Introduccion al derecho 1/9
Adjunta delluchi
Prescriben: lo que quiere decir que inducen conductas. No pueden ser criticadas como
verdaderas o falsas, si no en términos valorativo:
Si no se cumple con lo prescrito por la ley, no se reforma la ley(al menos no a corto plazo)
Leyes de la lógica y mateticas
-No describen ni prescriben si no que determinan.
-parecieran describir como están constituidas las entidades lógicas pero a diferencia de las
leyes de la naturaleza, son leyes a priori, (veerdaderas independientemente de la
experimentación) y son necesariamente verdaderas.
-A diferencia de las leyes de la naturaleza que son descritibas por que lo que hago es observar
lo que ocurre cotidianamente y dps formulo la ley
-en este caso no necesito la experiencia, si no que es independiente a esta, y son
necesariamente verdaderas, operan por necesidad, por eso no describen por que son a priori,
no necesito la experimentación
- también decimos que a las prescripciones, aunque no lo son, sin embargo si no lo cumplo no
voy a tener sanción, no tienen un sujeto normativo es quien dicta la norma, en las leyes de la
lógica y la matemática no tenemos,
-Promulgacion: es la puesta en conocimiento de la norma al sujeto que quiero que la cumpla.
Se hace a travez de los presidentes, gobernadores, intendentes. Lo hace el poder ejecutivo, y
se hace atravez del boletín oficial. Las normas entran en vigencia cuando ellas lo indican. Si no
lo dice entra en vigencia a los 8 dias.
-Le voy atribuir el llamarle norma a algo que tenga este atributo prescriptivo, pareciera ser
clave para distinguir una norma.
-para algunos autores reglas y normas quieren decir lo mismo, para otros no
Vw en su capitulo uno las presenta como sinónimos
-a continuación desalloraremos su clasificación en principales y secundarias
Puras(primarias) impuras(secundarias)
A las reglas puras yo las puedo definir por si mismas, ahora cuando voy a la secundaria si o si
necesito referirme a la primaria.
Cuales serian ¿
Reglas (determinativas o conceptuales ) Son las que determinan o fijan patrones, me define
algo, me conceptualiza algo, son reglas que determinan. Indican la pertenencia a un orden,
ejemplo son las reglas de un juego, las reglas de la gramatica y las de la lógica y matemática.
Prescripciones: prescriben induncen conductas, regulan conductas, son el genero de las leyes
del estado, ejemplo: Prohibido matar o al que le quitare la vida a otro, se le aplicara entre 8 y
25 años.
Se caracterizan por ser dictadas por una autoridad normativa , dirigidas a un sujeto nomartiva
atraves de la promulgación y en caso de incumplimiento se aplica una sanción
Directrices o técnicas: Indican el medio para el logro de un fin. Dan directivas ejemplo: si
quieres hacer la cabaña habitable, tienes que calentarla.
Las instrucciones de uso son claros ejemplos de las reglas técnicas
A toda regla técnica le subyace una proposion o enunciado anakastico un ejemplo son las
recetas, te indica como hacer las cosas paso por paso, te da una directiva de como hacerlo.
Proposicion anankastica
-Me indica la condición necesaria para el logro de un fin ej:Para hacer habitable la cabaña es
condición necesaria calentarla.
-La proposición anankastica describe y en consecuencia pude ser criticada en términos de
verdadera o falsedad.
Otra distinción que hace Font write
Condicion suficiente es:es la sumatoria de las condiciones necesarias
-describe la condición necesaria para el logro de un fin.
Reglas secundarias
Se las llama asi por que para su caracterización acudimos a almenos dos de las principales, son
las:
-Costumbres:es un habito social. La costumbre normalmente es conocida como una repetición
de conductas similares en circuntancias similires, vividas en condición de obligatoridad y que
en caso de aparejamiento trae en consecuencia una sancio social. Son persintentes en el
tiempo. No están escritas por que si no serian prescriptivas.- Si hay una conducta
constitudinarias también son un derecho vigente, por mas que no sea una norma positiva
-presentan regularidades como las leyes de las naturaleza pero en las costumnbres las
regularidades se violan, mientras que en el segundo caso las personas no pueden romper las
de la naturaleza.
