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50
FALLOS DE LA CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA DE LA NACIÓN
1984 2014
BREVIARIOS DE DOCTRINA
Marzo 2015
OBRA EDITADA POR LA SECRETARÍA DE
JURISPRUDENCIA DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE
JUSTICIA DE LA PAMPA
CENTRO JUDICIAL SANTA ROS,
AVDA. URUGUAY 1079, 3ER PISO. (CP 6300)
CONTACTO: JURISPRUDENCIA@JUSLAPAMPA.GOV.AR
COORDINACIÓN
GUSTAVO ARBALLO
SECRETARIO JURISPRUDENCIA STJLAPAMPA
EQUIPO DE LA SECRETARÍA DE JURISPRUDENCIA.
ANAVELIA ÁLVAREZ
MERCEDES ANDREOTTI
ROMINA MARASCHIO
FASCÍCULO PERPARADO PARA LA
JUNTA FEDERAL DE CORTES
Y SUPERIORES TRIBUNALES DE JUSTICIA
DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS
Y CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
PRESENTACIÓN
En tanto el número de “50” es por supuesto un recorte arbitrario, el
elenco de fallos que aquí presentamos busca no serlo tanto: la idea es
captar un trazo panorámico y abarcador de diversas ramas,
centrándonos en los conflictos donde se dirimen libertades, derechos
y garantías constitucionales.
Sin mayores pretensiones, pero esperamos no exento de utilidad
práctica, esta compilación tiene una introducción que busca contar
muy sintéticamente cada uno de los casos elegidos, y luego compila
los sumarios más relevantes de los fallos en cuestión.
La idea es tener un documento básico y compacto de consulta y
referencia, que también es una suerte de tributo en formato línea de
tiempo- a las mas de tres décadas de continuidad institucional.
Como aporte lúdico, en apéndice incluimos un juego de palabras
cruzadas, cuyas respuestas están relacionadas con algunas de las
causas que aquí reportamos.
- GUSTAVO ARBALLO
SECRETARÍA DE JURISPRUDENCIA | STJLAPAMPA
10
CRONOLOGÍA ANOTADA
Los números del final de cada anotación, a continuación de la fecha,
indican el número de votos en mayoría-minoría que registró el fallo
(3-2, implica un fallo con 3 votos en mayoría y 2 disidentes)
1984
1. “Baeza” admite la realización de un referendum no vinculante para aprobar el
tratado de Paz con Chile por el diferendo del Canal de Beagle. 28/08/1984, 3-2
2. “Fiorentino” es el primer mojón jurisprudencial de la Corte contemporánea que
adopta la regla de exclusión de prueba inválida en el proceso penal, sentando la
doctrina de los frutos del árbol venenoso, que luego depuraría en muchísimas causas a
lo largo de tres décadas. 27/11/1984, 4-0
3. “Ponzetti de Balbín” condena a la Editorial Atlántida por publicar fotos en “Gente”
del político radical en terapia intensiva, elaborando doctrina sobre privacidad y derecho
a la imagen. 11/12/1984, 5-0
.
.
1986
4.“Campillay” sentó las reglas por las cuales un medio periodístico podía eximirse de
responsabilidad, abriendo una larga saga de fallos sobre libertad de expresión.
15/05/1986, 3-2.
5. “Bazterrica” invalida la incriminación de la tenencia de drogas para consumo
personal. 29/08/1986, 3-2.
6. “Sejean” se anticipa al divorcio vincular al invalidar la prohibición de que los
separados contraigan nuevo matrimonio. 27/11/1986, 3-2.
7. “Causa originariamente instruida por el Consejo Supremo de las Fuerzas
Armadas en cumplimiento del decreto 158/83 del Poder Ejecutivo nacional”
declara inconstitucional la ley de “autoamnistía” que había dictado la dictadura.
30/12/1986, 3-2.
1987
8. “Camps” valida la ley de obediencia debida que se había dictado ese mismo año.
22/6/87, 3-2.
11
9. “La Pampa c. Mendoza” declara la interprovincialidad del Río Atuel, y constituye
el primer y hasta ahora único caso resuelto por la Corte en la competencia que la
Constitución le asigna para “dirimir” quejas interprovinciales. 3/12/1987,4-1.
1988
10. “Repetto” declara la invalidez de discriminar por nacionalidad para acceder a un
empleo público, doctrina que iría luego confirmando en diversos casos. 8/11/1988, 5-0.
11. “Di Mascio” termina de definir el mapa procesal del recurso extraordinario federal
esbozado dos años antes en la causa“Strada” (8/4/1986, no incluida en esta lista),
sentando la imposibilidad de restringir los recursos locales que permitan llegar a los
superiores tribunales de provincia e impulsando la necesidad de que estos traten las
cuestiones federales involucradas. 1/12/1988, 4-0.
1989
12. “Rivademar” revoluciona el derecho público provincial declarando la autonomía
de los municipios, criterio posteriormente incorporado a la Constitución Nacional en la
reforma de 1994. 21/3/1989, 5-0.
13. “Portillo” acepta la objeción de conciencia de un ciudadano que se negaba a hacer
el servicio militar. 18/4/1989, 3-2.
