entre Platón y
los sofistas y permite a Perelman introducir la distinción entre las nociones de
persuadir y convencer.
Quien busca el resultado, la acción, privilegia la persuasión, no así quien se
interesa por la adhesión racional, éste prioriza la convicción sobre la persuasión,
tanto en los medios como a la facultad a la que se orienta: la razón (Monsalve,
1992, 62). Perelman, sin embargo no admite esta distinción y plantea, que la
argumentación persuasiva es la que sirve y es usada cuando se esta ante un
auditorio particular, mientras que la denominada convincente, busca la adhesión
de una auditorio universal (Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 67). No obstante,
reconoce que esta persuasión al ser imprecisa, debido a la imposibilidad de
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delimitar con exactitud los auditorios, en la práctica, tal distinción se suprima
(Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 69).
La noción de auditorio también tuvo fue importancia para los teóricos antiguos
de la retórica, quienes llevaron acabo una clasificación de los géneros oratorios
(deliberativo, judicial y epidíctico)
2
según el auditorio en el que correspondiese
deliberar. No obstante la clasificación más importante de Perelman es la que
distingue entre: auditorio universal, la argumentación ante el único oyente y la
deliberación con uno mismo (Atienza, 2004, 49).
2. 5. 3. 1. El auditorio universal.
El auditorio universal es el auditorio de la argumentación filosófica (Perelman,
1993, 162) y constituye de alguna manera el estándar de argumentaron objetiva,
de una argumentación que aduce razones que pretenden convencer al lector o
interlocutor de la validez de las razones mas allá de las contingencias históricas y
espaciales. Ahora bien, en la medida en que la noción de auditorio universal no
nos remite a un concepto empírico (Atienza, 2004, 50), Perelman admite que, en
este caso, no se trata de conseguir la aprobación real de toda la humanidad; el
orador presupone la unanimidad y por ello la universalidad de la argumentación,
pues supone que quien conozca la argumentación no podrá hacer cosa distinta
que admitirla por el carácter de las razones aducidas. Por ello afirma Perelman,
que el acuerdo de un auditorio universal no es una cuestión de hecho sino de
derecho (Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 72).
Finalmente, a pesar de que las razones que se invocan con ocasión del
auditorio universal aspiran a la unanimidad y a la universalidad, la objetividad que
las mismas presuponen no es equiparable a la que aspira la certeza cartesiana.
Por el contrario, el auditorio universal, al quedar liberado de la idea de objetividad
absoluta y ahistórica, reconoce que su construcción depende de variables como la
cultura, y los valores de cada sociedad y cada individuo. (Perelman y Olbrechts-
tyteca, 1994, 75).
2
El deliberativo y judicial, presuponen una controversia política o judicial, en cambio el epidíctico no conduce a ninguna
decisión especial, eran usados en espectáculos públicos y en ellos el papel del oyente érale de juzgar y valorar el talento
del orados ((Perelman, 1993, 145)
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2.5. 3.2. La argumentación ante un único oyente: el diálogo.
Esta argumentación tiene como escenario el diálogo, que los antiguos
consideraron superior al argumento dirigido a muchos, pues mientras este último
presupone un discurso extenso e ininterrumpido (retórica), el primero permite la
posibilidad de preguntar, objetar y cuestionar (dialéctica), lo que en la práctica
conduce a que la adhesión que este muestre o exprese a las tesis del orador
tengan un carácter más sólido (Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 78-79).
Según esta visión de los clásicos, lo que hace del dialogo un genero filosófico
superior, no es la adhesión de un individuo cualquiera sino la adhesión de un
personaje, que representa y que tiene las mismas cualidades y características del
auditorio universal; en este caso las razones invocadas pretenden ser validas para
todos y el interlocutor se adhiere a las tesis del orador, no por la superioridad
dialéctica de éste, sino porque se ha inclinado ante la evidencia de la verdad
(Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 81).
No obstante, Perelman reconoce que esta distinción no es fácil de llevar a la
práctica, debido a que normalmente, quien defiende una tesis esta convencido de
que la suya es la mejor y quiere que triunfe, y por otra, porque es casi imposible
conocer las intenciones del interlocutor, a menos que se trate de discusión
reglamentadas como en los procedimientos judiciales (Perelman y Olbrechts-
tyteca, 1994, 82).
Finalmente, Perelman reconoce que tanto el dialogo heurístico o discusión, en
la que el interlocutor es una encarnación del auditorio universal, como el dialogo
erístico o debate, en donde los argumentos del orador tendrían como propósito el
dominio del adversario, constituyen casos excepcionales de la vida cotidiana en
donde el propósito es persuadir se para la acción inmediata o futura (Perelman y
Olbrechts-tyteca, 1994, 83).
2. 5. 3. 3. La deliberación con uno mismo
La auto deliberación es considerada a menudo como modelo de auditorio
universal, debido a que quien delibera con sigo mismo no puede menos que ser
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sincero y razonable consigo mismo, pues uno mismo no se puede esconder nada
y más bien trata de triunfar sobre sus incertidumbres (Perelman, 1997, 35). Pascal
y Descartes la consideraron el mejor procedimiento para alcanzar la verdad
(Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 85). Perelman la considera un caso particular
del acuerdo con los demás y no el único método para alcanzar la verdad como lo
creyeron muchos filósofos (Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994,87).