- se parecen a las reglas prescriciones por que regulan conductas pero se diferencian de ellas
en el tipo de autoridad(no la impone una autirdad competente) y por que no son promulgadas.
-se parence lambien a las reglas conceptuales porque determinan o, por asi decirlo definen
formas de vida, por que me indican la pertenencia a un orden, por ejemplo observando como
se comporta una persona, puedo inferir a que colectividad pertenece
-Como ejemplo: entrar y saludar algún lugar.
-Morales: las reglas morales se parecen a las 3 reglas principales, a las conceptuales,
prescripciones y las tecnicas.
Se vinculan con lo bueno y lo malo, para VW difíciles de ejemplificar. EJ: Las promesas deben
cumplirse.
-Se parecen a las prescripciones por que inducen comportamientos, pero no poseen la misma
autoridad y además la sanción no la imparte autoridad competente, si no uno misma(la culpa,
el remordimiento)
-Si tendre en cuenta una posición que le preste atención a los fines en materia de moralidad,
se parecen a las técnicas(si quierees vivir en armonía con el universo, debes evitar hacer daño,
debes ayudar al prójimo, debes cuidar el planeta.
-para otros son normas conceptualmente autónomas, son sui generis, tienen afinidades con
otros tipos de normas.
-Ideales: indican como ser un buen ejemplar de una determinada especie, se relaciona con el
ser, por ej: Si quieres ser un buen deportista, entrenar a diario, no fumar, etc…
-Se parecen a las reglas técnicas por que implican la persecución de un fin
-Se parecen a las conceptuales por que al determinar un concepto, me indican la pertenencia a
un orden, si se observan ciertas virtudes, se puede inferir a que clase pertenece.
Se parecen a
Consutudinarias: a conceptuales y prescripciones
Morales: a las tres principales
Ideales: Conceptuales y técnicas
-George von wrigth capitulo 1
La próxima clase vamos a ir al punto 3.
Se refiere al análisis de las normas, a los elementos que conforman las normas
-Leer el capitulo 5 de von writh (análisis de las normas)
Introduccion al derecho clase 06/9
Font writhe dice que toda norma tiene 3 elementos(nucleo normativo) son el carácter, el
contenido y la condición de aplicación cualquier norma tiene estos 3 elementos.
Si la norma es prescripción se le agrega autoridad normativa, sujeto normativo y ocasión
Si la prescripción es jurídica por ejemplo ley del estado, se le agrega la promulgación y la
sanción.
Carácter: es aquello que me indica la norma para que fue creado si para permitir, hacer u
obligar. (pueda ser echo(permisiva), deba ser echo o no echo (obligatoria), y pueda ser echo
(prohibitiva). Font write dice que el permitivo y el prohibido son una sola. Esto el lo llamo
interdefinibilidad de los caracteres deonticos. Se trata de si prohíbo algo obligo lo puesto. Hart
dice que es el minimo contenido moral posible, por que no robe signifique que sea bueno, por
eso no es el minimo contenido moral posible. Si no simplemente lo minimo para vivir en
armonía
Según FW la verdadera interfinibilidad se da entre prohibido y permitivo, que para el es lo
mismo.
Al carácter permitivo se puede clasificar en dos. En permitivo en sentido fuerte y permitivas en
sentido devil.
El fuerte: se da cuando hay una norma que explicimante la contempla.
La débil: las conductas que no están previstas en una norma son permisiones en sentido debil.
El se refiere al permitivo en sentido débil como no prohibido.
El contenido de la norma es :Aquello que puede, debe. o no debe hacerse o debe hacerse. Es la
conducta en si, la acción o la omisión(abstenciones)
Actuar: es intervenir (hacer algo) omitir es no hacer, pudiendo hacer.
Acto y actividades: el acto se vincula con los sucesos es algo puntual, en cambio las
actividades se relaciona con los procesos, un ejemplo es decir se murió cesar un suceso, cesar
se esta muriendo es una actividad.
Si las normas tienen actos o actividades son positivas, si la misma norma tiene un tramo que
tiene como también una inacción es mixta.
Por ejemplo si yo digo deja la ventana abierta, aca no tengo ningún no(sin embargo es un
mandato negativo) el verbo dejar que la cosa perdure en el tiempo es de carácter negativo.