14. “Motor Once”. Fallo clásico sobre Responsabilidad del Estado por su actividad
lícita. La Municipalidad de Buenos Aires había dictado una norma que impedía que una
empresa siguiera explotando una estación de servicio; la Corte aceptó el reclamo
indemnizatorio limitando su quantum al daño emergente con exclusión del lucro
cesante. 09/05/1989, 4-0.
1990
15.“Peralta” convalidó la conversión de plazos fijos a bonos por motivos de
emergencia económica, dispuesta por decreto del Poder Ejecutivo (incidentalmente, en
este caso aceptó que se pudiera discutir la constitucionalidad a través del amparo).
27/12/1990, 8-0.
1992
16.“Ekmekdjian c. Sofovich” da operatividad directa al derecho de réplica. El fallo
impone también una nueva visión de la jerarquía superior a las leyes- de los pactos
internacionales, entre otros temas. 7/7/1992, 5-4.
12
1994
17. “Partido Justicialista de la Provincia de Santa Fe” rechaza la demanda que
planteaba la inconstitucionalidad de la prohibición de reelección del Gobernador de la
Provincia y fija pautas sobre el campo de acción del poder constituyente local en el
sistema federal. 6/10/1994, 9-0.
1995
18. “Giroldi” esclarece las implicancias del principio de la doble instancia en juicios
penales, invalida la limitación para recurrir sentencias en casación por el monto de la
pena, y dice que el Recurso Extraordinario Federal no satisface tal garantía. 7/4/1995,
6-0.
19. “Priebke” trata el concepto de crímenes de guerra de lesa humanidad y concede la
extradición a Italia al criminal de guerra nazi radicado en el país. 2/11/1995. 6-3.
1999
20. “Fayt”, acción instada por el Juez de la Corte planteando la invalidez de la
exigencia del nuevo acuerdo para jueces del tribunal que cumplen 75 años, concluye
que la Convención Reformadora no podía reformar la inamovilidad de los jueces e
invalida la cláusula. 19/8/1999, 6-1.
21. “Verrocchi” , dictado el mismo día, invalidó un decreto que arbitraba la exclusión
de asignaciones familiares articulada, y es la matriz de análisis para Decretos de
Necesidad y Urgencia dictados bajo la matriz del nuevo texto constitucional
sustancialmente ratificada por la Corte actual en “Consumidores Argentinos” de 2010-.
19/8/1999, 5-3.
2000
22. “Asociación Benghalensis”, donde se ordenó al Estado proveer medicamentos y
atención a pacientes afectados de HIV/SIDA, fallo señero en materia de prestaciones
asistenciales, incumplimientos por omisión y derecho a la salud. 1/6/2000, 6-3.
2002
23. “Banco del Suquía”. Interpreta el alcance de la potestad del Congreso de
sancionar Códigos, invalidando la regulación provincial del “bien de familia” que había
dado la provincia de Córdoba. 19/3/2002, 9-0.
24. “Franco, Blanca” invalida el tope de ejercicio de la profesión notarial que había
establecido la Provincia de Buenos Aires, constituyendo el primer caso de prohibición
de discriminación por edad. 12/11/2002, 6-0.
13
2004
25. Arancibia Clavel” adopta el criterio de imprescriptibilidad de crímenes de lesa
humanidad, a propósito de un servicio de inteligencia chileno imputado de cometer
tales delitos en el país durante la dictadura. 24/8/2008, 5-3.
26. Vizzoti”. La Corte subraya el criterio de protección preferente del trabajador,
estableciendo la inconstitucionalidad del tope de la base del cálculo para indemnización
por despido. 14/9/2004, 7-0.
27. Aquino” declara la inconstitucionalidad de los topes para la indemnización
previstos por la Ley de Riesgos del Trabajo. 21/9/2004, 6-0.
28.“Bustos declara la constitucionalidad de la pesificación de depósitos en moneda
extranjera de 2002, concluyendo que el reintegro a $ 1,40 porlar más el coeficiente
de estabilización de referencia permitía en abstracto cubrir el mismo poder adquisitivo
del dinero depositado. 26/10/2004, 5-1.
2005
29. “Verbitsky”configura el “habeas corpus colectivo” litigado por el CELS por la
situación carcelaria en Buenos Aires, obligando al Estado bonaerense la obligación de
arbitrar mejoras en sus establecimientos penitenciarios y considerar reformas
procesales. 3/5/2005, 5-3
30. “Simón” declara la nulidad de las leyes de “Obediencia Debida” y de “Punto final”,
habilitando la realización de juicios de lesa humanidad cometidos durante la dictadura.
Otras decisiones ulteriores seguirán esta línea haciendo lo propio con los indultos
presidenciales (causas “Mazzeo” de 2007 y “Videla” de 2010). 14/6/2005, 7-1.
2006
31.“Mendoza, Beatriz S. y otros c. Estado Nacional y otros”es el pronunciamiento
seminal en la megacausa ambiental en la que la Corte ordena al Estado en sus
diferentes jurisdicciones a establecer el saneamiento de la cuenca Riachuelo Matanza.
