
Colegio de Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires - Ley de Ejercicio Profesional 10.306
Texto actualizado con las modificaciones introducidas por las Leyes 10.372 , 10.381, 12.008 y 12.320
ARTICULO 18°:
(Texto según Ley 12.320) Los Colegios de Distrito serán quince (15) y tendrán la
siguiente competencia territorial:
DISTRITO I
Adolfo Alsina, Bahía Blanca, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Coronel Rosales, Coronel Suárez,
Monte Hermoso, Patagones, Puán, Saavedra, Torquinst, Villarino.
DISTRITO II
Carlos Casares, Carlos Tejedor, Daireaux, General Villegas, Guaminí, Hipólito Irigoyen, Nueve de Julio,
Pehuajó, Pellegrini, Rivadavia, Salliqueló, Trenque Lauquen, Tres Lomas.
DISTRITO III
Bragado, Chacabuco, Florentino Ameghino, General Arenales, General Pinto, General Viamonte, Junín,
Leandro N. Alem, Lincoln, Rojas.
DISTRITO IV
Arrecifes, Capitán Sarmiento, Colón, Pergamino, Ramallo, Salto, San Nicolás.
DISTRITO V
Baradero, Campana, San Pedro, Zarate.
DISTRITO VI
Carmen de Areco, Exaltación de la Cruz, Lobos, Luján, Mercedes, Navarro, San Andrés de Giles, San
Antonio de Areco, Suipacha.
DISTRITO VII
Alberti, Chivilcoy, Roque Pérez, Saladillo, Veinticinco de Mayo,
DISTRITO VIII
Azul, Bolívar, General Alvear, General Lamadrid, Laprida, Las Flores, Olavaria, Rauch, Tandil, Tapalqué.
DISTRITO IX
Adolfo González Chaves, Juárez, Lobería, Necochea, San Cayetano, Tres Arroyos.
DISTRITO X
Ayacucho, Balcarce, de la Costa, Dolores, General Alvarado, General Guido, General Lavalle, General
Madariaga, General Pueyrredón, Maipú, Mar Chiquita, Pinamar, Tordillo, Villa Gesell.
DISTRITO XI
Berisso, Brandsen, Castelli, Chascomús, Ensenada, General Belgrano, General Paz, La Plata,
Magdalena, Monte, Pila, Punta Indio.
DISTRITO XII
Avellaneda, Berazategui, Florencio Varela, Quilmes.
DISTRITO XIII
Almirante Brown, Cañuelas, Esteban Echeverría, Ezeiza, Lanús, Lomas de Zamora, Presidente Perón,
San Vicente.
DISTRITO XIV
General Las Heras, General Rodríguez, Hurlingham, Ituzaingó, La Matanza, Marcos Paz, Merlo, Moreno,
Morón.
DISTRITO XV
Escobar, General San Martín, General Sarmiento, José C. Paz, Malvinas Argentinas, Pilar, San
Fernando, San Isidro, San Miguel, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López.
ARTICULO 19°:
En cada uno de los Distritos a que hace referencia el artículo anterior funcionará un (1)
Colegio, el que agrupará a los Psicólogos que actúen profesionalmente en dicha área.
http://www.colpsiba.org.ar
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