Si yo digo prohibido fumar esta norma es positiva por que tiene una acción. Entonces no hay
que tener en cuenta el no, por que hay veces que por mas que no lo tenga pueda ser negativa
igual. No hay que pensar que por que permite es positiva, o por que prohíbe es negativa, hay
que prestar atención a la acción o la inacccion.
Condición de aplicación: las circustancias y las condiciones que tienen que darse para cumplir
con el contenido de la norma, serian de tipo lógicas. Por ej: si la norma dice cerra la puerta,
primero tiene que haber puerta, segundo tiene que estar abierta, tiene que haber un sujeto a
quien va dirigida la norma y tiene que poder cerrarse. En algunas ocasiones ese conjunto de
circuntancias surgen del contenido de la norma, y en otras no se difieren del propio contenido
la puerta. Por eje: si yo digo si llueve cerra la puerta, uno tendría que ver si esta lloviendo
también, la lluvia esta fuera del contenido las normas de acuerdo en categóricas e hipotéticas
Una norma es categorica cuando la condición de aplicación surge de su propio contenido.
Hipotética: cuando además de la circuntancias lógicas del contenido yo tengo que verificar
alguna o algunas circunstancias fuera del contenido de la norma , el juez va aplicar la sanción si
hice algo, por eje al que matare, al que robare, es decir que se va aplicar si se hace. Si no no.
Elementos propios de las prescripciones
Al que le quitare la vida otra(condición de aplicación): sera sentenciaciado de 8 a 25 años (el
aplicar)es el contenido .
Autoridad normativa: es el agente que crea la norma, de quien dicta la norma. Y quienes
fuesen autoridad: pueden ser entes empíricos (jueces, presidente, etc) supraempiricas son
autoridades son divinidad(la iglesia). Si la norma proviene de una autoridad empírica son
positivas, si viene de una autoridad supra empírica se llaman teonomas. FW
Como definimos sujeto normativo:es a quien va dirijida la norma el sujeto
determinado(cuando puede ser identificado con nombre y apellido) cuando el sujeto o los
sujetos están identificados la norma se llama particular , una norma es general cuando el
sujeto no esta identificado pertenecen a una clase, eje: de norma general todos los médicos
deben hacer un juramento (hacen referencia a una clase en este caso médicos) Aveces la
norma va dirigida a un solo sujeto y es general por eje: el decano de la facultad de derecho
debe ser un abjunto ordinario, la norma seria general, por que no nombra específicamente a
alguien) dentro de lo general la norma puede ir dirijida a todo el conjunto para que la cumplan
todos (es una norma conjuntivamente general). Y puede ocurrir que el que dicta la norma a un
determinado grupo ideterminado de sujetos para que la cumplan algunos. Ahí la norma se
llama disyuntivamente general. Por ejemplo la censorista dice que se baje una persona en el
ascensor por que ya supero la capacidad.
Ocasión: es el conjunto de circunstancias cuando digo ocacion me refiero al tiempo o al
espacio o a ambas. Ej: deben entregarme la monografía hoy (la norma es particular pór que es
en una sola ocasión) la norma es particular por que debe darse en una sola ocasión) si dijera
deben entregar la monogafria hoy en el aula uno, identificaría el lugar y el tiempo. Una norma
es conjuntivamente general cuando la ocasión esta determinada y yo debo cumplir la norma
en todas ocasiones llamese tiempo y espacio, o una sola. Por ej: prohibido matar, es prohibido
matar siempre, por ejemplo si digo la monografía pueden entregármela el lunes o miércoles,
seguiría siendo disyuntivamente general. En relación al espacio al inquilino le dice el contrano
puede pagar en el banco, o en la inmobiliaria, seria disyuntivamente general. Por ej: dice los
pagos deben hacerse todos los 1ro seria conjuntivamente general.
Esto esta todo en el cap 5.