20/6/2006, 6-0.
32.“Gramajo” declara la inconstitucionalidad de la reclusión por tiempo
indeterminado, explayándose sobre el paradigma constitucional del fin de
resocialización de las penas. 5/9/2006, 7-0.
33.”ALITT” acepta la concesión de personería jurídica a la Asociación Lucha por la
Identidad Travesti Transexual, revocando el criterio discriminatorio que la Corte
14
había sentado en “Comunidad Homosexual Argentina” al admitir la denegación en
1990. 21/11/2006, 7-0.
2007
34. “Editorial Río Negro S.A. c. Provincia del Neuquén”condena a la Provincia de
Neuquén por discriminación en la distribución de publicidad oficial. 5/9/2007, 4-3.
2008
35. “Arostegui”. Establece un estándar de indemnización que exige ponderación de
diversos elementos no siempre captados en las “fórmulas” utilizadas para calcular el
valor actual de rentas futuras. 8/4/2008, 7-0.
36. “Colegio Público de Abogados de Capital Federal define los
condicionamientos a la delegación legislativa al Poder Ejecutivo Nacional e invalida un
decreto que eximía de aranceles y matriculación a los abogados que ejercían la
repreentación del Estado. 4/11/2008, 6-1.
37. “Asociación Trabajadores del Estado c. Ministerio de Trabajo” establece el
derecho a la libertad sindical invalidando las limitaciones que nuestras leyes pautas
para los sindicatos sin personería gremial. 11/11/2008, 6-0.
38. “García Méndez” declara la inconstitucionalidad del sistema de juzgamiento de
menores de edad inculpados de delitos , aunque mantiene la situación de los
institucionalizados por ese régimen. 2/12/2008, 7-0.
2009
39. “Halabi”. Declara la inconstitucionalidad del registro de las comunicaciones
telefónicas dispuesto por la “Ley Antiespía” 25.873 y establece criterios para la
promoción de acciones colectivas o acciones “de clase”. 24/2/2009, 4-3.
40. “Nuevo Triunfo” confirma la denegatoria de reconocimiento político a un partido
de ideario neonazi. 17/3/2009, 7-0.
41. “Arriola” implica la vuelta al criterio de “Bazterrica” sentando la
inconstitucionalidad de la incriminación de la tenencia de estupefacientes para
consumo personal. 25/8/2009, 6-0.
2010
42. “Thomas” revoca una cautelar “erga omnes” que suspendía la vigencia de la Ley de
Servicios de Comunicación Audivisual y fija pautas sobre la legitimación para
peticionar el control de constitucionalidad. 15/6/2010, 7-0.
15
2012
43. “F., A. L.” define la doctrina sobre el aborto no punible que el Código Penal
autoriza en casos de violación. 13/03/2012, 7-0.
44. “Q. C.” establece los delineamientos para la justiciabilidad de los derechos de
operatividad derivada, y obliga al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a dar una
solución habitacional a una madre de un niño discapacitado. 24/04/2012, 7-0.
45. “Albarracini Nieves” Reconoce la objeción de conciencia en tratamientos médicos
(se trataba de un profesante de la religión de los Testigos de Jehová que manifestó su
voluntad de no recibir transfusiones de sangre). 1/6/2012, 4-0.
46. “N.N. O U., V. “ estableció que los padres no pueden oponerse a un plan de
vacunación obligatoria previsto para su hijo; el fallo desarrolla los alcances de la
autoridad parental y sus derechos, el interés superior del niño y la legitimidad de
políticas públicas obligatorias impuestas por el Estado. 12/6/2012, 6-0
47. “Rodríguez Pereyra” resuelve la invalidez de una ley que limitaba las
indemnizaciones por daños sufridos durante el servicio militar, sentando pautas
relativas a la indemnización integral y admitiendo la posibilidad de declaraciones de
inconstitucionalidad de oficio. 27/11/2012, 5-1.
48. “Asociación Derechos Civiles c. PAMI” hace lugar a un amparo que peticionaba
que el Ente estatal informe sobre la asignación de su pauta publicitaria, sentando
principios para el acceso a la información pública. 4/12/2012, 7-0.
2013
49. “Asociación de Trabajadores del Estado c. Municipalidad de Salta”.
Recordando la naturaleza alimentaria del salario, enfatiza que todas las medidas
estatales de carácter deliberadamente “regresivo” en materia de derechos humanos
requieren la consideración “más cuidadosa”, y deben “justificarse plenamente” aun en
situaciones de emergencia económica. 18/06/2013, 4-0.
2014
50. Rodriguez, María Belén c/ Google Inc. y otros. La Corte deja a salvo la
responsabilidad de los buscadores toda vez que la ilicitud de un contenido sea
"manifiesta" (de lo contrario, los contenidos sólo pueden retirarse por orden de una
autoridad judicial o administrativa competente). Se establece que toda forma de filtrado
excluyente de contenidos ("a futuro") tiene una presunción adversa de
inconstitucionalidad, un principio que "sólo podría ceder frente a supuestos
absolutamente excepcionales". 28/10/2014, 3-2.

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