OFRECE PRUEBAS
Excma. Cámara del Crimen:
Pablo Marcone, MP 1-397 en carácter de abogado defensor del imputado Oyola
en los autos caratulados: “Oyola Pedro p.ss.aa. Robo” Expte. N° 65748 ante V.S.
respetuosamente comparezco y digo ante V.E.:
OBJETO
Que a los efectos de cumplimentar los extremos legales consagrados por el rito en su
art. 363 del C.P.P., ofrezco las siguientes pruebas:
a) TESTIMONIALES
Las testimoniales de las siguientes personas:
1. Alberto Esteves, con domicilio en calle Tehuelches 14 B° Gob. Pizarro
(Córdoba).
POLICIAS:
1. Juan Valdez quien presta servicios en la Comisaría de Unquillo en Av. San
Martín n°2200 centro – (Unquillo).
Las personas mencionadas en calidad de testigos deberán deponer a tenor del
siguiente pliego:
Primero: Por las generales de la ley.
Segundo: Sobre el conocimiento circunstanciado que tuvieren del hecho motivo
de juzgamiento y todo otro detalle que con él se relacione, la persona imputada
y circunstancias que a mérito de la defensa sean relevantes para la causa, dando
razón de sus dichos. Siendo necesaria su nueva declaración testimonial para
aclarar términos manifestados y otros de ser necesario a fines de reguardar el
derecho de defensa.
b) DOCUMENTAL E INSTRUMENTAL.
Se tengan por incorporadas las demás pruebas documentales e instrumentales,
indicios y presunciones que obren en autos a favor de mi defendido.-
c) PERICIAL
Respecto del arma objeto del delito que se investiga y de los instrumentos emanados
de autos que no fueren reconocidos en sus contenidos y sus firmas, queda desde ya