Autonomía y eteronomia, sanción (próxima clase)
introduccion al derecho
abjunta clase 08 del 9
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Teniendo en cuenta la autoridad normativa y el sujeto normativo
una norma es autonoma cuando el sujeto destinatario participa al menos en minima medida y
en la creacion de la norma.
es heteronoma cuando el sujeto destinatario no participa en la creacion de la norma
en los regimes democraticos las normas generales son normas autonomas, por que todos en
alguna medida participamos en la
creacion de las normas
hay democracia directa cuando se vota directamente las decisiones politicas
en cambio cuando elegimos a alguien para que nos represente es indirecta pero se les llama
igual autonoma.
eje: cuando una familia decide que a las 21 se dice que se come, llega las 21 se sientan a cenar.
otro caso seria: que agarre solo un integrante dice que todos comemos a las 21 sin consultar.
algunos dicen que las normas autonomas autoridad y sujeto coinciden y en el caso de
heteronomas es lo contrario.
cuando una norma es eminentemente general ?
es cuando es dirijida a tpara ser cunplidas por todos siempre.
ahora vamos a dos mas que definimos cuando las definiciones son juridicas.
una es la promulgacion (puesta en conocimiento de la norma, nosotros lo hacemos a travez del
boletin oficial)
quien la publica es el poder ejecutivo.
y la otra es la sancion es el castigo al incumplimiento de esa norma, es una consecuencia
dañosa.
hasta aca las 8 nociones.
punto 2
font write
nociones importantes del derecho.
actuar:Intervenir voluntariamente en el curso de la natureleza, provocar un cambio. es decir
que lo provoco por que quiso hacerlo.
agente: es aquel que provoca el cambio.
resultado: es lo tenido en cuenta por el agente cuando provoca el cambio, eje: querer cerrar la
puerta, el cambio seria que la
puerta este cerrado. el resultado se vincula intrisicamente con la accion. la consecuencia se
vincula causalmente con el acto
se vincula extrinsicamente con el acto.
hay que saber definir la culpa en dos la culpa propiamente dicha y dolo que es cuando uno
buscar la accion.
3re delito preteintencionales: es cuando sin desearlo es sabe que eso puede llegar a pasar,
prete intencional, es cuando
hay una parte de culpa y otra de dolo.
esto tiene que ver tambien que ver con el dolo eventual eje:pone una bomba para matar a una
persona, pero sabe que la consecuencia
va a ser que cuando explote la bomba iba a morir mas gente.
ocasion: esta definida como la finalidad logica que la gente comete voluntariamente
aca habria que distinguir dos tipos de categorias
1- acto individual:cuando es realizado por un agente determinado en una ocasion
determinada.
2- un acto es generico cuando no esta determinada esa ocasion
-ECHOS PARA FONT WRITE HAY 3 TIPOS DE ECHOS
1- ESTADO DE COSAS: es una nocion estatica, La poblacion por eje, si yo digo la poblacion
argentina es individual, pero si
digo la poblacion es generico.
2- PROCESOS: es algo que se da y continua dandose. por eje: cesar se esta muriendo, se vincula
con los gerundios.
se vincula con la nocion de actividad.
3- SUCESOS: tener lugar a algo que acontese, es un aconteser. es un llevarse a cabo, es algo
que tuvo lugar.
eje: cesar se murio. sin embargo FW dice: es la transcision de un estado en una ocasion a otro
estado, no necesariamente diferente
del primero en la ocasion siguiente. este estado puede ser dos cosas, estado de cosas o
procesos.
estado de cosas S estado de cosas por eje el niño esta parado, el niño se cae (suceso) el niño se
vuelve a parar.
Cambios segun VW que son 4
Aparicion: en este cambio en el estado inicial no se daba P y luego de provado el cambio se da
P
ej:
Desaparicion: se da P luego de provodado el cambio P no se da.
Conservacion: se da P luego provado el cambio P sigue dandose
Falta de aparicion:no se da P luego provocado el cambio P continua no dandose.
Habilidad: VW es igual a poder, soy habil cuando puedo hacer algo
Capacidad: Es saber hacerlo. por eso FW dice que la capacidad esta en segundo orden.y se
vincula con la nocion de destreza
Yo para lograr el resultado necesito una tecnica, aveces requiere un entrenamiento previo. es
la necesidad de repetir
el acto para poder hacerlo, eje: andar en bici.
Fin de bolilla 2
el miercoles empezamos la bolilla 4, hay que leer har kelsen purificaciones metodicas. en el
indice dice naturaleza y sociedad
en teoria pura del derecho, dps vamos hablar de la estructura de la norma jurídica
clase 15/09/2021
BOLILLA 4
Logicas jurídicas formal
KELSEN
Nace a fines del siglo 19
Escribió la obra teori pura del derecho en 1934 (entre guerras) luego la reedita en 1960, en
1944 escribe la teoría general del derecho y del estado( en esta es mucho mas clara) tiene un
índice muy prolijo.
