
las reglas sociales, las cuales a su vez se diferencian de los hábitos por la circunstancia de que toda
desviación a una regla social implica críticas y consecuencias, mientras que la regla social posee
cierto aspecto interno, la conciencia de quien esta sujeto a ella debe cumplir con cierto estándar que
le es exigido. Ahora bien, ¿qué tipo de reglas sociales integran el derecho?. Hart acude al ejemplo
de una sociedad primitiva. En la misma, originariamente, existen reglas sobre lo que debe y lo que
no debe hacerse. Estas son las denominadas reglas primarias
. A medida que la sociedad se
complejiza, las mismas resultan insuficientes, surgiendo las reglas secundarias
, que dotaran de
precisión a las primeras, a las cuales Hart clasifica en: reglas de reconocimiento
(permite reconocer
cuando una regla pertenece al sistema), reglas de cambio
(indican los procedimientos de cambio de
las reglas existentes) y reglas de adjudicación
(adjudican competencias para aplicar sanciones). El
derecho para Hart es una sumatoria de reglas primarias y secundarias, denotando una marca
tendencia normativista en el autor.
Finalmente, según la propuesta de Hart, si nos referimos al derecho en su relación con las ordenes
respaldadas por amenazas, en encontraremos en el campo de los hechos. Si nos referimos a la
relación entre el derecho y la moral, en el campo de los valores. Mientras que si lo hacemos en su
relación con las reglas, nos encontraremos en el campo de las normas.
b) La teoría de los objetos. Objeto ideales, naturales, culturales y metafísicos: características
y método de cada uno de ellos.
A continuación analizaremos la propuesta que formula el iusfilosofo CARLOS COSSIO
en su obra
“Teoría egologica del derecho y el concepto jurídico de libertad”. Propone el autor una división
cuatripartita de los campos de objetos, en ideales, naturales, culturales y metafísicos. Cada una de
estas regiones presenta características específicas y distintas en cuanto a su naturaleza, la forma en
que se presentan en la experiencia, su relación con los valores y el método de conocimiento. Cossio
destaca que el conocimiento es una adecuación del método con el objeto.
OBJETOS IDEALES: Su naturaleza es irreal, no tienen existencia. No se hallan en el campo de la
experiencia. Son neutros al valor (ni buenos, ni malos). El método que se utiliza para su análisis es
el racional deductivo y el acto gnoseológico o de conocimiento es la intelección, el uso de la
inteligencia y la razón. De lo general se llega a lo particular. EJ: los números. La ciencia que los
estudia entre otras son la matemática, la lógica, etc.
OBJETO NATURALES
: Son de carácter real, existen y pueden ser captados a través de la
experiencia. Son neutros al valor (una planta no puede ser mejor o peor que otra). El método que se
utiliza para su análisis es el empírico deductivo. Su manifestación fenoménica se explica. Por ello, el
acto de conocimiento es mediante la explicación. De lo particular a lo general. EJ: una planta, un
animal. Ciencias: física, zoología, botánica, etc.
OBJETOS METAFISICOS
: Son reales, tienen existencia, pero so insusceptibles de ser captados
empíricamente. Son valiosos o desvaliosos. No tienen método ni acto de conocimiento, aunque deja