
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Cumbre Judicial Iberoamericana, dentro del marco de los trabajos de su XIV
edición, ha considerado necesaria la elaboración de unas Reglas Básicas relativas al
acceso a la justicia de las personas que se encuentran en condición de vulnerabilidad.
De esta manera, se desarrollan los principios recogidos en la “Carta de Derechos de
las Personas ante la Justicia en el Espacio Judicial Iberoamericano” (Cancún 2002),
específicamente los que se incluyen en la parte titulada “Una justicia que protege a los
más débiles” (apartados 23 a 34).
En los trabajos preparatorios de estas Reglas también han participado las
principales redes iberoamericanas de operadores y servidores del sistema judicial: la
Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos, la Asociación Interamericana de
Defensorías Públicas, la Federación Iberoamericana de Ombudsman y la Unión
Iberoamericana de Colegios y Agrupaciones de Abogados. Sus aportaciones han
enriquecido de forma indudable el contenido del presente documento.
El sistema judicial se debe configurar, y se está configurando, como un
instrumento para la defensa efectiva de los derechos de las personas en condición de
vulnerabilidad. Poca utilidad tiene que el Estado reconozca formalmente un derecho si
su titular no puede acceder de forma efectiva al sistema de justicia para obtener la
tutela de dicho derecho.
Si bien la dificultad de garantizar la eficacia de los derechos afecta con carácter
general a todos los ámbitos de la política pública, es aún mayor cuando se trata de
personas en condición de vulnerabilidad dado que éstas encuentran obstáculos
mayores para su ejercicio. Por ello, se deberá llevar a cabo una actuación más intensa
para vencer, eliminar o mitigar dichas limitaciones. De esta manera, el propio sistema
de justicia puede contribuir de forma importante a la reducción de las desigualdades
sociales, favoreciendo la cohesión social.
Las presentes Reglas no se limitan a establecer unas bases de reflexión sobre
los problemas del acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad,
sino que también recogen recomendaciones para los órganos públicos y para quienes
prestan sus servicios en el sistema judicial. No solamente se refieren a la promoción de
políticas públicas que garanticen el acceso a la justicia de estas personas, sino también
al trabajo cotidiano de todos los servidores y operadores del sistema judicial y quienes
intervienen de una u otra forma en su funcionamiento.
Este documento se inicia con un Capítulo que, tras concretar su finalidad, define
tanto sus beneficiarios como sus destinatarios. El siguiente Capítulo contiene una serie
de reglas aplicables a aquellas personas en condición de vulnerabilidad que han de
acceder o han accedido a la justicia, como parte del proceso, para la defensa de sus
derechos. Posteriormente contiene aquellas reglas que resultan de aplicación a
cualquier persona en condición de vulnerabilidad que participe en un acto judicial, ya
sea como parte que ejercita una acción o que defiende su derecho frente a una acción,
ya sea en calidad de testigo, víctima o en cualquier otra condición. El último Capítulo
contempla una serie de medidas destinadas a fomentar la efectividad de estas Reglas,
de tal manera que puedan contribuir de manera eficaz a la mejora de las condiciones
de acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad.
La Cumbre Judicial Iberoamericana es consciente de que la promoción de una
efectiva mejora del acceso a la justicia exige una serie de medidas dentro de la
competencia del poder judicial. Asimismo, y teniendo en cuenta la importancia del
presente documento para garantizar el acceso a la justicia de las personas en
condición de vulnerabilidad, se recomienda a todos los poderes públicos que, cada uno
dentro de su respectivo ámbito de competencia, promuevan reformas legislativas y
adopten medidas que hagan efectivo el contenido de estas Reglas. Asimismo se hace
un llamamiento a las Organizaciones Internacionales y Agencias de Cooperación para