El pretende que sus conclusiones sean validas para cualquier ordenamiento jurídico maduro.
Por que pura ¡? Por que el trata de separar el derecho de toda ideología, de toda valoración a
la hora de estudiar las normas, Esto es únicamente cuando hace ciencia del derecho, en el
derecho se valora cuando la creo a la norma, lo mismo el juez cuando dicta sentencia valora, el
dice yo voy hacer ciencia del derecho y como científico del derecho me voy a dedicar a
estudiar pura y exclusivamente las normas jurídicas creadas por nosotros (sujetos). Las normas
que están vigentes, las que dicta un órgano competente, estudia el derecho positivo puesto y
creado. Por eso se habla de teoría pura, lo purifica separándolo de otras cosas , hace una
purificación metódica lo que hace es utilizar un camino para reducir su objeto de estudio y
separarlo de lo que no va a estudiar, cuales serian los ordenamientos que no son maduros.?
Tienen ordenamientos las comunidades aborígenes, indígenas, que no tienen forma de
estado,en nuestro país o de cualquier otra país si lo hay, una forma de estado. Otro ejemplo
seria la comunidad internacional que en ese momento no tenia una forma de estado, por que
no se había planteado, el se inclino para este lado y ayudo a que se regularize, ya que no había
una organización que nucleara a todos los estados, le decían que el derecho internacional no
puede tener la fuerza que el pretende y le faltan algunos elementos, como órganos creadores
de normas, quien la aplique.
Sociedad y naturaleza: el en este lugar distingue dos tipos de ciencias, causales y normativas.
Ciencias causales: Formulan leyes con la estructura de que a una determinada causa le sigue
determinado efecto, es decir lado A es B. La copula entre A y B es el deber ser. El principio que
rige a las ciencias causales en la esfera de la necesidad, esto opera con necesidad, por eje dado
el calentamiento de los metales es su fundición. Esto opera de una manera en que no se puede
modificar el resultado, se puede interrumpir, pero no se puede hacer operar de otra manera,
para hacer esta distinción se inspira en khunt que dice que en las ciencias causales se plantea
una cadena de eslabones infinitas, por que la causa de hoy fue el efecto de ayer, eje:ciclo del
agua, dado el calentamiento de los cursos del agua es su evaporación, dado la evaporación es
la formación de nubes, y dado la formación de nubes es la lluvia, esto opera con naturalidad en
las ciencias naturales.
Ciencias normativas: la estructura de una ley de una ciencia normativa y es lado A debe ser B,
donde a es antecedente b consecuente, rige el principio de imputación(adjudicar) esto rige en
la esfera de la libertad, no de la necesidad. El antecedente siempre es una conducta humana, y
el deber ser de alguna manera también es una conducta o algo que el sujeto puede elegir, eje
dado el homicidio debe ser de 8 entre 25 años, el consecuente puede variar quizás en otro país
sea la pena de muerte, en otro sea menos.
El se aboca a las ciencias normativas y vamos hablar de la 2da
- Se decía que dentro de la ciencia normativa había dos ciencias normativas que una
tiene un deber ser re quiere de un acto de valoración (axiológica), y que en otras no
requiere el acto de valoración, el deber ser no es neutra al valor.(Kelsen lo que dice es
que el científico del derecho no valora, el jurista no valora)
- El juez cuando interpreta la norma y la aplica al caso concreto valora.
El hace referencia en el que el científico de la norma el jurista no hace un juicio moral
de la norma osea un juicio propio de la norma jurídica, si no que simplemente la
estudia en base a la moral de la época y sobre como fue creada la norma y tenida en
cuenta pero el no hace su juicio a valor propio, si no que se hace a un lado para
describir tal cual lo estudia.
ESTRUCTURA DE LA NORMA PARA KELSEN
- Dado el echo ilícito debe ser la sanción, al echo ilícito se lo llama acto antijurídico.