2.5 4. El punto de partida de la argumentación
El inicio y desarrollo de toda argumentación exige tener presente que es el orador
el que debe adaptarse al auditorio, y por consiguiente, que éste no puede cometer
el error de partir de premisas que no gocen de la aceptación del auditorio, sino que
debe escoger o tesis admitidas por aquellos a quienes se dirige, de allí que, a
menos que el orador quiera fracasar, no puede incurrir en lo que Perelman llama
petición de principio (Perelman, 1997, 39-40).
Señalan Perelman que entre los objetos de acuerdo que constituyen el punto de
partida de la argumentación porque pueden servir de premisa, encontramos los
relativos a lo real o bien a lo preferible. Entre los primeros se incluyen a los
hechos, las verdades y las presunciones, entre los segundos: los valores,
jerarquías y lugares de lo preferible (Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 120).
2.5.4.1. Los hechos y las verdades.
Los hechos se refieren a ciertos datos que hacen alusión a la realidad objetiva, y
se caracterizan por que no necesitan en principio argumentos que los refuercen
para su adhesión, ni son usualmente objeto de controversias, y desde el punto de
vista argumentativo existe un acuerdo universal. Puede suceder sin embargo, que
se cuestione un hecho, ello es común cuando se plantean dudas en el auditorio o
cuando este último se amplía a otros miembros; en estos eventos el hecho pasa a
ser objeto de controversia o desacuerdo, y debe apelarse a los procedimientos de
comprobación previamente acordados para superarlo. Finalmente, los hechos
aceptados pueden ser, según Perelman, hechos de observación, hechos
supuestos, convenidos, posibles o probables, pero tanto unos y otros han de
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adecuarse a las estructuras de lo real admitidas por el auditorio (Perelman y
Olbrechts-tyteca, 1994, 121-123).
A las verdades se le aplica todo lo dicho a los hechos, no obstante, se
diferencian de estos últimos por que mientras los hechos suponen acuerdos
precisos y limitados, las verdades nos remiten a sistemas complejos que expresan
relaciones entre hechos como las teorías científicas, o incluso, a sistemas
conceptuales que trascienden la experiencia como en el caso de las verdades
filosóficas o religiosas (Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 124).
2.5. 4.2. Presunciones.
A diferencia de los hechos y las verdades que se aceptan sin reforzamiento alguno
y que otorgan seguridad para obtener la admisión del auditorio, las presunciones
requieren de este reforzamiento adicional para su aceptación; pero al igual que los
anteriores puede suministrar las bases para fraguar una convicción razonable y
estas son validas para el auditorio universal con la misma fuerza que el acuerdo
sobre los hechos comprobados y las verdades (Perelman y Olbrechts-tyteca,
1994, 131)
Las presunciones se encuentran asociadas a lo que es normal y a lo que es
razonable y sirven de punto de partida para las argumentaciones, y lo normal no
se asocia al cálculo probabilístico, sino a lo verosímil (Perelman y Olbrechts-
tyteca, 1994, 125-126 y 128), ello es, a las convicciones que surgen de la
experiencia y el sentido común y nos permiten orientarnos en la vida (Perelman,
1997, 47).
Ahora bien, las percepciones de lo que es normal pueden variar, no gozan de
estabilidad y homogeneidad en el tiempo y el espacio, puede ello surgir como
consecuencia de la inestabilidad de los grupos de referencia no son estables o
porque las convicciones sociales se modifican afectando las ideas dominantes de
lo normal (Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 129); en consecuencia, el acuerdo
sobre las presunciones, exige un acuerdo previo en el grupo de referencia en
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relación a lo que debe considerarse normal (Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994,
130).
Es posible que pueda surgir una controversia en relación a la aplicación de
una presunción, en ese caso, ella impone la carga de la prueba a quine se le
opone quien imponen a quien se les opone, pues a quienes gozan de la
presunción se le exime de la prueba. En el derecho es común el uso de las
presunciones, Perelman distingue las presunciones del hombre, que sirven de
punto de partida como de llegada de un razonamiento, y las presunciones legales,
que son establecidas por la ley o la jurisprudencia y se clasifican en juris tantum y
admiten en prueba en contrario y juris et dejure que no la admite (Perelman,
1997,48).
2.5.4.3. Los valores, las jerarquías y los lugares de lo preferible.
A diferencia de los hechos, las verdades y las presunciones, los juicios que
expresan preferencias como los valores y las jerarquías o indican los que es
preferible como los lugares de lo preferible son objetos de acuerdo de auditorios
particulares. Los valores están presentes en todas las argumentaciones, aunque
de manera restringida en los enunciados científicos y casi ausenten en las
ciencias formales, no así en el ámbito político, jurídico y filosófico en donde
constituyen la base de todas las argumentaciones (Perelman y Olbrechts-tyteca,
1994, 131-133).
La aparente contradicción entre la idea de que existen valores universales como
la justicia o el bien y la tesis de que los valores son objeto de acuerdo de
auditorios particulares, se supera si aquellos se consideran universales pero solo
en virtud de su generalidad pero no en relación con su contenido que solo puede
valer para un auditorio particulares (Perelman y Olbrechts-tyteca, 1994, 134).
Perelman distingue además entre valores abstractos y concretos. Los concretos
se refieren a un determinado ser vivo o un grupo especifico o un objeto particular
cuando se los examina dentro de su unicidad, en ese sentido, el valor de lo
concreto y el objeto valorado (ejemplo de estos pueden ser la fidelidad o la

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Aspectos basicos de la teoria de la argumentacion de Perelman.pdf
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