Esta es la verdadera norma jurídica para kelsen
-Lado A debe ser B, si se da A debe darse B. esto lo vimos en el jucio hipotético de VW
Existe otra que es la secundaria que esta compuesta por otros elementos La obligación
(deber jurídico) y la responsabilidad.
Sancion:
-es la privación de un bien (un mal).
- que puede o no tener contenido económico(puede ser un divorcio, el desalojo,
inahibilitacion, indemnización)
-Que puede ser aplicado por la fuerza (aveces si y aveces no)
- siempre consecuencia de una conducta humana
-siempre es aplicado por una autoridad competente (las normas nos la dan las normas
)
-la regla del derecho reproduce la norma eje si la profesora dice el que matare a otro
de 8 a 16 años de prisión ella no es quien la dicta, solo la reproduce.
Lo que es un juicio es la regla del derecho no la norma, Por que el juicio es algo que
enuncia .
Clase 20/09/2021
Norma juridica
Como definir imputación
El nexo que vincula la sanción con el echo antecente que se llama ilícito
Norma jurídica secundaria
deber jurídico: La conducta que me evita la sanción,que hace que no se me aplique, es lo
opuesto al echo ilícito, no se le dice lo contrario que lo contrario de matar seria dar la vida.
Conducta opuesta al acto ilícito.
Responsable: la capacidad de ser sancionado, aquel que se le va aplicar la sanción.
En responsabilidad directa: es directa cuando se le aplica la sanción aquel que cometio el echo
ilícito, Aca coincide el responsable con el culpable
Responsabilidad indirecta: Algun conocido que recibe la sanción por la persona que
cometio el ilícito. Como es el caso de un garante en un alquiler.
Perinorma:
Juicios disyuntivos formados por dos juicios hipotéticos en disyunción, Cuando el juez decide
un caso lo define en estos términos, contrato de alquiler dado el contrator de alquiler, debe
ser el canon del contrato, o dado el no pago del alquiler debe ser el desalojo, La comunidad
pretensora pretende que a la falta de pago sea desalojado.
Coccio: el objeto del derecho no es la norma jurídica, o el derecho positivo, si no que es la
conducta humana, reglada vista a través de las normas. Concebida en libertad y vista a través
de las normas, me ayuda a comprender la conducta, por eso coccio sigue siendo un
iuspositivista.
Hart: Derecho como conjunto de reglas primarias y secundarias, no todas las normas son
sancionatorias, hay normas sancionatorias y no sancionatorias, las reglas primariaas son las
que se dirigen a la conducta humana, y las secundarias se dirigen indirectamente a las
conducta humana.
Reglas secundaria: son las que se refieren a las reglas primarias, me hablan de ellas, me dicen
algo de las primarias, son metareglas: reglas que hablan de otras normas, se refieren a otras
reglas.
Las reglas secundarias son:
-reconocimiento: me reconoce , me presenta , me identifica a un sistema jurídico como valido.
Cumple la función de darle fundamento de validez al sistema jurídico. (como las normas de la
constitución) son dos: es el art 75 inciso 22, esta constitución, las leyes que en consecuencia se
emiten, los tratados internacionales son leyes supremas. Art 35
-de adjudicancion o competencia: Norma que habilita a la corte a dictar normas, la que
permite crear leyes y decretos, abjudican al congreso para que dicte códigos, atribuyen
competencia para dictar normas, me dicen quienes están habilitados para dictar las normas
primarias
-de cambio o procedimiento: establecen requisitos, procedimientos la posibilidad de cambiar
las normas primarias, otra norma constitucional es como se dictan las normas primarias, este
es el procedimiento que se necesita para aprobar a cualquier ley.
Todas estas son reglas que no tienen sanción.
Osting dice que el derecho son los mandatos del soberano. Era una cuestión de orden
categorico
Hoy dimos bolilla 4
22/09
Bolilla 5
Derechos enserio (Ronald Dworkin)
Realiza el modelo normas, el derecho no es únicamente que un sistema de reglas, tiene mas
que reglas
-reglas
-directrices:Normas escritan pero no dicen eso que dice lado a debe ser b, son como clausalas
que persiguen un fin un objetivo, si el ministro de transporte dicta una normativa que dice
vamos a promover la enseñanza de la vialidad en las escuelas. No reviste la dispocion del juicio
hipotetico
-principios: criterios de moralidad y de justicia. Standares que fijan la moral y la ética.
Diferencia entre principio y norma
(Alexio) Los principios son mandatos de optimización, son ordenes para que yo logre lo mejor.
Esta constituidos por reglas principios y además una teoría procedimental a la hora de
argumentar.
-Un sistema de normas juridicios: es el conjunto de normas que regulan un país.
Son iuspositivistas (Alchurron y gurini) toma un autor anterio que se llama tarski y dice el
sistema jurídico norma tiene norma, pero tienen otras cosas, como enunciados normativo, eje
tiene formulaciones como cosa es material de apreciasion peculiar, esta definiciendo algo. No
tiene estructura de lado a debe ser b, además es un sistema deductivo, por que hay elementos
que se derivan de otros.es un sistema por que están íntimamente relacionados de manera tal
que si modifico uno se modifica todo.
Un sistema deductivo de enunciados normativos y que derivan en consecuencias lógicas.
Lo llaman juguete a los principios: y lo dice de esta manera por que el abogado los utiliza para
fundamentar a los jueces.
Para que haya un sistema jurídico no hace falta que haya muchas normas, con que exista
almenos una norma y esta norma es la que le va a dar cierre, la que va hacer que todas las
conductas estén previstas y va a dar esta lista de coactividad.
Es decir si yo no aplico una sanción a todo los dispuesto no tiene sentido ninguna norma.
REFORMULACION
Sistema jurídico: es un sistema deductivo de enunciados normativos, entre que por lo menos
existen una norma y las consecuencias que de ellos se emiten.
Caracteristicas necesarias del sistema jurídico
- Unidad: enunciados normativos que derivan de una única norma.(todas las normas
derivan de una única norma) en nuestro caso es la constitución nacional como asi
también los tratados de derechos humanos.
- Jerarquía: Normas mas importantes que otras.
Las vamos a definir negativamente
- Coerencia: Cuando no tiene inconsistencias normativas. (Cuando a un mismo echo al
menos dos normas le atribuyen soluciones normativas incompatibles) Por eje: Si una
dice en un lugar prohibido fumar y alla otra que diga permitivo fumar.(para Kelsen no,
pero para otros autores si) Estas pueden ser de 3 tipos
- total- total:cuando todo el campo de aplicación de la norma a es totalmente
contradictorio b prohibido estacionar, y permitido estacionar.
- total-parcial:Permitivo estacionar de 8 a 10 y prohibido estacionar de 8 a 12,
- Parcial-Parcial:Prohibido estacionar de 8 a 12 permitido de 10 a 14.
Y si alguna entra en contradicción el juez lo resuelve:
- Por el principio de jerarquía:(ley superior prevalece sobre ley inferior)
- Cronologico: la ley posterior prevalece sobre ley anterior.
-Especialidad: La ley mas especial sobre la ley mas general
- Indepencia del sistema: . Ejemplo nuestro código dice que los plazos se cuentan a
partir de las 00, del dia siguiente desde que me notifican. El legislador lo dice. Dispone
que cuando un escribano pide un certificado para escriturar,
- Complenitud:
- Introducción al análisis del derecho, Nociones de valides de niño.
Clase 27/9
Introduccion al derecho
Adjunta
Un sistema tienen independencia cuando no tiene redundancia normativa (algo que se repite)
Como definir redundancia normativa: Cuando dos normas le imputan dos soluciones
normativas idénticas.
Si el legislador no advierte que esa norma
Inconsistencian total-total, parcial total, parcial-parcial.
Completitud, se vincula con que el sistema sea completo.
Es completo cuando no tiene lagunas de derecho.
Laguna: espacios vacios de juridicidad,
kelsen cierra todo esto con el principio de clausura que dice que todo lo que no esta
jurídicamente prohibida, esta jurídicamente permitido.
Si a permitivo lo interdefino, si lo reemplazo por no prohibido. Fw se lo critica por el principio
de identidad, y dice que las característica es incontigente.
-para un iusnaturalista faltaría una característica que es la justicia.
-Para un iuspositivista es una característica deseable por que por mas que no sea justo va a
seguir siendo un sistema jurídico.
Problemas lógicos
-logicos: inconsistencia normativa, redundancia normativa, vaguedad.
-semantico
-deontico

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